Análisis del Constitucionalismo y su Evolución Histórica

D. Const. Es la parte del derecho que regula y estudia las instituciones políticas desde una óptica jurídica. Es la base fundamental del derecho, los principios jurídicos de mayor trascendencia estatal. Estado de derecho limita a la autoridad para que los individuos cuenten con garantías ante el poder. Organiza al Estado, existe un régimen de libertades y de seguridad jurídica.

¿Cómo surgió la Carta Magna?

En el siglo XII, luego del conflicto suscitado en Inglaterra entre el monarca Juan Sin Tierra y los terratenientes, su importancia consiste en que confiere derechos a los ciudadanos y establece facultades y límites a las autoridades.

Contrato o pacto social

Es la estructura fundamental del Estado, señala los límites de los poderes constituidos y los derechos que tienen los individuos respecto a esos poderes.

Características del pacto social

  • Permanente: Perdura y se mantiene en forma continua a través del tiempo.
  • Institucional: Tiene una estructura básica adecuada y reconocida que establece métodos formales.
  • Carácter jurídico: Es imperoatributivo, coercitivo y está vinculado con el propio carácter constitucional.

Constitucionalismo: Limitar el poder

Porque sienta las bases de la organización y las facultades de los poderes del Estado.

Constitución de Fer Lassalle

Es el resultado de la suma de todos los factores reales de poder.

Constitución en sentido positivo de Carl Schmitt

La constitución es la decisión política del titular del poder constituyente, es decir, las decisiones políticas fundamentales.

Kelsen y la constitución en un sentido lógico-jurídico

Es una norma fundamental, ha sido creada por un antecedente y el orden jurídico está subordinado a la norma fundamental.

En sentido jurídico positivo

El sistema jurídico descansa en la constitución, la cual es la norma fundante o primaria.

La tesis de Karl Loeweistein

Las clasifica en:

  • Constitución Normativa: Donde existe un documento constitucional reconocido por la sociedad y donde el poder del Estado y el proceso político se someten a la constitución.
  • Constitución Nominal: Es aquella que tiene validez jurídica en su proceso de creación, pero sus principios no surgen de la sociedad, por lo que carecen de funcionalidad.
  • Constitución Semántica: Es aquella donde el texto constitucional solo beneficia a los poseedores del poder y los coloca en una posición autoritaria frente a la sociedad.

Revoluciones y su impacto en el constitucionalismo

Revolución Francesa, Revolución Inglesa e Independencia de EUA porque marcan el modelo donde las figuras del poder se someten a los destinatarios del poder y conceden derechos a los ciudadanos.

Reinado de Juan Sin Tierra como antecedente de la Carta Magna

Es un antecedente que marcó los mecanismos que limitan y dan facultades al poder y confieren derechos a los ciudadanos.

Características de la Carta Magna

Documento con fuertes dosis medievales. No se trata de una constitución, pero contiene elementos que van a servir de antecedentes para el constitucionalismo. Documento en respuesta a los abusos del rey Juan Sin Tierra, particularmente frente a los excesos que se reflejan en el incremento de las obligaciones fiscales y la disminución de derechos y privilegios de los barones. Documento que tiende a limitar el poder arbitrario del rey al reconocer los derechos de los barones respecto del monarca.

Contenido de la Carta Magna de influencia constitucional

Antecedente de la garantía de audiencia, ya que señalaba que ningún hombre puede ser puesto en prisión, detenido o desposeído de sus bienes sin previo juicio. El principio de interés santísimo consiste en reconocer que todo hombre debe ser juzgado por sus iguales.

Importancia de la Carta Magna

Es un precedente trascendente para lo que será posteriormente el estado moderno. Le confiere a Inglaterra presencia y evolución política como nación. La cultura política de Inglaterra tiene un antecedente importante en este documento. La Carta Magna es importante al reconocer que el ser humano tiene una fuerte tendencia hacia la libertad.

Ilustración como movimiento cultural de la Revolución Francesa

Fue el movimiento cultural que tiene como característica el cambio en el dogma cultural del mundo europeo, colocando a la razón en el centro de las creencias del ser humano. Con la Ilustración se da un gran relieve a las ideas de dignidad del ser humano y a las libertades de los hombres. Los autores de este movimiento muestran un rechazo del absolutismo real y censuran la concentración de poder.

El reinado de Luis XVI

A la muerte de Luis XV, su nieto Luis XVI heredó el trono a los 20 años de edad, estaba casado con María Antonieta. Se percató de la grave situación económica de Francia y designa como ministro de hacienda a Turgot, quien aplica severas medidas económicas para sacar a Francia de su crisis económica, promoviendo industrias y favoreciendo a los obreros, pero fue destituido por exigencia de su esposa. En su lugar se designó a Jacobo Necker, quien al intentar desconcentrar el poder para favorecer una administración más libre se enemistó con la nobleza y dimitió al cargo.

Estados Generales y situación de los sectores clero y burguesía

Eran la reunión de los tres grandes sectores en que se integraba la sociedad francesa: el primero se integraba por el clero, el segundo por la nobleza y el tercero por el estado llano, donde convergían todas las demás fuerzas de la sociedad.

Asamblea de los Estados Generales de 5 de mayo de 1789

El rey inaugura la sesión y comete un error, pues menciona reformas económicas pero no menciona aquello que el pueblo buscaba: una apertura política y una diferente forma y estructura de gobierno. Con motivo de lo anterior, el estado llano se retira de la asamblea y sus representantes sesionan en frondon, aceptan otros grupos sociales, y exigieron a los otros dos grupos, el clero y la nobleza, una representación en proporción al número de habitantes en Francia, lo cual no fue aceptado. El estado llano, el 17 de junio, integra la Asamblea Nacional.

