Patrimonio
El patrimonio se define como el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona, susceptibles de ser valorados económicamente.
Tipos de Patrimonio
- Económico: Comprende bienes, derechos y obligaciones valorables en dinero. Ejemplo: un vehículo.
- Moral: Se refiere a derechos y deberes no susceptibles de valoración económica, como el derecho a la vida o a la reputación.
- Social: Compete a todos los seres humanos y abarca bienes como los frutos de la naturaleza y los ecosistemas.
Bienes
Un bien es toda entidad, ya sea corporal o espiritual, natural o artificial, real o abstracta, que es susceptible de apropiación y utilidad.
Tipos de Bienes
- Corpóreos
- Incorpóreos
- Fungibles
- No fungibles
- Consumibles
- No consumibles
- Divisibles
- Indivisibles
- Simples
- Compuestos
- Principales
- Accesorios
- Muebles
- Inmuebles
Interdictos
Los interdictos son acciones posesorias provisionales que tienen por objeto proteger la posesión interna. Buscan mantener un estado determinado de posesión contra cualquier perturbación, despojo o amenaza.
Tipos de Interdictos
- Para retener la posesión: Protege al poseedor de un bien inmueble contra el perturbador.
- Para recuperar la posesión: Permite a una persona recuperar un bien del que ha sido despojada, con indemnización por daños y perjuicios.
- De obra nueva: Permite suspender obras que perjudican las posesiones propias, así como solicitar su demolición o modificación.
- De obra peligrosa: Busca evitar riesgos derivados de objetos en mal estado, como un árbol a punto de caer.
Derechos Reales, Patrimoniales y Posesión
- Derechos reales: Facultad que concede a una persona un poder directo e inmediato sobre un bien para disponer y gozar de él con exclusión de los demás.
- Derechos patrimoniales: Se ejercen sobre los bienes valorados en dinero.
- Posesión: Relación o estado de hecho que confiere a una persona el poder exclusivo de retener una cosa para ejecutar actos materiales de aprovechamiento.
Elementos y Tipos de Posesión
Elementos de la Posesión
- Corpus: Conjunto de actos materiales que demuestran la existencia del poder físico que ejerce el poseedor sobre la cosa para retenerla en forma exclusiva.
- Animus: Intención de conducirse como propietario a título de dominio.
Tipos de Posesión
- Originaria: Se tiene a título de propietario.
- Derivada: Se tiene por un título distinto al de propietario, como un préstamo.
- Indivisa: Varias personas poseen la cosa en común.
- De buena fe: Se posee en virtud de un título suficiente o se ignora que el título está viciado.
- De mala fe: Se posee sin título o se conocen los vicios del título.
Clases de Posesión
- Delictuosa: Se obtiene por un hecho ilícito y obliga a restituir los frutos obtenidos.
- Pacífica: Se adquiere sin violencia.
- Continua: No ha sido interrumpida.
- Pública: Se disfruta de manera que todos puedan verla, o está inscrita en el Registro Público de la Propiedad.
Causas de Pérdida de la Posesión
- Destrucción de la cosa
- Abandono
- Renuncia
- Posesión por más de un año por otra persona, en ciertos casos
Propiedad
La propiedad es el derecho real que faculta a su titular para usar, gozar y disponer de un bien, con las limitaciones y modalidades que fijan las leyes.
Características de la Propiedad
- Derecho Absoluto: Se ejerce con exclusión de los demás.
- Derecho Exclusivo: Solo el propietario puede gozar de la cosa.
- Derecho Perpetuo: Subsiste mientras exista la cosa y no se pierde por el no uso, salvo que un tercero adquiera el bien por prescripción.
- Derecho Relativo: Está limitado y restringido por la ley de acuerdo con las necesidades sociales.
Modos de Adquirir la Propiedad
- Ocupación: Aprehensión de una cosa que no tiene dueño o cuyo dueño se ignora.
- Accesión: Derecho del propietario de una cosa a apropiarse de todo lo que ésta produce o se le une natural o artificialmente.
- Enajenación: Transmisión del dominio de un bien.
- Prescripción adquisitiva: Medio de adquirir la propiedad mediante la posesión pacífica, continua, pública y a título de propietario por el tiempo que marca la ley.
- Adjudicación: Atribución de una cosa, mueble o inmueble, a una persona a través de una subasta o partición hereditaria.
- Ley: La legislación establece diversas formas de adquirir la propiedad.
- Herencia: Transmisión de bienes por causa de muerte.
- Contrato: Acuerdo de voluntades para transmitir la propiedad.
Casos en que no se Acepta la Prescripción
- Contra incapacitados, mientras no tengan representante legal
- Entre ascendientes y descendientes, durante la patria potestad
- Entre hermanos
- Entre consortes
- Entre copropietarios o coposeedores, respecto del bien común
- Contra militares en servicio activo
- Contra los empleados del gobierno, respecto de bienes de los que estén encargados
Copropiedad
La copropiedad existe cuando un bien pertenece proindiviso a varias personas.
Formas de Copropiedad
- Voluntarias y forzosas
- Temporales y permanentes
- Sobre bienes determinados y sobre un patrimonio o universalidad
- Por acto entre vivos y por causa de muerte
- Por virtud de un hecho jurídico y por virtud de un acto jurídico
Causas de Terminación de la Copropiedad
- División del bien común
- Destrucción o pérdida del bien
- Enajenación del bien
- Consolidación o reunión de todas las cuotas en un solo copropietario
Derecho de Tanto
El derecho de tanto es la preferencia que la ley otorga a determinadas personas para adquirir un bien en igualdad de condiciones que un tercero, cuando el propietario decide enajenarlo. Por ejemplo, los copropietarios o los arrendatarios tienen derecho de tanto en ciertos casos.
Servidumbre
La servidumbre es un derecho real impuesto sobre un predio en beneficio de otro perteneciente a distinto dueño, para usar parcialmente aquel en los términos en que la ley disponga o se haya pactado.
Clasificación de las Servidumbres
- A la recurrencia de su uso:
- Continuas
- Discontinuas
- A los signos que presentan:
- Aparentes
- No aparentes
- A su fuente:
- Legales
- Voluntarias
Usufructo
El usufructo es el derecho real y temporal de disfrutar de los bienes ajenos.
Uso
El uso es un derecho real que permite a una persona percibir los frutos de una cosa ajena, en la medida que basten a cubrir sus necesidades y las de su familia.
Condominio
El condominio es el régimen jurídico que integra las modalidades y limitaciones al dominio de un predio o edificación y la reglamentación de su uso y destino, para su aprovechamiento conjunto y simultáneo por parte de los condóminos.
Clasificaciones del Condominio
Atención a Funcionamiento y Uso
- Simple: Las áreas comunes corresponden a una sola unidad condominal.
- Compuesto: Parte de las áreas comunes son aprovechadas por dos o más unidades condominales.
Atención a la Distribución de Áreas Comunes y Privativas
- Horizontal: Cada condómino tiene como área privativa una fracción o lote del predio, con su edificación e instalaciones.
- Vertical: La totalidad del predio es bien común y una misma estructura arquitectónica se divide en áreas privativas.
- Mixto: Combina las características de los condominios horizontales y verticales.
Atención a su Uso
- Habitacional
- Alojamiento temporal
- Comercios y servicios
- Oficinas administrativas
- Abastos, almacenamientos y talleres especiales
- Manufacturas y usos industriales
- Servicios municipales