El Derecho: Normas y Regulación Social

Introducción al Derecho

El derecho es un conjunto de normas jurídicas de carácter general que se dictan para regular las acciones y libertades de una sociedad. El incumplimiento de estas normas, que constituyen un «deber ser», acarrea una sanción por parte del órgano jurídico. Su seguimiento posibilita la convivencia, tal como lo establecen los artículos IV (La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás. El ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tiene otros límites que los que garantizan a los demás miembros de la sociedad el disfrute de los mismos derechos. Estos límites sólo pueden ser determinados por la ley) y VI (La ley es expresión de la voluntad de la comunidad. Todos los ciudadanos tienen derecho a colaborar en su formación, sea personalmente, sea por medio de sus representantes. Debe ser igual para todos, sea para proteger o para castigar. Siendo todos los ciudadanos iguales ante ella, todos son igualmente elegibles para todos los honores, colocaciones y empleos, conforme a sus distintas capacidades, sin ninguna otra distinción que la creada por sus virtudes y conocimientos) de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.

Tipos de Normas

  • Morales: Rigen la conducta individual en relación con la sociedad.
  • Religiosas: Propias de cada religión, su cumplimiento se asocia con la santidad.
  • Sociales: Promueven una mejor convivencia.
  • Jurídicas: Reglas de conducta dictadas por un poder legítimo para regular la conducta humana. Prescriben, prohíben, autorizan o permiten determinada conducta individual o social. Se regula lo que la comunidad quiere que se regule y lo lleva a cabo el poder político institucionalizado.

El Ordenamiento Jurídico

El ordenamiento jurídico es el conjunto unitario de normas que rigen un lugar en un momento concreto. Es una entidad normativa por naturaleza, por lo tanto, es ideal.

La creación de normas se realiza por diversos sujetos que aplican lo dispuesto en otras normas denominadas fuentes del derecho. Esto da como resultado multitud de normas que se ordenan mediante tres criterios:

  • Jerarquía: Una ley tiene mayor valor que un reglamento si ambos provienen del mismo legislador.
  • Competencia: No hay jerarquía entre normas estatales y autonómicas. Si ambas regulan la misma materia, se debe determinar la entidad competente.
  • Derogación: Una norma posterior deroga a la anterior.

Como consecuencia, existen normas:

  • Eficaces: No han sido derogadas y se aplican.
  • Válidas: Concuerdan con el derecho.
  • Vigentes: Están en uso durante un determinado periodo.

El ordenamiento jurídico se presenta como un «todo armónico», donde los creadores son quienes lo aplican, pero el conflicto es inevitable.

Garantías del Derecho

Existen tres tipos de garantías:

  • Incentivación de las conductas.
  • Reglas para favorecer el cumplimiento (Acción Administrativa).
  • Aplicación de normas en caso de conflicto (Acción Jurídica).

Todos estos contenidos están recogidos en la norma suprema: la Constitución.

El Conflicto y la Aplicación del Derecho

El conflicto implica una visión o interés antagónico. Hay dos tipos:

  • Entre particulares: Aplicación del derecho.
  • Político: Creación de derecho.

Artículo 117

El derecho se crea en el Parlamento como expresión de la voluntad política del grupo (La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley…).

El derecho es aplicado por jueces, un acto complejo que requiere llevar la norma al hecho. La interpretación se realiza mediante criterios:

  • Literal
  • Histórico
  • Teleológico
  • Sistemático

Estos criterios pueden generar contradicciones, buscando una conclusión aceptable acorde con los valores de la conciencia de lo justo y la legitimidad (Artículos 1 y 10 de la Constitución). Esto puede generar diversidad de opiniones y conflictos.

Igualdad, Seguridad y Libertad

En el ámbito jurídico, la igualdad se persigue mediante tres criterios:

  • Conmutativo: Igualdad o equilibrio en los intercambios.
  • Distributivo: Reparto igual y justo de los bienes.
  • Jurídica: Aplicación de las normas sin distinciones.

La seguridad tiene varios sentidos:

  • Pública o no violencia.
  • Genérica.
  • Jurídica: Conocimiento del derecho, previsibilidad y control del poder (imperio de la ley, legalidad, juricidad e interdicción de la arbitrariedad).

La libertad se divide en:

  • Libertad frente al poder: Derechos fundamentales, limitaciones legales y medidas proporcionales.
  • Libertad activa: Autonomía de bienes, relaciones y límites. Su incumplimiento lleva al abuso.

La participación adquiere valores del pluralismo, otorgando el derecho a la participación en procesos de autodeterminación, cuyo resultado es la voluntad popular.

El Derecho como Regulador Social

Es necesaria una unión coherente de todos los valores para la creación de un Estado social, democrático y de derecho.

El derecho es fundamental y regula todos los aspectos de la sociedad, incluyendo la política y la economía. Controla aspectos cotidianos, como la compra en un supermercado, regulando impuestos y precios. Establece normas de conducta y sanciones. Por tanto, el derecho es el regulador necesario de la vida ciudadana, aunque en ocasiones no conceda tanta igualdad como teóricamente dice conceder.

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