Delitos contra el Honor: Injurias y Calumnias
Sujetos Especialmente Protegidos y Penas Agravadas
El Código Penal español establece una protección especial para el honor de determinadas personas e instituciones, agravando las penas en caso de injurias o calumnias dirigidas contra ellas:
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Jefe del Estado y Familia Real:
- En ejercicio de sus funciones: Prisión de 6 meses a 2 años y multa de 6 a 12 meses.
- Fuera de sus funciones: Multa de 4 a 20 meses.
- Cortes Generales o Parlamentos Autonómicos: Multa de 12 a 18 meses.
- Gobierno, CGPJ, TC, TS, Gobiernos Autonómicos, TSJ Autonómicos: Multa de 12 a 18 meses.
- Ejércitos, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad: Multa de 12 a 18 meses.
- Miembros de Corporaciones Locales: Pena superior en grado si el autor se ampara en organizaciones terroristas.
Delitos Relacionados con el Terrorismo
Además, se consideran delitos:
- Enaltecimiento o justificación pública de delitos de terrorismo: Prisión de 1 a 2 años.
- Actos de descrédito, menosprecio o humillación a víctimas del terrorismo o sus familiares: Prisión de 1 a 2 años.
- Distribución o difusión pública de mensajes para incitar a la comisión de delitos de terrorismo: Prisión de 6 meses a 2 años.
Desaparición del Delito de Desacato (1995)
Actualmente, la falta de respeto o consideración debida a la autoridad o sus agentes se considera una falta, sancionada con multa de 10 a 60 días.
Protección Penal de la Intimidad y la Propia Imagen
La protección penal del derecho a la intimidad y a la propia imagen se regula en los arts. 197 a 201 del Código Penal.
Tipos Delictivos y Penas
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Descubrimiento y Revelación de Secretos:
- Apoderamiento de papeles, cartas, correos electrónicos, etc.
- Interceptación de telecomunicaciones.
- Utilización de artificios técnicos de escucha, grabación, etc.
Pena: Prisión de 1 a 4 años y multa de 12 a 24 meses.
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Acceso Ilícito a Datos Personales:
- Apoderamiento, utilización o modificación de datos personales en ficheros.
- Acceso no autorizado a datos personales.
Pena: Prisión de 1 a 4 años y multa de 12 a 24 meses.
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Acceso Ilícito a Sistemas Informáticos: Acceso no autorizado a datos o programas informáticos, vulnerando medidas de seguridad.
Pena: Prisión de 6 meses a 2 años.
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Difusión, Revelación o Cesión de Datos:
Pena: Prisión de 2 a 5 años (o de 1 a 3 años y multa de 12 a 24 meses si se actúa con conocimiento del origen ilícito pero sin haber participado en el descubrimiento).
Agravantes
Las penas se agravan en los siguientes casos:
- Afectación a datos sensibles (ideología, religión, salud, etc.) o a menores/incapaces.
- Fines lucrativos.
- Comisión en el seno de una organización criminal.
- Comisión por autoridad o funcionario público prevaliéndose de su cargo (además, inhabilitación absoluta de 6 a 12 años).
Revelación de Secretos Profesionales
- Revelación de secretos por razón de oficio o relaciones laborales: Prisión de 1 a 3 años y multa de 6 a 12 meses.
- Revelación por profesional con incumplimiento de obligación de sigilo: Prisión de 1 a 4 años, multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial de 2 a 6 años.
Extorsión con Amenaza de Revelación
Exigir cantidad o recompensa bajo amenaza de revelar hechos privados: Prisión de 2 a 4 años.
Excepción: El Ministerio Fiscal puede abstenerse de acusar por el delito amenazado si este tiene pena inferior a 2 años de prisión.
Perseguibilidad
Son delitos privados, por lo que se requiere denuncia del agraviado o su representante legal (salvo excepciones). El perdón del ofendido extingue la acción penal.