Tema 6: CONTRATOS DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL
1.- CARACTERISTICAS:
Bilateral:
produce obligaciones reciprocas para ambas partes
Consensual:
se perfecciona por el mero consentimiento
Obligatorio
Oneroso:
supone la equivalencia entre las prestaciones de las partes
Conmutativo:
supone igualdad entre las cosas que se conmutan.
TIPOS
:
1.2.- Contratos de compraventa civil
Contrato en el que el vendedor se obliga a entregar una cosa determinada al comprador y este a su vez se obliga a pagar por ella un precio en dinero o signo que le represente.
1.3.- Contratos de compraventa mercantil
Será mercantil la compraventa de cosas muebles para venderlas bien en la misma forma que se compraron o bien en otra forma diferente, con ánimo de lucrarse en la reventa.
1.3.1.- Los requisitos de la compraventa mercantil son:
– que el objeto de la reventa sea un bien mueble, transformando o sin transformar
– Que exista intensión de reventa
– Que exista ánimo de lucro en la reventa
1.4.- ESTRUCTURA Y CONTENIDO DE UN CONTRATO
Exponer o manifestar: se expresa la voluntad de cada una de las partes
Cláusulas: acuerdos adoptados
Firma: deben estar firmados cada uno de los folios por cada una de las partes
1.5. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
1.- OBLIGACIONES DEL VENDEDOR:
1) Conservar la cosa vendida antes de efectuar su entrega al comprador
– Momento en el que se produce la entrega
·Establecimiento abierto al público à en el establecimiento del vendedor
·Ventas que exige el transporte de mercancíasà puestas a disposición del transporte
·Ventas sobre documentosà entrega de los documentos
2) La entrega de la cosa vendida en el plazo y lugar pactados
3) El saneamiento de la cosa vendida
2.- OBLIGACIONES DEL COMPRADOR
1) Pagar el precio de la cosa vendida en el tiempo y lugar fijados
2) La recepción de la cosa
1.6.- TRANSMISIÓN DEL RIESGO
En la compraventa mercantil:
ØEl comprador:
asume los riesgos desde que el vendedor le entrega o pone a disposición la cosa
comprada.
ØEl vendedor:
soporta el riesgo hasta la entrega o puesta a disposición.
·Si el riesgo recae sobre el c/ este está obligado al pago del precio aun cuando no reciba nada a cambio o lo reciba deteriorado.
·Si el riesgo recae sobre el vendedor este pierde todo el derecho al precio.
èEn caso de dolo, culpa o negligencia à riesgo para el vendedor.
1.7.- CAUSAS DE EXTINCIÓN DE UN CONTRATO
A) Por el pago o cumplimiento: cumplimiento por parte del deudor
B) Por la pérdida de la cosa vendida: la pérdida o deterioro de la cosa
C) por la condenación de la deuda: la deuda se perdona
D) por confusión de los derechos entre el comprador y el vendedor
E) por compensación
F) por novaciónà sustitución obligación antigua por una nueva
G) causas específicas: falta de pago, vicio ocultos
H) el derecho de retracto: el vendedor se reserva el derecho de volver a adquirir la cosa vendida
1.8.- CONTRATOS DE COMPRAVENTA ESPECIALES:
Contratos de compraventa en las que el
consentimiento definitivo del comprador queda supeditado al cumplimiento de 1
condición:
Compraventas sobre muestras:
la compraventa se efectúa tomando como referencia una muestra, en caso de que existan diferencias entre la muestra y la mercancía final habrá pleito.
Compraventa salvo aprobación:
se da cuando los bienes objeto de la c/v no se tiene a la vista ni puede clasificarse según una cualidad conocida en el mercado.
Compraventa a ensayo:
el comprador adquiere un bien posponiendo su aceptación al resultado de una prueba.
Compraventa salvo confirmación:
el perfeccionamiento definitivo del contrato queda condicionado a la confirmación expresa del vendedor principal para que trabaje el agente mediador.
Compraventa plazo a plazo:
la mercancía ha de trasladarse desde la localidad del vendedor a la localidad del vendedor. Muy ligado a los Incoterms.
Compraventa en feria o en mercado
: puede realizarse a plazos o contado.
Compraventa por catálogo:
las mercancías deben ser iguales a las del catálogo.
Compraventa por correspondencia:
carta de pedido.
