Contrato y Convención: ¿Sinónimos?
El Código Civil chileno utiliza los términos «contrato» y «convención» como sinónimos, pero en la doctrina se ha establecido una distinción entre ambos conceptos.
Convención: Es el género, el acuerdo de voluntades destinado a crear, modificar, transferir o extinguir derechos u obligaciones.
Contrato: Es una especie de convención, el acuerdo de voluntades destinado a crear derechos y obligaciones.
Por lo tanto, todo contrato es una convención, pero no toda convención es un contrato.
Clasificaciones de los Contratos
1. Contratos Unilaterales y Bilaterales
- Unilaterales: Obligan a una sola de las partes. Ejemplos: donación, prenda, hipoteca, fianza.
- Bilaterales: Obligan recíprocamente a ambas partes. Ejemplos: promesa, compraventa, permuta, transacción, arrendamiento.
2. Contratos Gratuitos y Onerosos
- Gratuitos: Tienen por objeto la utilidad de una sola parte, sufriendo la otra el gravamen. Ejemplo: donación.
- Onerosos: Tienen por objeto la utilidad de ambas partes, gravándose cada una a beneficio de la otra. Ejemplo: compraventa.
3. Contratos Conmutativos y Aleatorios
- Conmutativos: Los resultados económicos se pueden determinar al momento de celebrar el contrato. Ejemplos: compraventa, arrendamiento.
- Aleatorios: Los resultados económicos son inciertos. Ejemplos: seguro, renta vitalicia.
4. Contratos Principales y Accesorios
- Principales: Subsisten por sí mismos. Ejemplos: compraventa, arrendamiento, mandato.
- Accesorios: Aseguran el cumplimiento de una obligación principal. Ejemplos: hipoteca, prenda, fianza.
5. Contratos Consensuales, Reales y Solemnes
- Consensuales: Se perfeccionan por el solo consentimiento. Ejemplos: compraventa, arrendamiento, mandato.
- Reales: Requieren la tradición de la cosa para su perfección. Ejemplos: mutuo, comodato.
- Solemnes: Están sujetos a ciertas formalidades especiales. Ejemplos: escritura pública en compraventa de inmuebles, testamento.
Formalidades de los Contratos
1. Escritura Pública
- Instrumento público otorgado por un notario.
- Formalidades: idioma castellano, estilo claro, sin abreviaturas ni cifras.
- Forma de otorgamiento: ante notario, con identificación de los comparecientes.
2. Instrumento Privado Protocolizado
- Documentos agregados al registro de un notario.
- Formalidades: acta con contenido del documento, fecha y firma del solicitante y notario.
- Efectos: fecha cierta, conservación del documento.
3. Instrumento Privado Autorizado por Notario
- Instrumento suscrito por las partes sin solemnidades.
- Efectos: fecha cierta, fe de identidad de los otorgantes.
4. Instrumento Privado
- Instrumento celebrado sin solemnidades.
- No goza de presunción de autenticidad.