Actividad Administrativa
Ordenación, Limitación o de Policía (Ámbito Privado)
Objetivo: Limitar negativamente la actividad administrativa de policía. Se recaba información para asegurar intereses generales, convirtiendo las actividades privadas en públicas en última instancia.
Principios Reguladores
Principio de Orden Formal: Rige el principio de legalidad (vinculación positiva) y se requiere apoyo expreso de una norma legal. Desde el punto de vista material, rige el principio de proporcionalidad. La administración debe actuar con adecuación, congruencia y seleccionar el mecanismo menos restrictivo para la libertad de los particulares.
1. Técnicas de Intervención
- Deber de Identificación: Personas físicas (DNI o registro en padrón municipal). Personas jurídicas (inscripción en registros públicos y sectoriales).
- Deber de Documentación: Libros de comercio (empresas) o libros fiscales (particulares).
- Obligación de Comunicar Ciertos Datos: Incumbe a la persona, pero puede imponerse a un tercero.
2. Técnicas de Condicionamiento
Condicionan el ejercicio de la actividad privada a la obtención de un título administrativo habilitante. Se busca asegurar que la actividad no colisione con el orden jurídico.
- Comprobaciones:
- Acreditaciones: Control sobre el sujeto de la actividad.
- Homologaciones: Control sobre la actividad.
- Autorizaciones (Regladas o Discrecionales, Simples u Operativas): Otorgamiento reglado, iniciado a solicitud del interesado. Silencio positivo. Transmisibilidad con conocimiento de la administración.
- Simples: Habilitan para conductas aisladas (ej. cortar calle por obras).
- Operativas: Relación más estable (ej. apertura entidad de crédito).
3. Concesiones
- Administrativas: Se proyectan sobre espacios públicos. Otorgamiento discrecional. Consecuencias indemnizatorias por revocación. Uso excluyente con posibles usos secundarios.
- De Comunicación Previa: Reserva de oposición o veto. Ámbito de actividades comunicadas.
4. Técnicas Ablativas
Las más restrictivas. Introducen limitaciones, incidiendo negativamente en la esfera jurídica de los particulares.
- Limitaciones (Ablación Parcial): Restricción parcial de derechos.
- Privaciones (Ablación Total): Supresión total de derechos (expropiaciones, requisas, decomisos).
- Creación de Obligaciones (Prestaciones Forzosas): Personales o patrimoniales (ej. tributos).
- Creación de Deberes (Órdenes Administrativas): Individuales o colectivas. Positivas o negativas (mandatos o prohibiciones).
Actividad Administrativa de Fomento o Promoción (Ámbito Privado)
Objetivo: Estimular, apoyar o promocionar actividades privadas, evitando perturbaciones a los intereses generales.
Principios Reguladores
- Formal: Principio de legalidad para el gasto público.
- Material: Principio de igualdad (desigualdades con fundamentación objetiva).
- Instrumental: Objetividad, transparencia y libre concurrencia.
Técnicas de Intervención
- Premios y Condecoraciones: Reconocimiento honorífico.
- Posiciones de Ventaja: Reconocimiento de condición de beneficiario (ej. expropiaciones).
- Técnicas Económicas:
- Fiscales: Bonificaciones o exenciones.
- Crediticias: Créditos en mejores condiciones.
- Aportaciones Directas de Capital.
- Subvenciones: Aportaciones económicas directas, sin obligación de devolución. Ley 38/2003 General de Subvenciones. Órganos competentes: los mismos que las otorgan, con autorización superior si se rebasa cierto importe.
- Ejecución: Obligaciones de la administración (pago) y del beneficiario (uso para la finalidad prevista y justificación).
- Incumplimiento: Potestades de reintegro y sanción (sin perjuicio de delito de fraude).
Actividad Administrativa de Prestación o Servicio Público
Actuaciones de interés público, sustraídas del ámbito privado y confiadas a la administración. La administración puede asumir la titularidad en régimen de exclusividad o concurrencia.
Principios Reguladores
Criterios para determinar las actividades susceptibles de ser asumidas. Se excluye la discrecionalidad en ciertas materias (competencias locales obligatorias).
Técnicas de Intervención: 3 modos de gestión
- Gestión Directa: A través de órganos de la administración o persona jurídica instrumental (organismo autónomo, entidad pública empresarial, sociedad mercantil de capital 100% público).
- Gestión Indirecta: Coste cuantificable, sin ejercicio de funciones de autoridad. 4 modalidades de contratos (concesión, concierto, gestión interesada, sociedad de economía mixta).
- Contrato de Gestión de Servicios Públicos: Contrato administrativo con obligaciones recíprocas.
Poderes de la Administración en Contratos de SP
- Regular características del servicio (pliego de condiciones, ius variandi).
- Potestad tarifaria.
- Impartir instrucciones.
- Intervenir el contrato (asunción temporal de la gestión).
- Rescatar el contrato (expropiación forzosa con justiprecio).
- Suprimir el servicio.
Derechos de los Contratistas de SP
- Remuneración por la prestación del servicio.
- Compensación por ius variandi, rescate o supresión del servicio.
- Indemnización por daños a terceros.
Modos de Extinción
- Cumplimiento (transcurso del plazo).
- Rescate o supresión.
- Suspensión del servicio.
Estatuto Jurídico del Usuario de Servicios Públicos
Principios
- Continuidad (permanencia indefinida).
- Mutabilidad (adaptación a nuevas tecnologías).
- Igualdad de condiciones.
Derechos
- Establecimiento de SP.
- Acceso (universal con posibles restricciones).
- Goce o disfrute (cantidad y calidad).
Obligaciones
- Pago del servicio (salvo exención).
- Retribución (tasa, precio público, tarifa).