1. Normativa Aplicable en la Contratación Privada
En el ámbito de la contratación privada, encontramos diversas figuras y regulaciones:
- Contratos Atípicos: Son aquellos en los que los derechos y obligaciones de las partes se encuentran definidos principalmente en el propio contrato.
- Contrato Privado: Se refiere a los acuerdos celebrados entre personas físicas o jurídicas, actuando en su ámbito particular.
- Contrato Civil: Se origina cuando una o más personas se comprometen a entregar un bien o prestar un servicio.
- Contrato Mercantil: Es un negocio jurídico bilateral cuyas obligaciones se rigen por el Código de Comercio o la legislación mercantil especial.
Requisitos para la Regulación Mercantil de un Contrato
Para que un contrato se considere mercantil, debe cumplir con los siguientes criterios:
- Que las partes involucradas sean comerciantes o empresarios.
- Que el objeto del contrato esté regulado por el Código de Comercio u otra ley mercantil.
2. El Contrato: Concepto, Características y Clasificación
2.1. Concepto
Un contrato nace cuando una o varias personas acuerdan obligarse a entregar una cosa o a prestar un servicio.
2.2. Características
- Forma: No se exige una forma específica. Los contratos son válidos y generan obligaciones independientemente de la forma y el idioma en que se celebren, salvo que la ley exija una forma determinada.
- Elementos: Incluyen los pactos, cláusulas y condiciones que las partes establezcan.
Requisitos para la Validez de los Contratos
Para que un contrato sea válido, debe reunir los siguientes requisitos:
- Consentimiento:
- Se manifiesta a través del concurso de la oferta y la aceptación sobre el objeto y la causa del contrato.
- Es nulo si se otorga por error, violencia, intimidación o dolo.
- Capacidad Legal: Generalmente, las personas mayores de 18 años con plena disponibilidad de sus bienes. Los menores de edad pueden continuar con los negocios de sus padres o tutores, en determinadas circunstancias.
- Si interviene un agente mediador de comercio, el contrato se perfecciona cuando las partes aceptan su propuesta.
- Objeto: Puede ser la obligación de dar, hacer o no hacer algo.
- Causa de la Obligación: La razón jurídica por la cual se establece el contrato.
2.3. Clasificación
Los contratos se pueden clasificar de diversas maneras:
- Según las Formalidades para su Creación:
- Consensuales: Se perfeccionan con el simple acuerdo de voluntades, sin necesidad de entregar nada (ej: arrendamiento).
- Reales: Requieren la entrega del objeto para su perfeccionamiento.
- Formales: Exigen una forma especial para su celebración.
- Atendiendo a la Contraprestación Establecida:
- Gratuitos: No implican contraprestación económica.
- Onerosos:
- Conmutativos: La contraprestación está fijada de antemano (ej: precio en una compraventa).
- Aleatorios: La contraprestación depende de un evento incierto (ej: contrato de seguro).
- Según la Existencia de una Norma:
- Típicos: Regulados por la ley.
- Atípicos: No tienen una regulación legal específica.
- Según las Obligaciones para las Partes:
- Unilaterales: Generan obligaciones solo para una de las partes.
- Bilaterales: Ambas partes tienen obligaciones recíprocas.
- Atendiendo a su Función Económica:
- De Cambio: Facilitan la circulación de la riqueza mediante la transmisión de bienes.
- De Colaboración Asociativa: Una parte coopera con la otra para un fin común (ej: sociedad mercantil).
- De Conservación o Custodia: Implican la guarda y conservación de un bien.
- De Crédito: Una parte (acreditante) pone a disposición de otra (acreditado) una suma de dinero.
- Por su Formación:
- De Negociación Previa: Las partes discuten los términos del contrato.
- De Adhesión: Una parte establece las condiciones y la otra solo puede aceptar o rechazar (ej: contratos de servicios públicos).
3. El Proceso de Contratación
El proceso de contratación comprende varias fases previas, donde se define el objeto del contrato, la capacidad de las partes para contratar y los términos económicos y jurídicos del acuerdo.
3.1. Oferta Contractual
La oferta contractual es una propuesta o declaración de voluntad emitida por una de las partes, con la intención de celebrar un contrato. Debe contener todos los elementos esenciales del contrato: objeto, causa y consentimiento.
3.2. Aceptación
La aceptación es la declaración de voluntad por la que se confirman los términos de la oferta.
3.3. Condiciones Generales de Contratación
Las condiciones generales deben ser conocidas por las partes y redactarse de forma transparente, clara, concreta y sencilla.
- Una cláusula es considerada condición general cuando está predispuesta e incorporada al contrato por una sola de las partes.
Cláusulas Abusivas: Son estipulaciones no negociadas individualmente y prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe, causan un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes, en perjuicio del consumidor.
Se consideran abusivas las cláusulas que:
- Vinculan el contrato a la voluntad del empresario.
- Limitan los derechos del consumidor.
- Determinan la falta de reciprocidad.
- Imponen al consumidor garantías desproporcionadas o cargas indebidas.
- Resultan desproporcionadas en relación con la ejecución del contrato.
- Contradicen las reglas sobre competencia y derecho aplicable.
3.4. La Ineficacia Contractual
La ineficacia contractual se produce cuando un contrato no llega a producir los efectos deseados o deja de producirlos en un momento dado.
Situaciones de ineficacia contractual:
- Invalidez:
- Nulidad: Cuando el contrato es contrario a la ley o carece de algún elemento esencial.
- Ineficacia en sentido estricto:
- Mutuo disenso.
- Desistimiento unilateral.
- Resolución por incumplimiento.
- Rescisión (por lesión o fraude de acreedores).
- Revocación.
- Cumplimiento de condición resolutoria.
- Anulabilidad: Cuando existe un vicio en el consentimiento (error, violencia, intimidación o dolo) o falta de capacidad plena de obrar.
4. Los Contratos Privados: Civiles y Mercantiles
4.1. Modalidades de Contratos Privados
Civiles
- Compraventa: De bienes inmuebles, muebles y semovientes.
- Arrendamiento: Urbano, de local de negocio, de finca rústica, etc.
- Depósito.
Mercantiles
- Compraventa: En tienda o almacén, de ensayo o prueba, en feria o mercado, sobre muestras, a plazos, ventas a prima, de futuros, etc.
- Arrendamiento: Leasing y renting.
- Depósito, seguro y factoring.