Competencias de las Comunidades Autónomas (Art. 148)
- Organización de las instituciones de autogobierno.
- Alteración de los términos municipales y funciones que la Administración General del Estado transfiera a las Corporaciones locales.
- Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.
- Obras públicas de la Comunidad Autónoma en su territorio.
- Ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma.
- Puertos de refugio, puertos y aeropuertos deportivos y aquellos que no desarrollen actividades comerciales.
- La agricultura y la ganadería.
- Montes y aprovechamientos forestales.
- La gestión de la protección del medio ambiente.
- Proyectos, construcción y explotación de aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos, las aguas minerales y termales.
- Pesca en aguas interiores, marisqueo y la acuicultura, caza y pesca fluvial.
- Ferias interiores.
- Fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional.
- La artesanía.
- Los museos, bibliotecas y conservatorios de música.
- Patrimonio monumental.
- El fomento de la cultura, investigación y enseñanza de la lengua de la Comunidad Autónoma (si es el caso).
- Turismo (promoción y ordenación).
- Promoción del deporte y adecuada utilización del ocio.
- Asistencia social.
- Sanidad e higiene.
- Vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones, la coordinación de las policías locales (en los términos de lo que establezca la Ley Orgánica).
Competencias Exclusivas del Estado (Art. 149)
- La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.
- Nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería, derecho de asilo.
- Relaciones internacionales.
- Defensa y Fuerzas Armadas.
- Administración de justicia.
- Legislación mercantil, penal y penitenciaria, y legislación procesal.
- Legislación laboral.
- Legislación civil.
- Legislación sobre propiedad industrial e intelectual.
- Régimen aduanero y arancelario, comercio exterior.
- Sistema monetario, divisas, cambio, convertibilidad, bases de la ordenación del crédito, banca y seguros.
- Legislación sobre pesas, medidas y hora oficial.
- Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
- Hacienda general y deuda del Estado.
- Fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.
- Sanidad exterior, legislación sobre productos farmacéuticos.
- Legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social.
- Bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y régimen estatutario de sus funcionarios, expropiación forzosa, contratos y concesiones, responsabilidad de las Administraciones Públicas.
- Pesca marítima.
- Marina mercante y abanderamiento de buques, iluminación de costas y señales marítimas, puertos de interés general, aeropuertos, control del espacio aéreo, servicio meteorológico y matriculación de aeronaves.
- Ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por más de una Comunidad Autónoma, tráfico, correos y telecomunicaciones.
- Aguas que discurran por más de una Comunidad Autónoma, aprovechamientos hidráulicos.
- Legislación básica sobre medio ambiente.
- Obras públicas que afecten a más de una Comunidad Autónoma.
- Bases del régimen minero y energético.
- Tenencia de armas y explosivos.
- Prensa, radio y televisión.
- Defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental, museos y archivos estatales.
- Seguridad pública.
- Títulos académicos y profesionales.
- Estadística para fines estatales.
- Autorización para la convocatoria de consultas populares (referéndum).
Las materias no atribuidas expresamente al Estado podrán corresponder a las Comunidades Autónomas, en virtud de sus respectivos Estatutos.
Estructura de la Constitución Española
Preámbulo y Título Preliminar
Título I: De los derechos y deberes fundamentales (Art. 10-55)
Capítulo 1: De los españoles y los extranjeros
Capítulo 2: Derechos y libertades (Art. 14-38)
Sección 1: De los derechos fundamentales y libertades públicas (Art. 15-29)
Sección 2: De los derechos y deberes de los ciudadanos (Art. 30-38)
Capítulo 3: De los principios rectores de la política social y económica
Capítulo 4: De las garantías de las libertades y derechos fundamentales
Capítulo 5: De la suspensión de los derechos y libertades
Título II: De la Corona
Título III: De las Cortes Generales
Capítulo 1: De las Cámaras
Capítulo 2: De la elaboración de las leyes
Capítulo 3: De los Tratados Internacionales
Título IV: Del Gobierno y la Administración
Título V: De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales
Título VI: Del Poder Judicial
Título VII: Economía y Hacienda
Título VIII: De la Organización Territorial del Estado
Capítulo 1: Principios generales
Capítulo 2: De la Administración Local
Capítulo 3: De las Comunidades Autónomas
Título IX: Del Tribunal Constitucional
Título X: De la reforma Constitucional
Disposiciones adicionales (4), transitorias (9), derogatoria (1) y final (1)
Potestad Reglamentaria
Dictados por órganos del Estado o Administraciones Públicas que no tienen potestad legislativa: Gobierno, cada uno de los ministros del Gobierno, entidades autonómicas y locales.
Los reglamentos de la Administración General del Estado están jerarquizados:
- Real Decreto del Consejo de Ministros.
- Real Decreto de la Presidencia del Gobierno.
- Órdenes de las Comisiones Delegadas del Gobierno.
- Órdenes Ministeriales.
- Circulares, resoluciones, instrucciones y órdenes de sus subordinados, que tendrán la jerarquía normativa según el orden jerárquico del órgano que las emita.