Clausula de poder residual

EL ESTADO FEDERAL

Es una forma de Estado muy importante. Es una uníón de Estados en la que cada uno de ellos, se integra en un Estado de nivel superior, organizado mediante una Constitución propia y sometíéndose a un poder central denominado Poder Federal, pero conservando una amplia autonomía constituyente, jurisdiccional, legislativa y administrativa.

Poder federal (poder central al que se someten en parte de los Estados federados)

Poder estatal (poder residual cada uno de los Estados)

El Estado Federal se superpone al conjunto de Estados que lo componen. Los Estados federales se caracterizan por tener 2 caras:

– Hacia el exterior. El Estado federal aparece como un solo Estado unitario y centralizado, teniendo una personalidad jurídica única en la esfera internacional fundamental para diferenciar un Estado federal de una Confederación que no ofrece la imagen de un Estado único.

Frente al exterior no hay distinción entre un Estado federal y un Estado unitario.

– Hacia el interior. El Estado federal desde dentro se articula en base a 2 principios.

* El principio de autonomía. Entes estatales con personalidad jurídica propia, que conservan amplias facultades constitucionales (cada Estado tiene su propia constitución)
, legislativas, administrativas y jurisdiccionales.

Resulta crucial el reparto del poder entre Poder federal y poder estatal, existiendo las siguientes posibilidades:

1. Hacer una lista de las competencias que corresponden al poder federal, siendo todas las demás competencias atribuidas al poder de los estados federados.

2. Establecer una lista de las competencias que le corresponden al poder estatal y el resto de las competencias se atribuyen al poder federal.

3. Establecer 2 listas de competencias, una para determinar las que corresponden al poder estatal y otra para el poder federal. No se trata de un catálogo cerrado, por eso es importante la cláusula residual que determina en la Constitución federal a quien corresponde.

4. Consiste en elaborar 3 listas, 1 para  las competencias del poder federal , otra para las competencias del poder estatal y otra para las competencias compartidas que pertenecen a ambos poderes. También aquí es necesaria la cláusula residual.

Existe una cláusula necesaria para cualquier reparto competencial y es la cláusula de prevalencia que aclara cual es el dcho que prevalece en caso de conflicto.

* El principio de participación. La existencia del Estado federal requiere el establecimiento en la Constitución federal de determinadas medidas, mediante las cuales se tiene en cuenta la realidad de los Estados federados en la determinación de las reglas del juego del poder federal.


EL CONTROL DIFUSO DE CONSTITUCIONALIDAD

Sin embargo, los EE.UU habían heredado el sistema del «common law». Sobre este esquema se introduce la promulgación de una Constitución escrita y rígida. Marshall desarrollará una serie de razonamientos básicos:

– La Constitución escrita y rígida de los EE.UU establece una serie de poderes constituidos y uno de ellos es el Tribunal Supremo americano, que tiene como misión intervenir en determinados pleitos.

– Cualquier tribunal cuando tiene que resolver un pleito, tiene que elegir entre las normas existentes.

– Si se produce una contradicción se debe escoger la que tenga mayor validez o jerárquicamente superior.

Para Marshall, la constitución es la norma jerárquicamente más importante por lo que es la que debe ser preferentemente aplicable en caso de conflicto con otra norma.

Rasgos del control difuso de constitucionalidad:

Se empieza a establecer a partir del S.XIX y se caracteriza por los siguientes rasgos:

 Se llama control difuso porque se ejerce por cualquier juez o tribunal.

· Se produce cuando un juez o tribunal están actuando en un pleito determinado y se les presenta un posible conflicto entre la Constitución y una norma ordinaria.

Demandantes y demandados son elementos necesarios para impulsar el procedimiento, y es una de las partes la que advierte al juez de la posible contradicción entre la Constitución y la norma ordinaria , se le pide al juez que aplique la Constitución. Por esta razón, además de producirse en un caso concreto se utiliza una vía de excepción.

· Todas las personas están legitimadas para iniciar un control concreto de constitucionalidad (existe una legitimación abierta).

· El juez o tribunal llega a la conclusión de que no existe o si existe contradicción entre la Constitución y la norma. Si no existe, se aplica la norma, pero si sí existe no se aplica la norma pues es como si nunca hubiese existido (efecto ex tunc).

·  Pero si todo ello se produce en relación con un caso concreto se refiere exclusivamente a ese caso, es decir, tiene solamente valor inter partes. La norma no se aplica en ese caso pero sigue dentro del ordenamiento jurídico.

Pero en el sistema de common law los jueces y tribunales acuden para buscar el dcho aplicable a las soluciones que se hayan dado a otros casos similares anteriores (búsqueda del precedente). Por eso, aunque las sentencias se refieren solo al caso concreto planteado y tiene solamente valor inter partes, pueden indirectamente extender sus efectos a casos similares.

Esto puede plantear un problema puesto que nos encontramos con la posibilidad de precedentes contradictorios. Pero el sistema judicial anglosajón es un sistema jerárquizado y existen tribunales superiores, culminando en el Tribunal Supremo. Ahí rige el principio stare decisis (atenerse a lo ya establecido). Por ello, cuando el Tribunal Supremo se pronuncia sobre un caso de inconstitucionalidad, todos los jueces y tribunales se atendrán a lo ya establecido y dejarán de aplicarla.

Pero el principio stare decisis vincula a los tribunales inferiores, pero no al Tribunal Supremo. En realidad no se ha producido la expulsión de la norma del ordenamiento jurídico y puede volver a ser aplicada.

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