Los deberes constitucionales: el deber de defender a España
Deber de defender a España
Según el artículo 30.1 CE, los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España. Para la Constitución, existen distintos modos de defender a España que trascienden de la fórmula genérica y que son desarrollados en los restantes apartados del citado precepto:
- Obligaciones militares
- Establecimiento de un servicio civil
Deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos
Según el artículo 31.1, todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que en ningún caso tendrá alcance confiscatorio.
Suspensión de garantías
El artículo 55.2 contempla la posibilidad de suspender determinados derechos de materia individual y como medida ad cautelam adoptada por un juez en relación con quienes sean sospechosos de pertenencia a bandas armadas o elementos terroristas.
Principios rectores de la política social y económica
La dimensión prestacional, la proyección territorial y la naturaleza y garantías.
Proyección territorial
La configuración territorial del estado social determina que los ámbitos afectados por los derechos y principios rectores se sitúen predominantemente en la esfera autonómica.
Naturaleza y garantías
La Constitución dota a estos derechos y principios de una fuerza normativa y de un sistema de garantías atenuados en comparación con los de los restantes derechos constitucionales del título I.
Clasificación
Siguiendo el criterio establecido por la Constitución, se califican como derechos la protección de la salud, la cultura, el medio ambiente, y la vivienda, mientras que se clasifican como principios la protección de la familia, la distribución equitativa de la renta, las políticas laborales, la atención de los emigrantes, la educación, la sanidad, la actividad física, y el deporte, entre otros.