Competencia Desleal y Prácticas Colusorias en el Mercado

La Importancia de la Libre Competencia

La existencia de un sistema constitucional que promueve la libre empresa y el libre mercado es esencial para mantener una competencia sana entre operadores económicos. Esto impulsa el desarrollo tecnológico y beneficia a los consumidores. Sin embargo, este dinamismo emprendedor se ve amenazado por prácticas anticompetitivas y de competencia desleal.

Competencia Desleal

La competencia desleal incluye conductas que buscan el éxito no por méritos propios, sino mediante la distorsión del mercado, como perjudicar ilícitamente a los competidores y confundir a los consumidores. En cambio, la competencia leal fomenta que los agentes económicos compitan por méritos propios y eficiencia, evitando comportamientos que restrinjan la estructura competitiva del mercado.

Presupuestos de la Competencia Desleal

  • Presupuesto subjetivo: Empresa, profesionales…
  • Presupuesto objetivo:
    • Ámbito del acto: Debe haber sido dentro del mercado y con finalidad concurrencial.
    • Definición de acto de competencia desleal: Una empresa trata de situar productos por encima de la competencia. Es crucial distinguir entre actos ordinarios y de competencia desleal.
    • Clases de competencia desleal: A competidores y mercado / a consumidores.

Prácticas de Competencia Desleal

  • Imitación ilícita: Solo es competencia desleal cuando:
    • Recae sobre un derecho de explotación exclusivo protegido por ley.
    • La imitación invita a confusión sobre la procedencia del producto.
  • Acto de denigración: Ataque directo a competidores para hacerse hueco en el mercado. Rige el principio contrario: no se puede comparar entre sí bienes diferentes. La comparación debe realizarse sobre características esenciales. Si hay falsedades, se tipifica como comparación ilícita y engaño.
  • Actos de agresión: Perjudican a los competidores y al mercado. No son ataques verbales, sino actos contra competidores, incluso de sus empleados (espionaje, violación de secretos, inducción a romper compromisos, infringir leyes para lograr ventaja competitiva, dumping).

Prácticas Desleales a los Destinatarios

  • Prácticas de engaño: Suministrar información falsa u omisiones intencionadas (engaño por presentación, omisión intencionada).
  • Tipos de prácticas: Respecto a la naturaleza del bien o servicio, certificaciones, prácticas señuelo, publicidad encubierta.
  • Prácticas agresivas: Violan la voluntad del consumidor de forma directa.
  • Tipos de prácticas: Coacción, acoso, discriminación, con menores, otras (documentación innecesaria).

Acciones contra Actos de Competencia Desleal

  • Declarativa de la deslealtad del acto.
  • Cesación de la conducta desleal.
  • Remoción de los efectos producidos.
  • Rectificación de la información.
  • Resarcimiento por daños y perjuicios.
  • Enriquecimiento injusto.

Prescripción

Las acciones prescriben pasado un año desde que pudieron ejercitarse y el legitimado tuvo conocimiento de la persona que realizó el acto, o a los tres años desde la finalización de la conducta.

Mercado Relevante

El mercado de referencia determina el mercado afectado por una práctica prohibida y su amplitud. Dependiendo de los operadores afectados y de la dimensión del mercado en comparación con la dimensión de la compañía, se determinará si hay conducta prohibida, en tanto que afecte al sistema de competencia. Cada mercado de referencia debe ser tratado de forma independiente si no son productos sustituibles, aunque los produzca una misma empresa. Hay que abordar dos elementos: el mercado del producto y el geográfico.

Prácticas Colusorias

Se aplica la ley doméstica y europea. Pueden llevarse a cabo por:

  • Acuerdo entre empresas.
  • Decisiones de asociaciones de empresas.
  • Prácticas concertadas.

Conductas Colusorias Genéricas

  • Elemento subjetivo: Dos o más operadores.
  • Elemento objetivo:
    • Afectación de la competencia.
    • Parte significativa del mercado interior.
    • Afectación de la competencia debido a colusión por objeto (las conductas afectan a la competencia) o efecto.

Tipos de Prácticas Colusorias

  • Acuerdo entre empresas: Horizontal o vertical.
  • Decisiones de asociaciones de empresas: Recomendación de asociación que afecta a la conducta en el mercado y ocurre en la UE.
  • Prácticas concertadas: Actúan paralelamente afectando a la competencia. Concierto de voluntades, de dos o más operadores, con objeto de afectación coordinada de la competencia en la UE.

Conductas Particulares

  • Fijación de precio.
  • Limitar el control de producción.
  • Repartirse mercados.
  • Aplicar a terceros condiciones desiguales.
  • Subordinar la celebración de contratos a la aceptación de prestaciones.

Regla del Minimis

Excepciones

  • Exención general: Permite sinergias que compensan. Requisitos:
    • Mejorar la producción.
    • Reservar a los consumidores una parte del beneficio.
    • No imponer restricciones a empresas.
    • No debe eliminar la competencia.
  • Exención por categorías: Sobre acuerdos verticales, acuerdos por transferencia tecnológica, horizontales, en determinados sectores económicos.

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