1.9.- CONTRATO DE COMPRAVENTA A PLAZOS:
Aquel en el que el comprador paga una pare del
precio en el momento de la entrega, obligándose a pagar en un periodo superior
a 3 meses y en una serie de plazos establecidos.
CARACTERISTICAS
–Desembolso inicial de al menos un 10% del importe al contado
–Debe formalizarse por escrito para que sea valido
–Devengo de las cuotas superior a 3 meses
–El pago se realizara en cuotas pactadas
–Estos contratos suelen incluir 2 clausulas [ reserva de dominio, prohibición de disponer]
EXCEPCIONES
–Las compras posteriormente dedicadas a la reventa
–Las ventas ocasionales sin finalidad lucrativa por parte del vendedor
–Las operaciones de comercio exterior
–Ley de ventas a plazos
2.- LA LEX MERCATORIA:
Es un conjunto de fuentes diversas, compuestas por
una serie de principios y reglas consuetudinarias las cuales son aplicadas y
reconocidas en las transacciones internacionales, con el fin de regular las
relaciones económicas internacionales, esta ley se puede aplicar en lugar de
los ordenamientos de cada nación.
CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL. Regulado por el convenio de Viena (1980). Definición:
una c/v es internacional cuando las partes contratantes tienen establecimientos
en distintos estados o cuando las partes tienen sus establecimientos en un
mismo estado pero el lugar de conclusión, situación de las mercancías o destino
final se encuentra en otro estado distinto.
EXCEPCIONES
–Compraventas internas
–Compraventas internacionales fuera de establecimiento mercantil
–Compraventas ambulantes internacionales à convenio de Roma (1980)
CARACTERISTICAS:
Principal,
Oneroso, Ad probatiorem, Comunitario,
Consensual, Típico y Nominado
2.1.- CONVENIOS: Convención de Viena:
de 1980 sobre
compraventas internacionales de mercaderías es el eje legislativo regulador de
las compraventas internacionales.
Convenio de Roma de 1980 establece la libre elección del derecho aplicable por las partes.
2.1.2.- APLICACIÓN DE LA CONVENCION DE VIENA:requisitos
–Partes: vendedor y comprador deben tener su residencia, su establecimiento en dos estados diferentes, ha demás los estados deben haber ratificado la convención.
–Compraventa: la relación jurídica debe ser una compraventa
–Empresarial: la convención solo se aplica a las operaciones empresariales
–Objeto: el objeto del contrato deben ser mercaderías
·Excepciones títulos valores, buques aeronaves y electricidad
–Carácter dispositivo: las partes pueden modificar, mediante pacto, modificar libremente el contenido de la convención e incluso excluir su aplicación.
–Forma: rige el principio de la absoluta libertad de forma
–Oferta y aceptación: la convención regula con gran detalle la oferta, la aceptación y el perfeccionamiento el contrato.
2.1.3.- OBLIGACIONES DEL VENDEDOR:La convención establece una única obligación a cargo del vendedor:
–Entregar las mercaderías en la cantidad, calidad y tipo a lo pactado en el contrato, también deben ser conformes.
–Se entiende que la mercancía no es conforme si
·No son adaptadas para el uso previstos
·Si no poseen las cualidades acordadas
·No estar correctamente envasadas o embaladas
·Si un tercero ejercita derechos sobre la mercancía
–Ante estos casos responde el vendedor, por el motivo el comprador debe examinar las mercancías en el plazo de tiempo más breve posible y comunicar el vicio del vendedor en un plazo razonable.
–Ante esta situación el comprador debe:
–* dar un plazo razonable al vendedor para el cumplimiento del contrato
–* Si las mercancías son no conformes: se rebajara precio de las mercaderías
2.1.4.- OBLIGACIONES DEL COMPRADOR
Según la convención de Viena el comprador debe:
·Pagar el precio pactado
·Recibir las mercaderías
En el caso de incumplir alguna de estas obligaciones puede ocurrir:
–El vendedor deba adoptar mediada para la conversación de las mercancía
–Si el comprador va a rechazar la mercancía debe conservarlas adecuadamente
–En general, la solución para el incumplimiento es la exigencia del cumplimiento más daños y prejuicios
–Daños y prejuicios incluyen lucro cesante y el daño emergente previsible.
–Las cantidades impagadas devengan intereses