OTROS SUJETOS DE DI:
Asociaciones voluntarias de estados, establecidas por un acuerdo internacional, dotadas de órganos permanentes propios e independientes, que tienen como misión gestionar intereses colectivos y son capaces de manifestar una voluntad jurídicamente distinta a la de sus estados miembros.
-Derechos de personas y grupos con especial grado de vulnerabilidad. —3ª GeneraciónEvitar la discriminación racial, sobre la mujer, la discapacidad, tortura, infancia, etc.Todo lo anteriormente expuesto en cuanto a la situación Europea. América y África cuentan con sus propios instrumentos para la defensa de los DDHH y Comités de control para velar por su cumplimiento. Así podemos destacar como fechas importantes en esta defensa de los DDHH por continentes:
LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES.Concepto:
Elementos y Carácterísticas: –
Organizaciones básicamente interestatales.-Base jurídica convencional. (creadas siempre por tratados o convenios)-Estructura orgánica propia.-Autonomía jurídica (voluntad distinta a la de sus estados)-Sede, presupuesto, funcionarios, etc.Clases de Oí:
Para conseguir sus fines pueden ser: *Universales o regionales. Según sus miembros.*Generales o específicas. Según sus fines. *De cooperación o de integración. Según sus competencias. Esta presente un debate sobre el traspaso de la soberanía de los estados hacia un número creciente de Oí con mayor presencia internacional en las que participan.Creación, modificación y sucesión de Oí:
Las Oí nacen de la iniciativa de un grupo de estados, usualmente en el marco de una conferencia internacional que toma cuerpo en un tratado multilateral. La entrada en vigor de dicho tratado, señala la incorporación de la Oí en la vida internacional, de tal manera que los estados que lo ratifican adquieren la condición de estados miembros de la Oí.RATIFICACIÓN
En algún momento de la vida de la Oí esta puede transferir a otra alguna de sus funciones o que una nueva Oí sustituya a la originaria.Sucesión DE Oí
La participación en una Oí es VOLUNTARIA Y LIBRE y no existe norma que obligue a formar parte de ninguna.Manifestación de la Personalidad: PERSONALIDAD Jurídica PROPIA
Las Oí tienen limitadas las manifestaciones de su personalidad jurídica, al contrario que los estados que tienen plena capacidad jurídica internacional. Las Oí la tienen en el ámbito de sus funciones o PRINCIPIO DE Especialización (lo que hacen sus fines)Derecho a celebrar tratados internacionales.-Derecho a establecer relaciones internacionales.-Derecho a participar en procesos de solución de diferencias internacionales.-Derecho a participar en las relaciones de responsabilidad internacional.-Privilegios e inmunidades.-Emblemas y signos y medios propios.Régimen jurídico de las Oí:
Los tratados constitutivos aparecen como la “Constitución” de la organización, y contendrán:-Competencias y organización.-Los actos de la organización.-El control de la legalidad.Estructura orgánica y procedimientos de adopción de decisiones:
Los estados al crear una Oí la dotan la dotan de órganos propios permanentes e independientes que adoptan: *Estructura institucional. *Independencia. *Estabilidad. *Permanencia.Los métodos para la aprobación de decisiones pueden ser:-Unanimidad.-Mayoría.-Consenso (si hay acuerdo ni siquiera se vota)LA PERSONA COMO SUJETO DEL DI
Las personas tienen una serie de derechos como sujetos del DI. Normas del DI que protegen los DDHH y que generan una serie de obligaciones que tienen que garantizarlos. También las personas tienen una capacidad de maniobra para defender estos derechos.Igualmente tienen unas obligaciones que podrán ser perseguidas penalmente por los tribunales internacionales. Estos DDHH se han ido formando durante toda la Historia, constituyendo logros políticos en Derechos Humanos:-Derechos sobre la libertad. — 1ª Generación. S. XVIII.-Derechos sobre la igualdad. — 2ª Generación s. XIX.(Generalización de los derechos civiles y políticos )-1948 – Declaración Universal DDHH-1966 – Pacto Derechos Civiles y Políticos (Protocolo facultativo)//Pacto Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo facultativo firmado hace 4-5 años por España.-Derechos de personas y grupos con especial grado de vulnerabilidad. —3ª GeneraciónEvitar la discriminación racial, sobre la mujer, la discapacidad, tortura, infancia, etc.Todo lo anteriormente expuesto en cuanto a la situación Europea. América y África cuentan con sus propios instrumentos para la defensa de los DDHH y Comités de control para velar por su cumplimiento. Así podemos destacar como fechas importantes en esta defensa de los DDHH por continentes: