Delitos sexuales
Hostigamiento sexual (art. 212)
Solicitar favores sexuales con el anuncio tácito de causar un mal a la víctima (laboral/docente/doméstico/etc.) pena: 3-6 años
Agravante:
- Sujeto activo se aprovecha de su poder jerárquico (2-5 años +)
- Víctima menor o discapacitado (1/2 +)
Art. 212: Herramientas de comunicación digital, asedie sexualmente a alguien (4-8 prisión) agravante: menores/discapacitados (1/3 +) es de querella
Abuso sexual (art. 213)
Persona sin consentimiento ejecuta un acto erótico en otra. (conducta con finalidad inmediata de tener placer sexual) (2-5 años), con menor de 12 (3-8 años)
Si el ofendido no tiene capacidad de comprender o no se pudo resistir por enfermedad o discapacidad: (4-8 años)
Agravante: violencia física/moral o sumisión química (+1/3 de pena)
Calificativas: (+1/3 pena):
- Responsable fuere ascendiente, descendiente, adoptante, adoptado, hermano, padrastro, madrastra o tutor.
- Intervengan 2 o más
- Despoblado
- Aprovechar confianza
- Empleo
- Escuelas
- Condición de género.
Violación (art. 218)
Por medio de violencia física/moral tenga cópula (10-20 pena)
Violación equiparada: (art. 219)
Introducción anal o vaginal de un elemento distinto al miembro, sin violencia con discapacitado o menor, sin violencia con sumisión química. (+1/2 pena con violencia)
En casos respectivos, el responsable perderá patria potestad o tutela y no hereda (debe cumplir manutención), destitución/inhabilitación cargo público.
Estupro (art. 215)
Cópula con un +12 y -18 obteniendo consentimiento por engaño/seducción (pena 3-6), agravante: dentro de escuela (duplica sanción)
Incesto (art. 266)
Los ascendientes que tengan cópula con descendientes o hermanos. (3-8 años)
Delitos contra la familia
Violencia familiar (art. 234)
Acto de poder dirigido a dominar, controlar o agredir (física, verbal, sexual, economía, psicológica, patrimonial)
Calidad específica: quien tenga/tuvo una relación de hecho, pariente consanguíneo en línea recta ascendiente/descendiente sin limitación de grado (1-6 pena) agravante: usar medios tecnológicos.
Violencia familiar equiparada (art. 234 Bis)
Relación de hecho o sus parientes de esta persona.
Maltrato infantil (art. 234)
Omisiones o conductas que impliquen agresión corporal, humillante y emocional de a menores.
*Por quien ejerza la patria potestad, custodia, vigilancia, educación, cuidado (1-12 pena), (1/3+ si: -12, discapacitado, se use arma)
Incumplimiento de obligaciones familiares (art. 232)
Omisión al 100% de esa obligación sin causa. Alimentos: comida, vestido, habitación, ayuda en enfermedad)
Con menores o incapaces Educación hasta su periodo normal + actos de arte o profesión, los alimentos son una prerrogativa derivada del parentesco, los padres están obligados a dar alimento, el obligado da pensión al acreedor.
Delitos contra la vida y la salud
Lesiones (art. 242)
Todo daño o alteración en la salud por causa externa. No peligra la vida.
Tarden: -15 días en sanar= pena 3 días-6 meses (querella), +15: 3 días-6 meses (oficio, admite desinterés jurídico), agravante: lesión deje cicatrices permanente/notable o produzca definitiva disminución de función orgánica o incapacidad permanente (1 mes-9 años)
Lesiones si peligra la vida (art. 243)
(3-12 años) (+2/3 sanción calificativas)
Lesiones en riña
2 o + personas sin acuerdo previo y sin saber quien las infirió (-1/4 de pena)
248 derogado: excusa absolutoria lesiones correctivas de padres a menores
Homicidio
Privar de la vida a otro; muerte encefálica o paro cardiaco irreversible. Muerte encefálica: Ausencia permanente de conciencia/reflejos en tallo cerebral y respiración espontánea. Deben comprobarse: electroencefalograma.
Mortal lesión: Muerte por alteración de órganos interesados por la lesión, muerte dentro de los 60 días próximos. Si es por causa anterior o agravación de la lesión ajena NO ES.
Homicidio simple:
8-20 pena
Homicidio en riña:
2+ personas sin acuerdo previo, no está claro quien fue (4-15 pena)
Homicidio calificado:
Allanamiento de morada/asalto (25-50 pena), Identidad (30-55)
Premeditación: reflexionar, alevosía: sorprender/asechar, traición: violar fe/intimidad, Ventaja: aprovechar
Brutal ferocidad: Lesión/Muerte sin motivo, supuesto motivo sea intrascendente, otras calificativas (incendio, inundación, explosivos, gases, venenos, tormento)
Homicidio infantil:
Privar de la vida a un -12 (45-70 pena)
Auxilio o inducción al suicidio:
(1-7 Pena), si se consuma (2-9), si es menor/adulto mayor o sin capacidad (1-15), si se consuma (5-15 años)
Aborto:
Causar muerte del producto de la concepción (pena 1-6) mujer y persona que lo realice, sin consentimiento de la mujer (3-10 años), violencia (física/moral): 4-12
No será punible: Producto de violación, mujer en peligro de muerte.
Feminicidio:
45-70 pena, matar a una mujer por razón de género: signos de violencia sexual, lesiones degradantes, antecedentes de violencia, amenaza previa, víctima incomunicada, restos expuestos, dificultad de auxilio.
Delitos patrimoniales
Robo:
1 mes-9 años pena, apoderamiento de cosa ajena muebles sin consentimiento, se da por consumado desde que se apodera de él.
Robo de uso (art. 307)
Usar temporalmente y no se niega a devolver (1 mes-6 años) agravantes (6-12 años) violencia en persona o cosas, noche o 2+ personas, usando ID Fake, en casa habitación, transporte público, desorden público, sumisión química, discapacitados o +60, cultivos de camarón, miembro de seguridad pública y privada, bancos o casa de cambio, aprovechamiento de accidente de transporte de carga.
Robo calificado (art. 309):
10-20 años, concurran 2 o más agravantes del 308, se use arma de fuego, casa habitación habitada al momento de la comisión.
Art. 310: no se sancionará objetos estrictamente indispensables.
Art. 311: tampoco a quien restituya espontáneamente
Abigeato (art. 312):
Apoderarse de 1 o + cabeza de ganado (bovino, porcino, equino, ovino, caprino) 6-15 pena
Despojo (art. 323):
Al que con violencia ocupe inmueble que no le corresponde con engaño/amenaza.
1-6 años de pena
Daños (art. 326)
Causar daño, destrucción o deterioro de cosa ajena o propia en perjuicio de tercero (1 mes-5 años)
Lo relativo a despojo (salvo violencia) y DAÑOS (salvo a ciertos casos) son delitos de querella.