Clasificación de los Derechos Humanos: Un Análisis Generacional

Clasificación de los Derechos Humanos

Existen diversas maneras de clasificar los derechos humanos, tomando diferentes puntos de enfoque. Por ejemplo:

  • Un enfoque historicista: tomará en cuenta la protección progresiva de los derechos humanos.
  • Un enfoque basado en la jerarquía: distinguirá entre los derechos esenciales y los derechos complementarios.

Ahora, la clasificación más conocida de los derechos humanos es aquella que distingue las llamadas Tres Generaciones, y el criterio en que se fundamenta es un enfoque periódico, basado en la progresiva cobertura de los derechos humanos. A esta clasificación nos referimos:

PRIMERA GENERACIÓN

Surgen con la Revolución Francesa como rebelión contra el absolutismo del monarca. Se encuentra integrada por los denominados derechos civiles y políticos. Imponen al Estado respetar siempre los derechos fundamentales del ser humano (a la vida, libertad, etc.)

SEGUNDA GENERACIÓN

La constituyen los derechos de tipo colectivo, derechos sociales, económicos y culturales. Surgen como resultado de la Revolución Industrial. En México, la Constitución de 1917 incluyó los derechos sociales por primera vez en el mundo. Constituyen una obligación de hacer del Estado y son de satisfacción progresiva de acuerdo a las posibilidades económicas del mismo.

TERCERA GENERACIÓN

Se forma por los llamados derechos de los pueblos o de solidaridad. Surgen en nuestro tiempo como respuesta a la necesidad de cooperación entre las naciones, así como de los distintos grupos que las integran.

Derechos de la Primera Generación

Derechos que comprenden: Libertades fundamentales, los derechos civiles y políticos: Son los más antiguos en su desarrollo normativo. Son los derechos que corresponden al individuo frente al Estado o frente a cualquier autoridad.

Características:

  • Imponen al Estado el deber de respetarlos siempre. Solo pueden ser limitados en los casos y bajo las condiciones previstas en la Constitución. Implican respeto y no impedimento.
  • Su titular es: En los derechos civiles: todo ser humano en general. Y en los derechos políticos: todo ciudadano.
  • Su reclamo corresponde al propio individuo. Ejemplo: libertad de tránsito > libertad fundamental > puedo circular libremente por mi país.

Derechos y Libertades Fundamentales:

  • Toda persona tiene los derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica.
  • Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.
  • Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.
  • Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre.
  • Nadie será sometido a torturas, ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes ni se podrá hacernos daño físico, psíquico o moral.
  • Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni con ataques a su honra o su reputación.
  • Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia.
  • Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
  • En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.
  • Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que desean.
  • Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión.
  • Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión de ideas.
  • Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

Derechos Civiles y Políticos:

  • Todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
  • Todos somos iguales ante la ley, esto es, a todos debe aplicarse de igual manera.
  • Toda persona tiene derecho al juicio de amparo.
  • Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
  • Toda persona tiene derecho a ser oída y tratada con justicia por un tribunal imparcial.
  • Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia, mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley.
  • Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.
  • Toda persona tiene derecho a ocupar un puesto público en su país.
  • La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas.

Derechos de la Segunda Generación

Derechos que comprende: Económicos, sociales y culturales: Son derechos de contenido social para procurar las mejores condiciones de vida.

Características:

  • Amplía la esfera de responsabilidad del Estado. Imponen un deber hacer positivo por parte del estado: satisfacción de necesidades; prestación de servicios.
  • Su titular es el individuo en comunidad, que se asocia para su defensa.
  • Su reclamo es mediato e indirecto.
  • Son legítimas aspiraciones de la sociedad. Ejemplos: Derecho a un salario justo > derecho económico > yo tengo derecho a percibir un salario que sea suficiente para mantener un nivel de vida adecuado.

Derechos Económicos, Sociales y Culturales:

  • Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales.
  • Derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.
  • Derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses.
  • Derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, familia, salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
  • Derecho a la salud física y mental.
  • La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencias especiales.
  • Derecho a la educación en sus diversas modalidades.
  • La educación primaria y secundaria será obligatoria y gratuita.
  • Tenemos derecho a la seguridad pública.
  • Los padres tienen derecho a escoger el tipo de educación que habrá que darse a sus hijos.

Derechos de la Tercera Generación

También se les llama: derechos de los pueblos y derechos de solidaridad > paz, desarrollo, medio ambiente. Paz: civiles y políticos. Desarrollo: económicos, sociales, culturales. Medio ambiente: de cooperación entre los pueblos.

Características:

  • Pertenecen a grupos imprecisos de personas que tienen un interés colectivo común.
  • Requieren para su cumplimiento de prestaciones: positivas (hacer, dar) y negativas (no hacer). Tanto de un Estado como de toda la comunidad internacional.
  • Su titular es el Estado, pero también pueden ser reclamados:
    • Ante el propio Estado.
    • Ante otro Estado.
  • Ejemplo: los grupos étnicos tienen derecho al desarrollo económico. Otro ejemplo: mi país tiene derecho a elegir su forma de gobierno.

Los derechos de los pueblos son:

  • A la autodeterminación, independencia económica y política, a la identidad nacional y cultural, a la paz, a la coexistencia pacífica, al entendimiento y confianza, a la cooperación internacional y regional, al desarrollo, a la justicia social internacional, al uso de los avances de las ciencias y la tecnología, a la solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos, ecológicos, al medio ambiente, al patrimonio común de la humanidad, al desarrollo que permita una vida digna.

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