Elaboración y aprobación de Las normas jurídicas
La constitución define a la España como un Estado social y democrático de derecho que se fundamenta en la soberanía popular y en el reconocimiento De los derechos fundamentales de los ciudadanos, tanto en su convivencia mutua Como frente al Estado.
Derivado de la primacía de la voluntad Popular, surge el principio de legalidad, Que supone que todos los integrantes del Estado (ciudadanos y poderes públicos) Están sometidos al ordenamiento jurídico, en cuanto a que este representa la Voluntad del pueblo.
La
Vida de las normas jurídicas se desarrolla en varias fases, que incluyen su elaboración, y aprobación, aplicación y
Control de su cumplimiento.
En los Estados democráticos cada una de esas
Fases se encarga a uno de los tres poderes (legislativo,
Ejecutivo y judicial)
para garantizar de este modo la independencia de cada
Uno de ellos.
Elaboración y aprobación de Las normas con rango de ley
El poder legislativo corresponde a las Cortes Generales, integradas por dos cámaras: el Congreso De los Diputados o Cámara Baja y el Senado o Cámara Alta, con una estructura y funcionamiento similares. Sus Miembros se agrupan según su ideología política y gozan de inmunidad e Inviolabilidad para proteger el ejercicio de sus funciones constitucionales.
Iniciativa y aprobación de las normas con rango de ley
Iniciativa:
Corresponde al Gobierno mediante proyectos de ley, y al Congreso y al
Senado, con la presentación de proposiciones
De ley.
Las Asambleas Legislativas de las comunidades autónomas podrán
Solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir al Congreso
Una proposición de ley.
Se reconoce Como iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley. Se Exigirán al menos 500.000 firmas acreditadas y no procederá en materias propias De ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a La prerrogativa de gracia.
Aprobación:
Un proyecto de ley ha de ser Aprobado por el Consejo de Ministros, que lo presentará al Congreso. Una vez Aprobado por el Congreso, su presidente dará inmediata cuenta al presidente del Senado, el cual lo someterá a la deliberación.
El Senado, en El plazo de dos meses a partir de la recepción del texto, puede oponer su veto O introducir enmiendas. El veto deberá ser aprobado por mayoría absoluta.
El proyecto no Podrá ser presentado al rey para sanción sin que el Congreso ratifique el texto Inicial por mayoría absoluta en caso de veto, o por mayoría simple, una vez Transcurridos dos meses desde su interposición, o se pronuncie sobre las Enmiendas, aceptándolas o no por mayoría simple.
Los requisitos Formales que se deben de cumplir para que la ley aprobada pueda aplicarse son La sanción y la promulgación real, actos mediante los cuales el rey ratifica la ley Y ordena que se cumpla y su publicación en el BOE.
Ejecución de las leyes
El poder Ejecutivo se atribuye al Gobierno y a la Administración Pública, que, como Responsables de la función ejecutiva, deben aplicar las normas aprobadas por el Parlamento y tomar las medidas necesarias para su efectivo cumplimiento.
El Gobierno está Integrado por el presidente, vicepresidentes en su caso, los ministros y los Demás miembros que establezca la ley. Sus miembros se reúnen en el Consejo de Ministros y en Comisiones Delegadas, según los Asuntos que se vayan a tratar. Si el gobierno tiene por misión el ejercicio de La función ejecutiva, y para ello aplica toda la normativa, el desarrollo Efectivo de esa función ejecutiva se lleva a cabo por las distintas Administraciones Públicas, integradas Por un conjunto de órganos cuya misión es colaborar con el Gobierno para la Consecución de sus objetivos.
Control del cumplimiento de Las leyes
En caso de que se produzca un incumplimiento De lo dispuesto en las normas jurídicas, interviene el poder judicial, Encarnado por los jueces y magistrados que administran la justicia como Representantes del pueblo, en nombre del rey.
El ejercicio de esta potestad jurisdiccional Se lleva a cabo no solo juzgando, sino también haciendo cumplir lo juzgado.
El órgano encargado Del Gobierno de los jueces y magistrados es el Consejo General del Poder Judicial, que está integrado por el Presidente del Tribunal Supremo y por veinte miembros (vocales) propuestos por El Congreso de los Diputados y por el Senado.
Normativa autonómica
En las comunidades autónomas los órganos Responsables de la elaboración y aprobación de sus propias leyes son las Asambleas Legislativas, siempre dentro De las competencias reconocidas en la Constitución y en sus respectivos Estatutos de Autonomía y con efectividad únicamente dentro del territorio de Cada comunidad.
La ejecución y Aplicación de la normativa autonómica se llevará a cabo por el Consejo de Gobierno de cada comunidad y por los respectivos consejeros que lo integran. El Control del cumplimiento de esta normativa es competencia, igual que en el caso De la normativa estatal, de los juzgados y tribunales integrantes del poder Judicial.
Elaboración y aprobación de Las normas con rango inferior a la ley
Las normas con rango inferior a la ley se Elaboran, aprueban y ejecutan por los respectivos órganos del Estado, Comunidades autónomas y Administraciones Locales, en virtud de las potestades Administrativas que tienen atribuidas para el ejercicio de sus funciones, y su Legalidad es controlada por los Tribunales de Justicia.
La facultad para dictar reglamentos se Denomina potestad reglamentaria y se Fundamenta en la necesidad de que la Administración establezca una serie de Normas complementarias o de desarrollo de las leyes.
Cada Administración Pública tiene un Procedimiento específico para la elaboración de reglamentos en sus respectivos ámbitos, son todos bastante similares. La entrada en vigor de los reglamentos Aprobados requiere su íntegra publicación en el boletín oficial Correspondiente.