Argumentación Jurídica y la Importancia de la Semiótica en el Derecho

Argumentación Jurídica

– La estructura del Derecho tiene relación con el positivismo jurídico.

– Hans Kelsen estableció la pirámide de las reglas.

– En 2011, la Constitución y los tratados internacionales establecieron el garantismo jurídico.

Razones del Problema en el Enunciado Normativo

– Por su estructura normativa.

– Por su estructura lingüística.

Enunciado normativo: El que establece el Estado para regular la conducta de las personas y sus derechos.

– Las palabras crean consecuencias jurídicas.

– Ejemplo de problema en la estructura del derecho: Controversia en la definición de matrimonio.

Controversia de derecho: Problema que hay entre la persona y el Estado.

Principios violentados en la estructura normativa

+ Principio de Validez: Toda norma emitida debe ser conforme al procedimiento jurídico establecido por la norma constitucional.

+ Principio de Supremacía Constitucional

Problemas en la Estructura Lingüística del Derecho

1. Polisemia

Palabras con diferentes significados dependiendo del contexto en donde se encuentre.

2. Sinonimia

Significado de dos o más conceptos es igual o semejante.

– Sinonimia total: Significado de dos palabras exactamente igual.

– Sinonimia parcial: Significado aduce a una descripción con particularidades diferenciadas.

Se usan incorrectamente en el Derecho porque, dependiendo del contexto, cambian el significado completo de una oración.

Consecuencia: vaguedad y ambigüedad.

3. Antonimia

Contraposición, contradicción, contraste; entre dos normas o principios.

– Bobbio: Una norma ordena hacer algo y otra lo prohíbe; cuando una norma prohíbe hacer algo y otra lo permite.

– Guastini: Choque de dos proposiciones incompatibles, no pueden ser verdaderas al mismo tiempo y con relación a un sistema normativo. Consecuencia: eliminar una de las dos normas.

Controversia de dos Derechos Humanos: Resolución a favor del mejor derecho respecto al caso en concreto.

Tragedia: A la persona no se le respeta su derecho humano.

Derecho humanitario: Regula cómo se va a hacer la guerra y cómo se va a matar (Derecho Internacional Público).

4. Laguna de ley

Omisión del legislador a una problemática jurídica.

– Guastini: Cuando no hay alguna norma que conecte una consecuencia jurídica a un determinado supuesto de hecho.

Es recurrente porque no existe un orden normativo perfecto o absoluto.

La incompletitud e imprevisión constituyen parte de la naturaleza del sistema humano.

Retos del lenguaje jurídico: El léxico jurídico debe propiciar el desarrollo del conocimiento y la correcta comunicación entre juristas.

Sería un error que el texto legal fuera concebido por la mayoría.

Semiótica Jurídica

Describe los conceptos en un plano de realidad y materialidad.

Función trascendental en el Derecho: determina los significados de los conceptos para ser comprendidos, interpretados y aplicados.

  1. Silogismo
  2. Premisa mayor: Disposición jurídica
  3. Premisa menor: Hechos/Facto
  4. Conclusión

Subclasificación de la Semiótica

Lenguaje del Derecho: Se expresa en el conocimiento social y se basa en el lenguaje común, expresando ideas y conceptos que sean claros para un mayor número de personas.

Lenguaje de los juristas: Constituye el estudio técnico de las fuentes del Derecho.

Usos de la Semiótica en la Práctica Jurídica

  1. Subsunción deductiva
  2. Principios lógicos analíticos
  3. Dialógica retórica
  4. Teorías hermenéuticas

Interpretación Jurídica

Es polisémica.

No es filosofía del conocimiento.

Es determinar o asignar el sentido a ciertos hechos, signos, fórmulas o palabras. Ignacio Galindo: Acto que determina el sentido de los enunciados (norma jurídica).

Tipos de Interpretación Jurídica

1. Auténtica: Es la que realiza el propio autor del documento o disposición interpretada.

2. Doctrinal: Realizada por los juristas, particularmente por los profesores de Derecho de otras academias.

3. Oficial: Realizada por una autoridad u órgano del Estado en el ejercicio de sus funciones institucionales.

4. Judicial: Realizada por un órgano jurisdiccional, orientada a la solución de un caso en concreto.

Casos Fáciles o Claros

Las premisas son dadas con nitidez, se obtiene la conclusión mediante el uso de un proceso deductivo, disminuye la participación del juez en su interpretación porque existe una evidente apreciación entre la norma y la realidad.

Casos Difíciles

Incluyen problemas normativos, problemas fácticos, lagunas de reconocimiento o de conocimiento.

Las principales razones en las cuales el juez se basa para decidir son los elementos axiológicos y los hechos sociales que engloban, el juez tiene problemas para encontrar respuestas al caso concreto en la norma jurídica. Aquí se deben mezclar la creación legislativa con la justificación de las decisiones, de ahí la importancia de la argumentación jurídica.

Casos Trágicos

Cuando no hay una solución correcta, debido a que esa respuesta puede adaptarse en varios sentidos; sucede lo anterior a causa de incoherencias descubiertas en el texto jurídico y las múltiples contradicciones que pueden presentar los ordenamientos, hecho que hace poner en duda la idea misma del sistema jurídico. Se dice entonces que la solución escogida por el juez siempre será contraria al ordenamiento jurídico.

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