Convenio de Bruselas 1968
Relaciones con PTU (art. 23). Materia: civil y mercantil (excluidas: fiscal, aduanera, administrativa, estado y capacidad de las personas físicas, regímenes matrimoniales, testamentos y sucesiones), quiebra, seguridad social y arbitraje.
Requisito de aplicación espacial y personal: territorios de PTU o que las partes se sometan expresa o tácitamente a juzgados de esos territorios. Demandado = domicilio en algún territorio del PTU.
Foros:
- Exclusivos (art. 16)
- Sumisión expresa (17)
- Tácita (18)
- Foro general domicilio demandado (2)
- Foros de ataque (5 al 15)
- Especiales (5-6 bis): materia de seguros (7-12), contratos celebrados por consumidores (13 al 15)
Convenio de Lugano 1988
Relativo a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (Convenio paralelo de Lugano). Objetivo: reforzar la cooperación entre la CEE y la AELC. España entra en vigor el 01-11-1994) será sustituido por el C. Lugano 2007 cuando entre en vigor.
Ámbito de aplicación (ídem al de Bruselas)
Requisito espacial y personal: cuando la aplicación de los foros exclusivos del art. 16 nos lleve a: Islandia, Noruega o Suiza, o en defecto de materias exclusivas las partes se sometan tácita o expresamente a los juzgados de dichos estados.
Foros de competencia:
- Exclusivos (16)
- Sumisión expresa (17)
- Tácita (18)
- Foro general domicilio demandado (2)
- Foros de ataque (ídem)
Convenio de Lugano 2007
Parte 27 estados de la UE + Islandia + Noruega + Suiza. Por aplicación del art. 69.6 y 7 del C. de Lugano dejarán de aplicarse Bruselas 68 y Lugano 88.
Ámbito de aplicación (ídem)
Requisito de aplicación espacial y personal: con independencia del domicilio del demandado los foros exclusivos del art. 22 nos llevan a Islandia, Noruega o Suiza o en defecto de materias exclusivas… se sometan a los juzgados y tribunales de esos estados. *Cuando el demandado tenga su domicilio en Islandia, Noruega o Suiza, o teniéndolo en algún estado parte, el demandante pueda demandarlo ante los juzgados de Islandia, Noruega o Suiza.
Foros de competencia:
- Exclusivos (22)
- Sumisión expresa (23)
- Tácita (24)
- Foro general domicilio demandado (2)
- Foros de ataque (5-21)
- Especiales (5-7): seguros (8 a 14), consumidores (15-17), contratos individuales de trabajo (18-21)
Sistema Autónomo Español de CJI
Foros de competencia:
- Exclusivos (art. 22.1)
- Foros generales, art. 22.2
- Sumisión (tácita y expresa)
- Foros especiales 22.3 y 4
Ley aplicable al contrato de transporte
Art. 5 Roma I
Roma I
No se aplica a Dinamarca
Ley aplicable a subrogación legal
Art. 15 Roma I
Obligaciones contractuales
Se regula con el Roma I