Delitos contra la Familia
Explotación de Menores
Artículo 278
El que exponga en una casa de expósitos a menor de siete años que se le hubiere confiado, o lo entregue en otro establecimiento de beneficencia o a cualquier otra persona sin anuencia de la que se le confió. Este Delito es por Instancia de Partes.
Sanción
De 1 a 4 meses de prisión y multa de 5 a 20 cuotas.
Características
- Exposición a peligro de muerte.
- Exposición a peligro de daño a la salud.
Incumplimiento de Obligaciones Alimenticias
Artículo 280
El que sin motivo justificado incumpla sus obligaciones alimentarias respecto de sus hijos o su cónyuge. Este Delito es por Instancia de Partes (Cónyuge) y De Oficio (Hijos).
Sanción
De 1 a 6 años de prisión y multa de 180 a 360 cuotas.
Características
- Petición de parte agraviada.
- No existe motivo justificado de su incumplimiento.
- Se perderán los derechos de la Patria Potestad.
Substracción de Menores
Artículo 284
Los padres, abuelos o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, que sin causa justificada, retengan o sustraigan al menor del lugar donde se encuentre, desplazándolo del control de quien tenga la custodia. Este Delito es por Instancia de Partes.
Sanción
De 2 a 5 años de prisión y multa de 10 a 30 cuotas.
Características
- Pretender lucrar con menor de edad.
Violencia Familiar
Artículo 287 BIS
Quien habitando o no en el domicilio de la persona agredida, realice acción u omisión, y que esta última sea grave y dañe la integridad psicológica, física, sexual, patrimonial o económica, de uno o varios miembros de su familia. Este Delito es por Instancia de Partes.
Sanción
De 2 a 6 años de prisión así como pérdida de: derechos hereditarios, alimentarios y patria potestad.
Características
- Violencia Psicológica: cuando una o más personas arremeten de manera verbal a otra u otras personas.
- Violencia Física: contacto directo con el cuerpo de la otra persona mediante golpes.
- Violencia Sexual: agresiones a través de la fuerza física para rebajar a una persona para implantar una conducta sexual en contra de su voluntad.
- Violencia Patrimonial: se manifiesta en la retención de objetos, documentos personales, bienes y derechos patrimoniales.
- Violencia Económica: se manifiesta en la retención de objetos, documentos personales, bienes y recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades.
Delitos contra la Seguridad Sexual y la Moral Pública
Atentados al Pudor
Artículo 259
El que sin consentimiento de una persona, sea mayor o menor de edad, o aún con consentimiento de esta última, ejecute en ella un acto erótico-sexual, sin el propósito directo de llegar a la cópula. Este Delito es por Instancia de Partes.
Sanción
De 1 a 5 años de prisión y multas de 1 a 10 cuotas.
Características
- Ejecución de acto impúdico preparatorio.
- Falta de voluntad de la víctima.
- No se llega a la cópula.
Violación
Artículo 265
El que por medio de la violencia física o moral tenga cópula con una persona, sin la voluntad de ésta, sea cual fuere el sexo. Este Delito es De Oficio.
Sanción
- Si la persona ofendida es mayor a 13 años = De 6 a 12 años de prisión.
- Si es de trece años o menor pero mayor de once = De 10 a 20 años de prisión.
- Si es de once años o menor = De 15 a 30 años de prisión.
Características
- Cópula.
- Empleo de violencia física o moral.
- Falta de voluntad de la víctima.
Hostigamiento Sexual
Artículo 271 BIS
Quien asedie a otra persona solicitándole ejecutar cualquier acto de naturaleza sexual, valiéndose de su posición jerárquica, derivada de sus relaciones laborales, profesionales, religiosas o de subordinación. Este Delito es por Instancia de Partes.
Sanción
De 6 meses a 2 años de prisión y multa de hasta 40 cuotas.
Características
- Asechanza.
- Chantaje sexual.
- Contacto físico no deseado.
Corrupción de Menores o Persona Privada de la Voluntad
Artículo 196
Quien procure o facilite cualquier trastorno sexual, la depravación, e induzca, incite, suministre o facilite el uso de sustancias tóxicas o la ebriedad, con menor de edad o persona privada de la voluntad. Este Delito es De Oficio.
Sanción
De 4 a 9 años de prisión y multas de 600 a 900 cuotas.
Características
- Inducir a la ebriedad.
- Inducir a cometer un delito.
- Inducir a juegos de azar.
Pornografía Infantil
Artículo 201 BIS
El que induzca, incite, propicie, facilite u obligue a persona menor de edad a realizar actos de exhibicionismo corporal o de pornografía. Este Delito es De Oficio.
Sanción
De 10 a 14 años de prisión y multas de 500 a 3,000 cuotas.
Características
- Realizar actos de exhibicionismo de un infante.
- Ofrecer material pornográfico de un infante a otra persona.
- Organizar espectáculos de representación pornográfica de un infante.
Delitos contra la Integridad Personal en México
Disparo de Arma de Fuego y Ataques Peligrosos
Artículo 332
El que ataque a alguien de tal manera que, en razón del arma empleada, de la fuerza o de la destreza del agresor pueda producir como resultado la muerte. Este Delito es De Oficio.
Sanción
De 3 días a 2 años de prisión y multas de 1 a 10 cuotas.
Características
- Uso de algún arma.
- Característica agresiva del activo.
- Se pudiera producir la muerte del pasivo.
Abandono de Personas
Artículo 335
El que teniendo la obligación de cuidarlo abandone a uno o más menores, a una o más personas enfermas, o a una o más personas mayores, incapaces de cuidarse a sí mismos. Este Delito es De Oficio.
Sanción
De 1 mes a 4 años de prisión y multas de 20 a 100 cuotas.
Características
- Persona en desamparo.
- Persona incapaz.
- Imposibilidad del pasivo de protegerse por sí mismo.