Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Derechos y Garantías Individuales
Todas las personas gozarán de los derechos humanos que tratan la Constitución y los tratados internacionales reconocidos por México. La nación mexicana es única e indivisible; se da reconocimiento a los pueblos indígenas y se busca garantizar sus derechos. Se prohíbe la esclavitud.
La educación es gratuita en todo el territorio nacional. Hombres y mujeres son iguales ante la ley. Se garantiza el derecho a la libertad de pensamiento, profesión y credo; el derecho a presentar peticiones ante funcionarios públicos y el deber de estos a respetarlas; el derecho a la asociación. Se anulan los títulos de nobleza.
La ley no podrá tener efectos retroactivos en perjuicio de una persona. Nadie podrá hacer justicia por sí mismo, y ninguna persona podrá ser detenida por más de 3 días (habeas corpus) y tiene derecho a ejercer su defensa, conocer sus derechos y ser representado por un abogado.
Queda prohibida la pena de muerte, y nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito.
El Estado debe regular la actividad económica nacional; debe tener solidez, dinamismo, permanencia y equidad para el crecimiento de la economía, obrando por la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.
El territorio de agua y tierra que comprende la Nación son propiedad de ésta, la cual tiene el derecho y la obligación de transmitir su dominio a los particulares para constituir la propiedad privada.
Artículos de mayor interés:
- Artículo 2: Este artículo menciona que se encuentra prohibida la esclavitud en nuestro país y, a su vez, nos dice que los esclavos provenientes del extranjero alcanzan su libertad solo por pisar territorio mexicano.
- Artículo 3: Menciona que la educación será laica, gratuita y obligatoria al menos hasta la secundaria terminada.
- Artículo 4: Establece que el varón y la mujer son iguales ante la ley para que con ello se pueda generar una buena interrelación familiar.
- Artículo 7: Garantiza el libre derecho de expresión de ideas.
- Artículo 11: Menciona que toda persona puede entrar y salir del país y mudarse sin que se necesite ningún tipo de documento o requisito.
- Artículo 16: Nadie podrá ser molestado por la autoridad sin previo requisito, a reserva de que exista una causa legal que lo permita.
- Artículo 24: Cada individuo es libre de profesar cualquier religión, siempre que no perjudique a ninguna persona, lo cual se encuentra penado por la ley.
- Artículo 27: Todas las propiedades de tierra y agua que se encuentren en nuestro país corresponden a la Nación y, por ello mismo, puede transmitirlas a formar parte de la propiedad privada.
Capítulo II – De los Mexicanos
Este capítulo comprende los artículos 30, 31 y 32, los cuales se refieren a la nacionalidad mexicana. Abarcan tanto a los nacidos de padres mexicanos en el extranjero como a los nacidos en el país. Establece que los mexicanos serán preferidos a los extranjeros en igualdad de circunstancias, para toda clase de concesiones y para todos los empleos, cargos o comisiones de gobierno en que no sea indispensable la calidad de ciudadano (art. 32). También describe las diferentes formas de adquirir la nacionalidad mexicana: por nacimiento y por naturalización, y las obligaciones que acarrea tener la nacionalidad mexicana: hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas; asistir en los días y horas designados por el Ayuntamiento del lugar en que residan para recibir instrucción cívica y militar; servir en la guardia nacional; contribuir para los gastos públicos (art. 31).
La ley regulará los derechos de los mexicanos que tengan otra nacionalidad y establecerá normas para evitar el conflicto por doble nacionalidad.
Capítulo III – De los Extranjeros
Las personas que no posean las características del capítulo anterior se regirán por este y gozarán de todos los derechos de esta Constitución, pero no podrán inmiscuirse en los asuntos políticos del país. El Ejecutivo de la Unión, previa audiencia, podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulará el procedimiento administrativo, así como el lugar y tiempo que dure la detención (art. 33).
