T-11: LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL Y JUDICIAL DE LAS LIBERTADES INFORMATIVAS
DERECHO DE RECTIFICACIÓN:
ART.1:
Derecho a rectificar la información difundida que sea errónea o le pueda perjudicar (Si dicen algo tuyo que es mentira, tienes derecho a salir y decir que es mentira. Si estás muerto, lo pueden hacer tus familiares)ART. 2: Se tiene que escribir al director del medio para en un plazo de siete días después de la publicación.
ART.3: El medio tiene que publicar, de forma gratuita, la rectificación enviada en un plazo de 3 días. La publicación de la rectificación debe tener la misma importancia que la publicación de la información que se dió en su dia.
Prensa: Si es, por ejemplo, una revista que solo publica una vez al mes, pues en vez de hacerlo en tres días, lo hará en su próxima publicación.
Radio / TV: Si es, por ejemplo, un programa que se hace una vez al mes, pues en vez de hacerlo en tres días, lo harán en cualquier programa, pero dentro del plazo.
ART. 4: Si el medio no publica la rectificación, el demandante tiene derecho de presentar una queja en los juzgados.
ART. 5: Si se presenta la queja incompleta, el juez no admitirá la demanda. Si la queja está completa, se celebrará un juicio entre el demandante y el director del medio en un plazo de siete días.
ART. 6: El juez decidirá si se admite o no la queja. En caso de darla por válida, el medio tendrá que publicar la rectificación.
EFECTO PERVERSO: A veces es peor la rectificación que la publicación (Por lo que entiendo se refiere a que a veces el demandado intenta sacar mucha mierda)
CLÁUSULA DE CONCIENCIA: Se produce cuando un periodista se niega a realizar una tarea por motivos éticos.
ART. 1: Es un derecho constitucional que garantiza al periodista cierta independencia del medio (Si por cuestiones éticas no comparte una tarea, no está obligado a hacerla)
ART. 2:
2.1: El periodista tiene derecho a rescindir su relación con el medio:
Si se produce un cambio en la línea editorial
Si el medio se junta contra empresa que suponga una ruptura en la línea del periodista.
2.2: Se deberá indemnizar al periodista con una cifra pactada en el contrato o
ART.3: El periodista tiene derecho a no ejercer la tarea y el medio no le puede sancionar.
EL AMPARO ORDINARIO Y EL AMPARO CONSTITUCIONAL
Toda esta parte miradla del power porque no la entiendo
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
Función genérica: Controlar la Administración y redactar un informe anual
T-10: NORMATIVA PENAL CON INCIDENCIA SOBRE LAS LIBERTADES INFORMATIVAS
RESPONSABILIDAD CIVIL Y RESPONSABILIDAD PENAL
CIVIL: El objetivo principal es restablecer el equilibrio que existía antes del daño (Llegar a un acuerdo entre el autor del daño y el que lo recibe)
PENAL: Se producen cuando alguien comete un delito. El objetivo principal es el cástigo. Tiene dos partes: Aspecto preventivo y el aspecto punitivo (Cástigo)
CALUMNIA E INJURIA
Se tiene derecho a la libertad de expresión y al derecho de información siempre y cuando no se atente a los derechos de honor, imagen e intimidad.
Animus:
Injuirandi: Injuriar, promover el rechazo social a través de imputar a alguien de un delito.
Criticandi: Criticar
Narrandi
iocandi: Se hace un comentario despectivo pero desde la amistad y la broma y sin ánimo de ofender.
DERECHO AL HONOR:
Calumnia: Imputar de un delito sabiendo que es falso
Injuria: Herir la dignidad de alguien
DELITOS CONTRA LA CONSTITUCIÓN POR CALUMNIA O INJURIA: Atacar a la casa real, al gobierno, al ejército… (Todas estas se castigan con mayores penas)
T-11 / 12: LA AUTORREGULACIÓN Y LOS CÓDIGOS DEONTOLÓGICOS
ÉTICA Y MORAL
ÉTICA: Aquello que se debe hacer, que haces porque eres persona
MORAL: Acciones humanas según su intención (buena o mala) siempre y cuando las haga de forma LIBRE.
NORMA Y NORMA JURÍDICA
NORMA: Regla a seguir.
NORMA JURÍDICA: Regla para ordenar la sociedad y castigar en caso de incumplimiento.
DEONTOLOGÍA: Obligaciones impuestas desde fuera y asumidas por uno mismo
CÓDIGO DEONTOLÓGICO: Normas que se establecen por parte de los profesionales para ejercer su trabajo de forma moral.
ACTITUD (Voluntad de hacer algo) y APTITUD (Capacidad de hacer algo)
REACCIÓN A LAS EMOCIONES
J. A. Marina: Se produce un estímulo y respondemos al momento.
S. Covey: Se produce un estímulo y, antes de responder, RAZONAMOS.
AUTORREGULACIÓN: Conjunto de normas compartidas por los medios con el objetivo de que su actividad siga una serie de valores.
FUNCIONES:
Publicar las normas de autorregulación que han de guiar la actividad de los medios → Se deben cumplir sí o sí.
Contribuir a que se cumplan las condiciones laborales y profesionales.
Hacer saber a la gente cuando se incumplen las normas
Permitir estudiar y valorar las actuaciones éticas de los medios.
JUSTIFICACIÓN DE LA AUTORREGULACIÓN:
Buen mecanismo para complementar las normas jurídicas.
Derecho y autorregulación deben ir de la mano.
INSTRUMENTOS DE LA AUTORREGULACIÓN
Códigos deontológicos, estatutos de redacción, defensores del lector y consejos de prensa.
CRÍTICAS A LA AUTORREGULACIÓN:
Leve autocensura que impone una moral unificada para todos.
Que los que elaboran las normas, los propios profesionales, no se autoimponen sanciones por saltarse una de las normas
CONTROL JUDICIAL DE LAS NORMAS DE AUTORREGULACIÓN:
Reglas de diligencia profesional: Basada en la relación entre el medio de comunicación y el periodista.
Control de contenidos: Publicar un contenido no acorde a las normas puede derivar en faltas graves y acabar en juzgados. El medio deberá parar la emisión de ese contenido.
PROFESIONES TITULADAS: Es necesario un título universitario para ejercer la profesión
EL EJERCICIO PROFESIONAL
Prestación al público, normalmente remunerada, de un servicio.
EL SISTEMA ORGANIZATIVO DE LAS PROFESIONES TITULADAS
Colegios profesionales: Corporaciones de derecho público que engloban a todos los profesionales de una misma actividad, siempre y cuando estas actividades impliquen un interés público o sean de relevancia social (Sanidad, Comunicación, Infraestructuras públicas…)
Colegio de periodistas de Cataluña: Tiene dos objetivos: Mejorar el trabajo llevado a cabo y asegurar que la gente obtiene información veraz.