Arreglo Pacífico de Controversias y Sistema de Seguridad Colectiva en Derecho Internacional

Arreglo Pacífico de Controversias

Una controversia es una disputa jurídica entre dos estados. Estos están obligados a resolverla de manera pacífica en base a la Carta de las Naciones Unidas (art. 2). Los medios pacíficos se plasman en el art. 33 y se distinguen entre medios políticos y jurisdiccionales.

Medios Políticos

En los medios políticos, la solución del conflicto la acuerdan las propias partes. Se incluyen:

  • Negociación directa: Implica que representantes de los estados se reúnen e intentan llegar a un acuerdo.
  • Buenos oficios: Un tercero facilita los medios para que las partes se reúnan y negocien.
  • Mediación: Hay un tercero que sugiere posibles vías de solución.
  • Comisión de investigación: Las partes acuerdan que un tercero investigue lo ocurrido y presente un informe objetivo sobre los hechos.
  • Comisión de conciliación: Es una suma de las posibilidades que tiene a su disposición el tercero en los tres medios citados.

Medios Jurisdiccionales

En los medios jurisdiccionales, las partes de la controversia deciden que la solución la dará un tercero neutral y se comprometen a acatar la solución que este dictamine. Los tribunales internacionales tienen jurisdicción voluntaria, solo actuarán cuando ambas partes decidan que ese es el medio por el que quieren resolver la controversia.

Arbitraje

Las partes remiten a un tercero neutral la solución de la controversia. Las partes forman el órgano arbitral, deciden qué ordenamiento jurídico se va a aplicar y el procedimiento procesal. La solución (laudo arbitral) tiene efectos obligatorios para las partes y no cabe recurso a ese laudo.

Jurisdicción Internacional

Es voluntaria. Salvo excepciones, los tribunales internacionales no actúan de oficio, requieren que las dos partes lo declaren competente para resolver el conflicto.

La Corte Internacional de Justicia

Tiene dos procedimientos: el contencioso y el consultivo.

  • Procedimiento contencioso: Resuelve controversias entre estados, los cuales deben aceptar el resultado de la Corte. También cuando varios estados realizan un tratado y hay una controversia, deben solucionarla acudiendo al Tribunal. Este acuerdo está establecido a priori cuando se va a realizar un tratado. Existe otra forma, la cláusula facultativa, la cual es un acto unilateral de un estado que dice que para las controversias futuras aceptará la jurisdicción del tribunal para resolverla. La sentencia del Tribunal se aprueba por mayoría de los 15 magistrados. Los jueces ad hoc se dan cuando las partes no tienen a nadie de su país entre los 15 magistrados; las partes tienen derecho a nombrar un juez adicional solo para ese caso concreto.
  • Función consultiva: Solo los 5 órganos principales de la ONU y los organismos especiales pueden formular consultas al tribunal. No son vinculantes, no resuelven controversias. El Tribunal solo da su opinión.

Prohibición del Uso de la Fuerza

El uso de la fuerza suele estar prohibido desde 1945.

Ius ad bellum

Era el derecho a hacer la guerra cuando se tuviera causa justa. Requería previa declaración de guerra.

Ius in bello

Era el derecho en la guerra. Trataba lo que se podía o no hacer en la batalla.

En 1945, con la Carta de San Francisco que en su art. 2.4 prohíbe el uso de la fuerza, se acaba con el Ius ad bellum. Actualmente el Ius in bello se llama Derecho Internacional Humanitario, que quiere reducir los efectos devastadores de una guerra y que dure lo mínimo necesario para que uno gane y otro pierda. Los ataques preventivos son ataques de un estado a otro porque sospecha que va a ser atacado en un futuro próximo.

La principal excepción a este principio es la legítima defensa.

Sistema de Seguridad Colectiva

Viene contemplado en la Carta de San Francisco. La Carta dedica 3 capítulos (6, 7 y 8).

Capítulo 6

Trata los mecanismos por los cuales deben arreglarse pacíficamente aquellas controversias que ponen en riesgo la paz internacional. La acción del Consejo de Seguridad es preventiva, trata de evitar el uso de la fuerza. Es voluntaria y a título de recomendación.

Capítulo 7

Se aplica si se produce el uso de la fuerza, contempla las medidas coactivas que tiene que tomar el Consejo de Seguridad para poner fin al conflicto.

Capítulo 8

Trata lo mismo que el capítulo 7, pero el Consejo de Seguridad puede pedir la colaboración de una organización internacional para resolver el conflicto.

Operaciones para el Mantenimiento de la Paz

Las operaciones para el mantenimiento de la paz no aparecen en la Carta de San Francisco. Estas operaciones parten de la ONU. Surgen por iniciativa de la Asamblea General. Pero la Asamblea General no tiene competencias en ese ámbito, el verdadero protagonista es el Consejo de Seguridad. El Consejo de Seguridad actúa en las operaciones para el mantenimiento de la paz previo acuerdo de las partes en el conflicto, si se actúa con completa imparcialidad, no se puede usar la fuerza. La función clave de la Asamblea General es buscar financiación para estas operaciones.

OTAN

Nace en 1949 para incluir una cláusula de legítima defensa colectiva. Fue fundada por Estados Unidos y los países de Europa Occidental. Como respuesta, la URSS lanza el Pacto de Varsovia. En 1990 la OTAN se transforma en cuanto a sus países miembros y amplía sus objetivos como hacer frente a los desafíos nucleares, labor humanitaria en desastres, lucha contra el terrorismo, etc. La OTAN se autolegitima para actuar en cualquier parte del mundo, con lo cual se atribuye competencias que son monopolio del Consejo de Seguridad.

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