Procedimiento Legislativo Ordinario en la UE
El procedimiento legislativo ordinario es el proceso principal para la adopción de leyes en la Unión Europea. Se inicia con una propuesta legislativa de la Comisión Europea y culmina con la adopción conjunta por parte del Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea.
Características del Procedimiento
- Transparencia y Publicidad: Se caracteriza por ser un proceso transparente y público, accesible a los ciudadanos.
- Doble Lectura: Implica un sistema de doble lectura o debate entre el Parlamento Europeo y el Consejo.
- Actos Legislativos: Los actos aprobados mediante este procedimiento se denominan «actos legislativos» y requieren la aprobación tanto del Parlamento como del Consejo.
Fases del Procedimiento Legislativo Ordinario
Primera Lectura
- La Comisión Europea presenta la propuesta legislativa al Parlamento Europeo y al Consejo. También se envía a los Parlamentos nacionales.
- Parlamento Europeo:
- Comisiones parlamentarias analizan la propuesta, considerando los principios de subsidiariedad, proporcionalidad y derechos fundamentales, así como sus implicaciones financieras.
- Se emite un informe (resolución legislativa) que se aprueba en sesión plenaria o propone enmiendas a la propuesta de la Comisión.
- La posición del Parlamento se envía al Consejo.
- Consejo de la Unión Europea:
- Con la asistencia del COREPER, el Consejo adopta una posición.
- Puede aprobar la posición del Parlamento (mayoría cualificada para preceptos no modificados, unanimidad para enmiendas), en cuyo caso el acto legislativo se aprueba y se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).
- Puede no aprobar la posición del Parlamento y presentar enmiendas (requieren unanimidad), lo que da lugar a una segunda lectura.
Segunda Lectura
Plazo: 3 meses (ampliable a 1 mes a petición de cualquiera de las instituciones).
- El Consejo informa al Parlamento sobre las razones de sus enmiendas. La Comisión informa sobre su posición.
- Parlamento Europeo:
- Puede aprobar la posición del Consejo (mayoría de votos emitidos o aprobación por silencio), en cuyo caso el acto se aprueba, se revisa y se publica en el DOUE.
- Puede rechazar la posición del Consejo, lo que implica la no adopción del acto y su devolución a la Comisión. La Comisión puede presentar una nueva propuesta, iniciando un nuevo procedimiento.
- Puede proponer enmiendas a la posición del Consejo. La Comisión emite un dictamen (positivo o negativo) sobre estas enmiendas. El Parlamento transmite sus enmiendas al Consejo.
- Consejo de la Unión Europea:
- Puede aprobar las enmiendas del Parlamento (mayoría cualificada para enmiendas aceptadas por la Comisión, unanimidad para las restantes), en cuyo caso el acto se considera adoptado y se publica en el DOUE.
- Si no aprueba las enmiendas, se convoca el Comité de Conciliación.
Comité de Conciliación y Tercera Lectura
- Si el Consejo no aprueba las enmiendas del Parlamento, el Presidente del Consejo convoca el Comité de Conciliación.
- Este comité es un órgano mixto compuesto por representantes gubernamentales (uno por cada Estado miembro) y un número igual de eurodiputados.
- Durante 6 semanas (prorrogables a 2 más), el Comité estudia las enmiendas y la posición del Consejo. La Comisión ya no puede modificar su iniciativa en esta fase.
- Si no se llega a un acuerdo, el acto se considera no adoptado (equivalente a una devolución a la Comisión).
- Si se llega a un acuerdo (Tercera lectura): El texto conjunto debe ser confirmado por mayoría cualificada en el Consejo y por mayoría absoluta en el Parlamento Europeo.
Todo acto adoptado mediante este procedimiento debe ser firmado por los Presidentes del Parlamento Europeo y del Consejo, y se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea (art. 297 TFUE).
Procedimiento Legislativo Especial en la UE
El procedimiento legislativo especial se diferencia del ordinario en que los actos son adoptados por una de las dos instituciones (Parlamento Europeo o Consejo) con la aprobación o consulta de la otra (art. 289.2 TFUE). Otra diferencia clave reside en la legitimidad democrática: el procedimiento ordinario implica una serie de pasos entre ambas instituciones, mientras que el especial solo requiere la aprobación o consulta de la otra.
Casos de Procedimiento Legislativo Especial (Actos del Parlamento Europeo)
Se prevén tres actos legislativos del Parlamento Europeo en los siguientes casos:
- Estatuto y condiciones de ejercicio de las funciones de los diputados: Aprobación previa con dictamen de la Comisión y aprobación por mayoría cualificada del Consejo.
- Modalidades del ejercicio del derecho de investigación: Aprobación previa del Consejo por mayoría cualificada y del Consejo.
- Estatuto y condiciones generales del ejercicio de las funciones del Defensor del Pueblo: Aprobación previa con dictamen de la Comisión y aprobación por mayoría cualificada del Consejo.