Administración Periférica del Estado
Orígenes y Evolución
La Administración Periférica del Estado se refiere a los órganos de la Administración General del Estado que ejercen sus funciones en todo el territorio nacional. Sus orígenes se remontan a 1833, con la introducción de agentes en todo el territorio para conocer la situación del país. Javier de Burgos implementó dos novedades clave:
- Demarcación territorial que divide el territorio nacional en provincias.
- Creación del subdelegado de fomento, conocido como «Gobernador Civil», figura que existió hasta la reforma de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE).
Las funciones tradicionales de la Administración Periférica incluían:
- Mantenimiento del orden público y represión de los derechos y libertades fundamentales.
- Control de las entidades locales.
- Gestión de los procesos electorales.
Con la Constitución Española de 1978, se consagra un Estado de autonomías y se introduce la Administración periférica del Estado en este nuevo contexto. El artículo 154 de la Constitución crea la figura del Delegado del Gobierno, cuyas funciones son dirigir la Administración del Estado en la Comunidad Autónoma y coordinar las dos administraciones.
La LOFAGE introdujo cambios significativos, como la desaparición del Gobernador Civil y la creación del Subdelegado del Gobierno, convirtiendo al Delegado del Gobierno en pieza fundamental de la Administración Periférica.
Órganos Gubernativos
Delegados del Gobierno de las Comunidades Autónomas
Existe un Delegado del Gobierno en cada Comunidad Autónoma, con sede en el lugar donde radique el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma. La LOFAGE divide sus funciones en tres grupos:
- Funciones relacionadas con su condición de representante del Gobierno en la Comunidad Autónoma (informar de la gestión de los servicios territoriales a los ministerios, garantizar la seguridad ciudadana, proteger los derechos y libertades fundamentales, ejercer la potestad sancionadora, expropiación, etc.).
- Dirigir la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma, incluyendo el nombramiento de los Subdelegados del Gobierno en las provincias.
- Coordinar la Administración periférica del Estado con el resto de las administraciones territoriales.
Subdelegados del Gobierno en Provincias y Directores Insulares
El Subdelegado del Gobierno, presente en todas las provincias, sustituye al Gobernador Civil y asume sus competencias. Dirige y coordina los órganos periféricos en las provincias, ejerce funciones de comunicación con el resto de entes locales y organismos territoriales, y tiene competencia en materia de orden público.
En las islas donde no hay Delegado del Gobierno, el Subdelegado es sustituido por el Director Insular, nombrado por el Delegado del Gobierno.
Delegaciones Ministeriales y otros Órganos
Las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno son órganos de apoyo al Gobernador Civil, creados por Real Decreto.
Principios Constitucionales
La Administración Periférica del Estado se rige por los siguientes principios constitucionales:
- Principio de unidad (artículo 2 de la Constitución Española).
- Principio de voluntariedad: el desarrollo de una autonomía es voluntario, opcional y renunciable.
- Principio de solidaridad política y económica.
- Principio de cooperación, implícito en la Constitución, que implica el deber de lealtad de los poderes públicos y el deber de respetar y auxiliar al resto de las regiones.
Subvenciones
Según la Ley 38/2003, una subvención es toda ayuda dineraria realizada por una administración pública en favor de personas públicas o privadas, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:
- Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los interesados.
- Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo.
- Que el proyecto tenga por objeto fomentar una actividad pública de interés social.
Pueden conceder subvenciones la Administración del Estado, la Autonómica, la Local y otros organismos y entidades públicos cuando ejerzan potestades públicas. Toda subvención debe respetar los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación, transparencia, eficacia, eficiencia y previa consignación presupuestaria.
Requisitos para la Validez
Para que una subvención sea válida, la Administración está obligada a:
- Comunicar a la Unión Europea el proyecto y esperar a que se declare la compatibilidad con el mercado común.
- Aprobar la norma que establezca las bases reguladoras de la concesión, que deben publicarse en el boletín oficial correspondiente.
- Que la subvención sea otorgada por un órgano competente y exista presupuesto suficiente y adecuado.
Procedimiento de Concesión
El procedimiento de concesión de subvenciones requiere que existan unas bases aprobadas por orden ministerial que regulen el otorgamiento. El contenido mínimo de estas bases debe incluir:
- El objeto de la subvención.
- Los requisitos que debe cumplir el beneficiario.
- El procedimiento de selección.
- Los criterios objetivos de valoración.
- La cuantía de la subvención.
- Los órganos competentes para resolver.
- El plazo para justificar el destino de los fondos.
- La compatibilidad o no con otras subvenciones.
Normalmente, el procedimiento es de concurrencia competitiva, aunque también se permite el modo directo si está previsto en la Ley General de Presupuestos o por interés público. El procedimiento se inicia de oficio mediante un acto de convocatoria que indica:
- La disposición que recoge las bases.
- Los créditos presupuestarios.
- El objeto de la subvención.
- Las condiciones de la subvención.
- Los requisitos para solicitarla.
- Los criterios de valoración.
- El órgano competente para resolver.
- La documentación que debe aportarse.
Los interesados presentan sus solicitudes en el plazo establecido, aportando la documentación requerida. En la fase instructora, se valoran las solicitudes y, en los procedimientos de concurrencia, el órgano competente es asistido por un órgano colegiado que emite un informe. Posteriormente, se convoca a los interesados para presentar alegaciones.
Se elige la propuesta de resolución y se envía al órgano competente para resolver. La resolución es motivada y debe contener la identificación del beneficiario, la cuantía de la subvención y el plazo para su justificación. El plazo máximo para resolver es de 6 meses, salvo que se establezca otro plazo. El silencio administrativo es desestimatorio. La resolución agota la vía administrativa.
Contenido de la Relación Subvencional
Obligaciones del Beneficiario
Las principales obligaciones del beneficiario son:
- Cumplir el objeto de la subvención, ejecutar el proyecto y realizar la actividad.
- Adoptar el comportamiento que justifique el otorgamiento de la subvención.
- Justificar ante el órgano administrativo el cumplimiento de los requisitos exigidos y la realización de la actividad.
- Someterse a las actuaciones fiscalizadoras del Tribunal de Cuentas.
- Comunicar a otras administraciones si tiene otras subvenciones para la misma actividad.
Para asegurar el cumplimiento de estas obligaciones, la Administración dispone de sanciones y puede exigir la reintegración de los fondos concedidos en caso de incumplimiento.
Obligaciones de la Administración
Las obligaciones de la Administración son:
- Librar los fondos comprometidos para las subvenciones.
- Comprobar que los beneficiarios cumplen los requisitos.
- Exigir la justificación y comprobar que los fondos públicos se destinan al fin que motivó el otorgamiento de la subvención.