Debate sobre la Unión Europea
Argumentos a favor:
- Carácter constitucional.
- Progresismo de valores.
- Personalidad jurídica.
- Carta de Derechos Fundamentales.
- Reforzaba las capacidades en política exterior y defensa.
- Reafirmaba la política de cohesión.
- Democratizaba la adopción de las leyes.
- Extendía la mayoría cualificada.
- Clarificaba la división de poderes.
- Introducía la democracia participativa.
- Reforzaba el papel de las regiones.
- Aumentaba la participación de los parlamentos nacionales.
Argumentos en contra:
- Modelo inaceptable e inmanejable por su extensión.
- Plagado de excepciones, ambigüedades y contradicciones.
- Sistema institucional más complejo e intergubernamental.
- Escasos avances sociales.
- Reparto de poder de difícil asimilación con la entrada de Turquía.
- No se fijaban fronteras claras.
Principales Novedades
- Alemania tendría más poder que Francia.
- Presidente del Consejo elegido por los líderes para 2,5 años (en lugar de presidencias rotatorias).
- Ministro de Exteriores.
- Inviolabilidad de fronteras.
- Cláusula de solidaridad ante atentados terroristas.
- Núcleo de defensa.
- Cláusula de salida.
- Nueva fórmula de voto.
Órganos Principales de la Unión Europea
El Consejo
Principal órgano ejecutivo con sede en Bruselas. Compuesto por un ministro de cada gobierno según el tema. La presidencia es semestral y rotatoria. Decide las propuestas de la Comisión, delibera con el Parlamento y conduce las relaciones exteriores. Sus funciones son plasmar la libre circulación, definir políticas comunitarias y fijar el presupuesto.
La Comisión
Motor de la Comunidad, guardiana de los tratados, gestiona fondos comunitarios y tiene poder de ejecución delegado del Consejo. Su sede está en Bruselas. El presidente se elige por mayoría cualificada del Parlamento desde 1992.
El Parlamento
Órgano de representación democrática, elegido por sufragio universal directo desde 1979. Controla a la Comisión y al Consejo. Los diputados se agrupan por afinidades políticas, no por países. Tiene sedes en Estrasburgo, Bruselas y Luxemburgo. No tiene poderes legislativos, pero formula dictámenes y tiene derecho de interpelación al Consejo y puede presentar moción de censura a la Comisión. Sus competencias se han ampliado con los tratados.
El Tribunal de Justicia
Garantiza el respeto del derecho en la interpretación y aplicación de los tratados. Compuesto por un magistrado por país y nueve abogados generales. Decide por mayoría simple y sus sentencias son ejecutivas para Estados, instituciones, organizaciones, personas jurídicas y físicas. Su sede está en Luxemburgo.
El Comité Económico y Social
Organismo consultivo más importante de la Comunidad. Tiene voz, pero no voto. Sus informes no son vinculantes y sirven de ayuda a la Comisión y al Consejo. Su sede está en Bruselas.
El Tribunal de Cuentas
Creado en 1975, examina los ingresos y gastos de la Comunidad y controla la gestión del presupuesto. Tiene un miembro por país y sedes en Luxemburgo y Bruselas.
El Banco Europeo de Inversiones (BEI): Fomenta el desarrollo, la integración y la cooperación mediante préstamos para inversiones. Creado en el Tratado de Roma, actúa sin ánimo de lucro y financia diversos proyectos. Su sede está en Luxemburgo.
El Comité de las Regiones: Último organismo comunitario creado, refleja la importancia de las identidades regionales. Su sede está en Bruselas.
El Consejo Europeo: Órgano capital creado en 1974, formado por los jefes de Estado y/o de gobierno. Se reúne al menos dos veces al año para impulsar la integración europea. El Tratado de Lisboa estableció una presidencia estable de dos años y medio.