Delitos contra el Orden Socioeconómico: Una Guía Exhaustiva

Receptación

Básico

El que, con ánimo de lucro y con consentimiento del autor o partícipe de un delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico, en el que no haya intervenido ni como autor ni como cómplice, ayude a los responsables a aprovecharse de los efectos del mismo, o reciba o adquiera tales efectos.

Objetivo

La acción consiste en ayudar a los responsables de un delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico a aprovecharse de los efectos del mismo.

Sujeto activo

Cualquier persona que no haya intervenido ni como autor ni como partícipe en el delito del que proceden los efectos.

Subjetivo

Sólo es punible la comisión dolosa, conociendo que los efectos proceden de la comisión de un delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico. Debe haber ánimo de lucro.

Cualificados

  • Cuando se trate de cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico.
  • Cuando se trate de cosas de primera necesidad o equipos o componentes de infraestructuras de suministro eléctrico o de servicios de telecomunicaciones, o de otras cosas destinadas a la prestación de servicios de interés general, productos agrarios o ganaderos.
  • Cuando los hechos revistan de especial gravedad atendiendo al valor de los efectos receptados o a los perjuicios que hubiera causado su sustracción.

Blanqueo de capitales

Básico

El que adquiera, posea, utilice, convierta o transmita bienes, sabiendo que éstos tienen su origen en una actividad delictiva, cometida por él o por terceros, o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, o para ayudar a la persona que haya participado en la infracción o infracciones a eludir las consecuencias legales de sus actos.

Objetivo

La conducta consiste en la realización de actos de adquisición, posesión, utilización, conversión o transmisión de los bienes con la finalidad de ocultar o encubrir su origen ilícito o para ayudar a la persona que haya participado en la infracción o infracciones a eludir las consecuencias legales de sus actos.

Sujeto activo

Puede ser tanto el que ha intervenido en el delito del cual proceden los bienes como el que no haya intervenido.

Subjetivo

Sólo es posible la comisión dolosa.

Cualificados

  • Por razón de la procedencia del objeto material, cuando los bienes tengan su origen en alguno de los delitos relacionados con el tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
  • Por razón del sujeto activo, cuando éste pertenezca a una organización dedicada al blanqueo de capitales.

Financiación ilegal de partidos políticos

Art. 304 Bis

Será castigado con pena de multa el que reciba donaciones o aportaciones destinadas a un partido político, federación, coalición o agrupación de electores.

Art. 304 Ter

Será castigado con la pena de prisión el que participe en estructuras u organizaciones, cualquiera que sea su naturaleza, cuya finalidad sea la financiación de partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores, al margen de lo establecido en la ley.

Ordenación del territorio

Básico

Pena de prisión y multa a los promotores, constructores o técnicos que lleven a cabo obras de urbanización, construcción o edificación no autorizables en el suelo no urbanizable.

Objetivo

La acción típica consiste en llevar a cabo obras de urbanización, construcción o edificación no autorizables en el suelo no urbanizable.

Sujeto activo

Los promotores, constructores o técnicos directores.

Subjetivo

Es necesario que el autor obre dolosamente, que tenga conocimiento de que el suelo en el que construyen no es urbanizable.

Cualificado

Cuando los promotores, constructores o técnicos directores lleven a cabo obras de urbanización, construcción o edificación no autorizables en suelos destinados a viales, zonas verdes, bienes de dominio público o lugares que tengan el legal o administrativamente reconocido su valor paisajístico, ecológico, artístico, histórico o cultural, o por los mismos motivos hayan sido considerados de especial protección.

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