Aspectos legales de una sociedad colectiva

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1)Relate 2 Diferencias entre la Sociedad de responsabilidad limitada y la Sociedad anónima abierta, atendiendo a los Sgtes conceptos:

A) N° Mínimo Y Máximo DE SOCIOS EN SU CONSTITUCIÓN 
SRL: 50 socios como máximo
S.A:  500 o más.

B) ADMINISTRACIÓN 
SRL: los socios administran por sí o por mandatarios elegidos por ellos.
SA: La administración recae en un directorio compuesto por miembros esencialmente revocables.

2)Señala la CESIBILIDAD DE LOS DERECHOS en las siguientes sociedades:
a) COLECTIVA: esta prohibida.

b) Anónima; ceden, son negociables.

c) EN COMANDITA: Comanditarios:  ceden libremente
                                Gestores: no ceden
d) RESP. LMTDA: no pueden cederse los derechos sociales.

e) POR ACCIONES: sí ceden libremente.

3) Indique las diferencias principales entre una SOCIEDAD LEGAL y una SOCIEDAD DE HECHO: UNA SOCIEDAD LEGAL  es aquella que tiene personalidad jurídica, es decir, tiene representación legal, por el contrario las sociedades de HECHO no tienen personalidad jurídica. Dicho de otro modo: Atendiendo a la personalidad jurídica, las sociedades legales si cuentan con ella,; caso contrario las sociedades de hecho no tienen personalidad jurídica.

4) Relate las Responsabilidades de los Socios en las stge. Sociedades:

a) COLECTIVA: Resp. Solidaria e ilimitada
b) ANÓNIMA:  Resp. Limitada al monto de sus acciones
c) EN-COMANDITA: Gestores: solidaria e ilimitada
                                Comanditarias: limitado a su aporte.
d)RESP. LTDA.: Limitada a su aporte o a la suma mayor que aparezca en los estatutos.
e) HECHO: solidaria e ilimitada.

5) Qué ocurre si se OMITE alguna de las Solemnidades legales en la Constitución de una sociedad de personas.(sanción legal).

La sanción legal corresponde a la nulidad disoluta del punto de vista de los socios, y en caso de haber efectuado contrato con terceros, es una sociedad de hecho para esos terceros. Existe la posibilidad de sanearla, siempre y cuando la sociedad conste de escritura pública, o de instrumento reducido a escritura pública o de instrumento protocolizado

6) Relate las formalidades de constitución de una EIRL: 
La constitución de este tipo de empresas es SOLEMNE, lo que significa que deben cumplirse con las siguientes formalidades:
1)Debe hacerse por escritura pública y esta escritura de constitución debe reunir las siguientes mencione:
1.-Nombres, apellidos, domicilio, nacionalidad,  estado civil y edad
2.- Nombre de la EIRL
3.- Monto de Capital
4.- Actividad Económica que constituirá el giro u objeto de la empresa y el ramo o rubro específico en que dentro de ellas se desempeñará
5.- Domicilio de la EIRL
6.- Plazo de duración
2)Extracto de la Escritura Pública de constitución autorizado por un notario, debe inscribirse en el registro de comercio del conservador de bienes raíces del domicilio de la empresa.

3)Publicación de Extracto de la escritura en el Diario Oficial y por una sola vez. Tanto la inscripción del extracto deben realizarse ante de los 60 días siguientes a la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución


7) Relate los requisitos de constitución de una sociedad de responsabilidad limitada.
3 formalidades:
1) Escritura pública, con las mismas menciones indicadas para las sociedades colectivas, pero además debe indicarse expresamente una declaración “ de que la responsabilidad personal de los socios queda limitada  a sus aportes o a la suma que a más de estos se indique”

2) Inscripción del extracto de la escritura pública en el Registro de Comercio.

3) Publicación del extracto en Diario Oficial, que fue autorizado por el notario, por una sola vez, dentro de los 60 días desde la fecha de la escritura señalada

8) Relate Brevemente los Requisitos comunes de la sociedad:

1) Móvil de Lucro: El lucro es el beneficio material apreciable en dinero. Si sólo hay beneficios morales podrá existir una persona jurídica sin fines de lucro, pero no una sociedad 

2) Aportes: Lo normal será que los socios acuerden la cuota o parte que le tocará a cada uno.  Si nada dicen las reglas es que deben repartirse en la proporción a los aportes efectuados. Es la colaboración patrimonial que los socios hacen para formar el capital de la sociedad. En la de sociedades Anónimas sólo hay socios capitalista, y no socios indutriales. 

3) Contribución a las pérdidas: indica que todos los socios corren un riesgo. Lo esencial es que todo socia contribuya a la pérdidas, no podría establecerse una cláusula en que se excluya a un socio de soportar esa posibilidad 

4) Afeccio Socitatis: Constituye al interés del socio en colaborar activamente en la búsqueda del bien común o social. No basta que se aporte un bien, y se esperen las ganancias. Es necesario que exista una preocupación del socio por la marcha de la empresa.

9) Explique el principio denominado “ Derecho de Prenda General de los Acreedores” o Ejecución Forzada:

Este método con el que cuenta el acreedor para conseguir prestación por parte del deudor se basa  en el principio de “quien se obliga, obliga todos su bienes”. Esto quiere decir que el acreedor puede hacerse pago de la deuda a través de los bienes del deudor ya sean estos muebles o inmuebles, presentes (que le pertenecen al momento de iniciar la obligación)  o futuros (adquiridos con posterioridad a la obligación), salvo aquellos bienes considerados inembargables por el código civil.










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