2) ÓRGANOS DE TRABAJO:
Son
1) PLEN 2) COMISIONES
1) PLENO:
Está compuesto por todos los miembros de la Cámara convocados reglamentariamente y presididos por el Presidente de la Cámara y en su defecto por los vicepresidentes. Para convocar el Pleno, en el CONGRESO convoca el Presidente de la Cámara por iniciativa de al menos dos grupos parlamentarios o de 1/5 parte de los miembros de la misma. En cuanto al ORDEN DEL DÍA, en el CONGRESO es fijado por el Presidente del mismo de acuerdo con la Junta de Portavoces, mientras que en el SENADO lo convoca el Presidente de esta cámara de acuerdo con la Mesa de la misma y oída la Junta de Portavoces. El orden del día, en el CONGRESO podrá ser alterado por acuerdo de los miembros de la CÁMARA a propuesta del Presidente o a petición de 2 grupos o al menos 1/5 parte del Congreso; en el SENADO, podrá cambiarse por acuerdo de la mayoría de lo senadores presentes a propuesta del Presidente de la Cámara o de 1 Grupo Parlamentario.Para adoptar ACUERDOS en el PLENO deben estar reunidos reglamentariamente y con la asistencia de la mayoría de sus miembros. En el CONGRESO si no existe ese QUORUM se pospondrá la votación por máximo de 2 horas, si no será debatido por el órgano correspondiente en la siguiente sesión. Los acuerdos deberán ser aprobados por mayoría simple.
En el SENADO una vez que el Pleno esté convocado abrirá sus sesión sea cual sea el número de asistentes, los acuerdos en esta Cámara se adoptarán por mayoría simple siempre que estén la MITAD MÁS UNO de los senadores que la componen.
En cuanto a la COMPETENCIA DEL PLENO le corresponde una competencia legislativa general, nombramiento de órganos constitucionales, la investidura del Presidente del Gobierno, la cuestión de confianza, la moción de censura….
2) COMISIONES:
Son órganos colegiados integrados por un número reducido de miembros de la Cámara que colaboran con el Pleno e incluso le sustituyen en determinados casos en el ejercicio de sus funciones. En cuanto a su COMPOSICIÓN, están formadas por miembros designados por los Grupos en proporción a su importancia numérica en las Cámaras.
Corresponde a la Mesa, oída la Junta de Portavoces determinar el número total de integrantes de las comisiones y su distribución proporcional entre los miembros de los grupos parlamentarios
Respecto a la CONVOCATORIA DE LAS COMISIONES en el CONGRESO lo hará el Presidente de la Comisión de acuerdo con la Cámara bien por iniciativa propia o a petición de 2 Grupos o de 1/5 parte de los miembros de la Comisión.
En el SENADO, se reunirán cuando estén convocadas directamente por la Cámara, o a petición de 1/3 de sus miembros, a solicitud del presidente de la Comisión o del Presidente de la Cám En las comisiones el ORDEN DEL DÍA, en el CONGRESO lo fija la Mesa de la comisión de que se trate el asunto. Y lo hace con el acuerdo del Presidente de la Cámara y teniendo en cuenta el calendario fijado por la Mesa del Congreso. Se podrá alterar el orden del día de las comisiones por acuerdo de la propia comisión o a propuestas del Presidente del Congreso, de 2 Grupos parlamentarios o de 1/5 parte de los miembros. En el SENADO, será fijado por el Presidente de la comisión respectiva, oída la Mesa de la misma y teniendo en cuenta el programa de trabajos de la Cámara. El orden del día podrá modificarse por acuerdo de la mayoría de los Senadores presentes, a propuesta del Presidente de la comisión o de un Grupo Parlamentario.Respecto a los ACUERDOS APROBADOS EN COMISIÓN, en el CONGRESO se sigue lo mismo que en el Pleno. Así, deben estar reunidos reglamentariamente y con la asistencia de la mayoría de sus miembros. Si no existe ese QUORUM se pospondrá la votación por máximo de 2 horas, si no será debatido por el órgano correspondiente en la siguiente sesión. Los acuerdos deberán ser aprobados por mayoría simple. Y en el SENADO, los acuerdos en Comisión viene reglados en el Art.82 RS.
Hay distintas CLASES DE COMISIONES se distinguen 2:
COMISIONES PERMANENTES COMISIONES NO PERMANENTES
COMISIONES PERMANENTES: Son 4:
COMISIONES LEGISLATIVAS (permanentes): Pueden ser TASADAS o ABIERTAS. Las tasadas las que tienen que ver, por ejemplo, con Asuntos Exteriores, Justicia, Interior… Las abiertas las establece el pleno de la Cámara a propuesta de la Mesa oída la Junta de Portavoces. En ellas, se podrá acordar la creación de otras comisiones que tengan carácter permanente durante la legislatura en que e adopte el acuerdo.COMISIONES NO LEGISLATIVAS: Pueden ser 3: Creadas por la ley, Tasadas como por ejemplo las Comisiones de Reglamento, o ABIERTAS por acuerdo el Pleno de la Cámara.COMISIONES MIXTAS: De ambas Cámaras. Creadas por ley o por acuerdo de las Cámaras para un objetivo concreto. Se destaca la COMISIÓN MIXTA CONGRESO-SENADO para las relaciones con el Defensor del Pueblo, la Comisión Mixta para la UE…COMISIONES CONJUNTAS: Serán las que formen con miembros de dos o más comisiones competentes por razón de materia. Su creación se acordará por la Mesa a iniciativa propia de 2 grupos o de 1/5 parte de los miembros de la Cámara, previa audiencia de la Junta de Portavoces.