Conceptos Clave de Filosofía del Derecho: Empirismo, Realismo Jurídico y Hart

Corrección Prueba Solemne: Filosofía del Derecho

1. Para el empirismo, el derecho es:

Un conjunto de hechos e ideas sobre éste, comprobables en la realidad social.

2. La concepción jurídica del realismo considera que el derecho esencialmente es:

Un conjunto de hechos sociales, es decir, una cierta conducta humana y actitudes.

3. Según Ross, ¿qué es un orden jurídico vigente?

Es un conjunto de normas que efectivamente operan en el espíritu del juez y plasmadas en la decisión judicial.

4. Según Ross, ¿qué tipo de normas constituyen el orden jurídico?

a) Normas de conducta

b) Normas de competencia

5. Hart critica la definición de derecho dada por Austin en cuanto:

i. Contiene una mirada reduccionista al no contemplar normas que cumplen funciones sociales.

ii. No todas las normas cumplen el modelo de Austin, de órdenes respaldadas por amenazas.

6. Hart también critica la definición de derecho de Austin porque:

i. No explica el carácter autovinculatorio de las normas jurídicas.

ii. No incluye en su análisis del derecho la idea de regla, sino de hábito de obediencia.

iii. No contempla normas que no deben su estatus jurídico a un acto consciente de creación de derecho, como la costumbre.

7. Para Hart, las reglas primarias son:

Aquellas que establecen obligaciones.

8. Para Hart, las reglas secundarias son:

i. Aquellas que confieren facultades a los particulares para crear, modificar o extinguir deberes y obligaciones.

ii. Aquellas que aportan criterios de validez y que determinan si una determinada norma pertenece a un determinado sistema jurídico.

iii. Aquellas que permiten a un individuo o cuerpo de personas establecer nuevas reglas.

iv. Aquellas que facultan a ciertas personas para determinar si en un caso o condición particular se ha transgredido o no la regla primaria.

9. Para Hart, las reglas de reconocimiento son:

Aquellas que facultan a ciertas personas para determinar si en un caso o condición particular se ha transgredido o no la regla primaria.

10. Para Hart, las reglas de adjudicación son:

Aquellas que facultan a ciertas personas para determinar si en un caso o condición particular se ha transgredido o no la regla primaria.

11. Para Hart, las reglas de cambio son:

Aquellas que permiten a un individuo o cuerpo de personas establecer nuevas reglas.

12. Para Hart, aquella regla que introduce la idea de sistema jurídico, unidad coherente y armónica, es:

La regla de reconocimiento.

13. Un sistema jurídico de reglas primarias exclusivamente, con probabilidad sufrirá de ciertos vicios sociales tales como:

i. Transformarse en un régimen de reglas estáticas, estancadas.

ii. Una insuficiente y difusa presión social para hacer cumplir sus órdenes.

iii. Falta de seguridad jurídica.

14. Hart, al realizar la comparación entre derecho y moral, ¿a qué se refiere la característica relativa a que las reglas jurídicas no ejercen gran presión para obtener conformidad?

A que las reglas jurídicas no exigen un gran sacrificio en el interés personal, a diferencia de las reglas morales.

15. ¿Qué afirmaciones son correctas a la luz de las corrientes iusfilosóficas estudiadas?

i. A partir de la postura de Hart, si existe un vacío legal, se debería apelar a la discrecionalidad del juez.

ii. A partir de la postura de Hart, existe un derecho natural de mínimo contenido.

16. El sistema primitivo de normas, confuso y carente de unidad, ¿qué solución aportaría Hart para acabar con ese problema?

La introducción de lo que Hart denomina: regla de reconocimiento.

17. Parte del art. 141 del CP dice: “El que sin derecho encerrare o detuviere a otro privándole de su libertad, comete delito de secuestro y será castigado con la pena de presidio o reclusión menor en su grado máximo (…)”. Analizando dicho artículo desde la perspectiva de Hart, ¿qué cabe afirmar sobre él?

i. El artículo encierra una exigencia del derecho que dice relación con la restricción de la violencia contra terceros, exigencia también de la moral.

ii. El artículo se refiere (en última instancia) a una verdad simple de naturaleza humana.

18. ¿Qué compromiso(s) filosófico(s) se asume al sostener que una constitución es válida porque es justa?

Se adhiere a una forma de iusnaturalismo.

19. Si un juez sanciona regularmente sobre la base de una determinada ley, la cual es por ello, en su criterio, sin duda efectiva, ¿qué tesis iusfilosófica(s) fundamenta(n) el razonamiento de este juez?

i. La aplicación regular de la ley muestra que la norma es vigente.

ii. La norma es considerada derecho vigente.

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