¿Qué fue la Asamblea Nacional de 17 de junio de 1789? ¿Qué acontecimientos desencadenó?

Era una institución que crearon campesinos y burgueses para quitarle los privilegios a los nobles y la burguesía, y reformar y reconstruir el sistema estamental. Esta asamblea desencadenó la Revolución Francesa, de la cual surge la Declaración de los Derechos Humanos.

Principales contenidos de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano

  • Soberanía del pueblo.
  • Derecho de todo ciudadano a desempeñar cargos públicos, sin distinción de nacimiento o religión.
  • Libertad de culto, de imprenta, de trabajo.
  • Igualdad ante la ley.
  • Pago equitativo de los impuestos.
  • Responsabilidad de los funcionarios del estado.
  • Derechos de propiedad.
  • Garantías personales en caso de arresto o enjuiciamiento.
  • Principio de división de poderes.

Antecedentes históricos de la Constitución de los Estados Unidos de América de 1787

Principal propósito de la Constitución de los Estados Unidos de América de 1787

Organizar una unión sólida entre los nuevos estados, respetando rangos importantes de autonomía de cada uno, por eso se crea un sistema federal.

Principios capitales de la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de América de 4 de julio de 1776

  1. Igualdad de hombres, confiere los derechos inalienables entre ellos (derecho a la vida, libertad y búsqueda de la felicidad).
  2. Reconocimiento de soberanía popular, elección de gobierno.
  3. Posibilidad de que el gobernante, por voluntad de los individuos, pueda ser revocado o desplazado cuando no respete los derechos naturales.

Contenido de la Constitución de los Estados Unidos de América de 1787

  1. Creación de un estado federal.
  2. Establecimiento de los tres poderes.
  3. Respeto al gobierno local de cada estado por parte del estado federal.

Importancia del poder constituyente

Porque es una potencia que establece un nuevo orden constitucional, teniendo como fundamento la soberanía, cuyo titular es el pueblo.

Razones de la importancia del poder constituyente

  1. Por tratarse del creador del orden jurídico.
  2. Por ser un puente de contacto del derecho constitucional con otras disciplinas.
  3. Porque nos permite entender la naturaleza misma del Derecho Constitucional.

Tesis de Rousseau

Establece la tesis de ‘voluntad general’, afirmando que esta es la única e inalienable potestad para dirigir las fuerzas del estado de acuerdo a los fines del bien común, por pertenecer al pueblo no se le puede corromper.

Tesis de Sieyès

Establece en su tesis que la ‘soberanía popular recae en la nación’ y esta es superior, incluso, a la Constitución.

Notas distintivas de los poderes constituidos con el poder constituyente

  1. Los poderes constituidos tienen límites y estos están en la propia constitución, por su parte, el poder constituyente es ilimitado.
  2. Los poderes constituidos derivan de la constitución, en cambio el poder constituyente es de origen.
  3. Los poderes constituidos tienen diversas funciones, es decir, cada órgano según su competencia tiene diversas funciones determinadas por el poder constituyente, por su parte, el poder constituyente solo tiene una función: la de crear la constitución.

Supremacía constitucional

Supremacía significa lo que está por encima, en la cúspide de todo un sistema. La constitución es una norma denominada fundamental, es decir, que está en la cúspide o por encima de las demás normas jurídicas. Aludir a la supremacía es aludir a que esta norma es la norma primaria.

Características de la constitución como norma fundamental y primaria

Es fundamental porque es la fuente de validez formal de todas las normas secundarias, por ser fundamental es la ley suprema del estado, y supone que todo ordenamiento jurídico está condicionado por esa ley fundamental. Ninguna autoridad tendrá más poderes que los que reconozca la constitución.

Es primaria porque va a ser el primer punto de referencia de todo ordenamiento jurídico existente, y la fuente de creación de todo sistema jurídico.

Caso Marbury – Madison y su importancia para la supremacía constitucional

Consiste en que William Marbury fue designado juez de paz para el distrito de Columbia. Por su parte, Madison se negó a entregar el nombramiento respectivo a Marbury, basándose en la Ley Orgánica de los Tribunales Federales, expedida por el Congreso de los Estados Unidos, que otorgaba competencia originaria a la suprema corte para liberar ‘mandamus’. Ejerció este recurso ante dicho alto tribunal. La corte consideró que tal ley era contraria a la constitución federal, porque conforme a esta, en los casos de ‘mandamus’, no tenía jurisdicción originaria sino apelada. La corte denegó la petición de Marbury.

Es importante por el hecho de que queda clara la supremacía constitucional, incluso por sobre las leyes federales, con apego al principio de que ‘ningún acto legislativo contrario a la constitución es válido’.

Pirámide kelseniana de jerarquía normativa

Kelsen coloca a la constitución en un primer nivel, por debajo de esta se encuentran las normas generales o leyes, después los reglamentos y al final los actos jurídicos individualizados. Todo esto implica que hay unidad y jerarquía.

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Pirámide kelseniana en el sistema federal

Kelsen coloca en la cúspide a la constitución, de ahí se desprenden dos grandes órbitas: la de la legislación federal y la de las entidades federativas o legislación local. Debajo de estas coloca a los reglamentos y al final las disposiciones específicas de carácter federal y local.

Oval: CONSTITUCION POLITICA

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