Capítulo IV – De los Ciudadanos Mexicanos
Para ser ciudadano mexicano, se debe ser mayor de 18 años y tener un modo honesto de vivir. Se enumeran los derechos que como ciudadano se tienen, por ejemplo, votar o ser elegido en cargos públicos (art. 35), ejercer el derecho de petición, poder ser nombrado en empleos públicos, y se enumeran las obligaciones que se adquieren por ser ciudadano mexicano; a su vez, podemos defender al país tomando las armas en el Ejército o la Guardia Nacional. También se estipulan las formas por las cuales se puede perder la ciudadanía mexicana y la forma en que los derechos se pueden suspender. Todo esto viene comprendido en los artículos 34 al 38.
Título Segundo
Capítulo I – De la Soberanía Nacional y de la Forma de Gobierno
En este capítulo se establece que la soberanía reside en el pueblo y que éste tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno (art. 39). Es voluntad del pueblo mexicano constituirse como República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental (art. 40).
Se establece que la renovación del poder legislativo y ejecutivo se hará por medio de elecciones libres, auténticas y periódicas (art. 41).
Capítulo II – De las Partes Integrantes de la Federación y del Territorio Nacional
En este capítulo se muestra cómo está compuesto el territorio nacional y los estados que lo conforman, y esclarece todas las extensiones fuera de la República, como es el caso de islas, arrecifes, etc., así como las aguas de la extensión territorial de la Nación (art. 42 al 48).
Título Tercero
Capítulo I – De la División de Poderes (Art. 49 al 107)
Artículo 49: El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. No podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo.
Capítulo II – Del Poder Legislativo (Art. 50 al 79)
Artículo 50: El poder legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso general, que se dividirá en dos Cámaras, una de diputados y otra de senadores.
Se establece cuáles son las ramas del poder público: legislativo, que está en cabeza del Congreso, donde se establece cuáles son las funciones y facultades de este.
Artículo 51: La Cámara de Diputados se compone de mexicanos en una cantidad de trescientos y se renueva cada 3 años. Se requiere ser ciudadano de nacimiento.
Artículo 56: La Cámara de Senadores se integrará por ciento veintiocho senadores, de los cuales, en cada Estado y en el Distrito Federal, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Para estos efectos, los partidos políticos deberán registrar una lista con dos fórmulas de candidatos. La senaduría de primera minoría le será asignada a la fórmula de candidatos que encabece la lista del partido político que, por sí mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad de que se trate.
En la segunda sección, se trata todo lo relacionado con la iniciativa y la formación de leyes, que se encuentra estrictamente competido por el Presidente de la República y sus demás órganos de Gobierno en sus respectivas instancias (art. 71).
De las Facultades del Congreso (Art. 73 al 77): El Congreso tiene facultades para admitir un nuevo estado a la Unión Federal y con ello formar Estados dentro de los límites existentes; para regir sobre la legislación de los hidrocarburos, minería, etc.; para declarar la guerra; para expedir leyes allegadas al derecho marítimo de paz y guerra.
Capítulo III – Del Poder Ejecutivo (Art. 80 al 93)
Se establece cuáles son los requisitos para ser presidente, la forma de elección y sus obligaciones.
Artículo 80: Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo, que se denominará «Presidente de los Estados Unidos Mexicanos».
Capítulo IV – Del Poder Judicial (Art. 94 al 107)
Se establecen todas las facultades y obligaciones del poder judicial.
Artículo 94: Se deposita el ejercicio del Poder Judicial de la Federación en una Suprema Corte de Justicia, en un Tribunal Electoral, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en Juzgados de Distrito.
Título Cuarto – De las Responsabilidades de los Servidores Públicos, Particulares Vinculados con Faltas Administrativas Graves o Hechos de Corrupción, y Patrimonial del Estado
Se establecen las responsabilidades de los servidores públicos y particulares en caso de corrupción o daños al patrimonio del Estado, y la manera como serán sancionados. Se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial federal y del Distrito Federal, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión (del 108 al 114).
Artículo 108: El Presidente de la República sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común.
Artículo 109: Los servidores públicos y particulares que incurran en responsabilidad frente al Estado serán sancionados.
Artículo 114: El procedimiento de juicio político sólo podrá iniciarse durante el período en el que el servidor público desempeñe su cargo y dentro de un año después. Las sanciones correspondientes se aplicarán en un período no mayor de un año a partir de iniciado el procedimiento.