Derecho Ambiental en México
Introducción
Medio Ambiente:
- Conjunto de elementos físicos, bióticos, económicos y sociales y su sistema de interacciones existentes en torno a una zona o región.
Derecho Ambiental:
- Rama del derecho público que regula la protección, la conservación, la preservación, la mitigación y restauración del medio ambiente y sus sistemas.
Fundamentos del Derecho Ambiental
Fundamento Constitucional del Desarrollo Sustentable:
- Debe existir un desarrollo basado en recursos, para así conservar el medio ambiente (Art. 4 Constitucional).
Antecedentes de Tratados Internacionales en Materia Ambiental:
- Informe de Brundtland (1987)
- Convención de Estocolmo (1972)
- Convención de Río de Janeiro, Brasil (1992)
Responsabilidad Ambiental:
- Atribución del Estado y la sociedad de procurar la conservación del medio ambiente.
Los Derechos de Tercera Generación:
- Son los derechos conjuntos (ej. patrimonio de la humanidad) que solo se pueden lograr si se trabaja conjuntamente.
Marco Jurídico Ambiental Federal
Disposiciones Legales que Forman el Marco Jurídico Ambiental Federal:
- Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental (LGEEPA)
- Reglamento de la LGEEPA
- Ley Federal de Responsabilidad Ambiental
Política Ambiental en México:
- Conjunto de ordenamientos que el Estado y la sociedad deben seguir para la conservación del medio ambiente, basado en el desarrollo sustentable.
Planeación Ambiental:
- Debe seguir un plan para la protección, preservación, mitigación, restauración y conservación del medio ambiente, el cual el Estado debe crear.
Ordenamiento Ecológico del Territorio:
- Se debe procurar el cuidado del medio ambiente en el territorio.
Segundo Parcial
Principios del Derecho Ambiental
Principio «El que Contamina, Paga»:
- Quien cause daño al medio ambiente tiene que repararlo o indemnizarlo. Ej. Si el Estado contamina un ecosistema, tiene que repararlo.
Principios del Derecho Internacional que Inciden en el Derecho Ambiental:
- El que contamina paga
- Principio de desarrollo sustentable
- Principio de responsabilidad común
- Principio precautorio
- Principio de no intervención
Facultades de las Autoridades
Facultades de las Autoridades Federales en Materia Ambiental (Protección y Conservación del Medio Ambiente):
- Expedir normas
- Legislar en materia ambiental
- Conocer sobre asuntos que puedan causar desequilibrio ecológico
Facultades de Autoridades Municipales en Materia de Gestión y Disposición Final de Residuos:
- Tratamiento de residuos provenientes del alcantarillado
- Tratamiento de residuos de los drenajes
- Procurar el cumplimiento de las leyes ambientales respecto a los residuos
Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Objeto de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable:
- Regular y fomentar la protección, conservación, restauración, producción y aprovechamientos del medio ambiente forestal y sus recursos naturales.
Autoridades Competentes para Aplicar la Ley:
- SEMARNAT
- CONAFOR
Programas que Aplican la Política Forestal Nacional:
- (Se deben mencionar dos programas específicos)
Evaluación de Impacto Ambiental
Evaluación de Impacto Ambiental:
- Son las consideraciones que se van a tomar en cuenta con respecto a las obras y actividades que causen un desequilibrio ecológico o que rebasen la ley.
Autoridad para Emitir la Evaluación de Impacto Ambiental:
- SEMARNAT
Resolución de la Autoridad:
- Autorizar
- Autorizar modificando
- Negar
Tercer Parcial
Cambio Climático
Cambio Climático:
- Variaciones que se presentan en el clima como resultado de la contaminación del planeta.
Medidas para Ajustarse a los Compromisos Internacionales:
- Medidas de mitigación
- Disminución de emisiones
- Adaptación al cambio climático
Medidas de Control para la Protección Ambiental
Medidas de Control:
- Inspección: la autoridad visita a un particular (física o moral) y revisa si realiza actividades que dañan al ambiente.
- Vigilancia: la autoridad verifica el cumplimiento de las medidas que se impusieron a un particular.
- Denuncia: cualquier persona que tenga conocimiento de algún hecho que dañe al ambiente puede denunciar ante la PROFEPA.
Procedimiento en una Visita de Inspección:
- Notificación
- Citatorio
- Acta circunstanciada
- Informe de derecho de réplica
- Ejercicio del derecho de defensa
- Etapa de pruebas
- Etapa de alegatos
- Convenio
- Resolución
- Recurso de revisión
Responsabilidad Ambiental
Prescripción de la Acción de Responsabilidad Ambiental:
- 12 años
Autoridad Competente para Resolver las Acciones Jurisdiccionales de Responsabilidad Ambiental:
- Juez de Distrito
Sanciones Previstas en la LGEEPA:
- Multa
- Medidas correctivas
- Arresto
- Decomiso
- Suspensión
- Clausura
Recurso que Procede en Contra de las Resoluciones de la Autoridad Ambiental:
- Recurso de revisión
Medios Alternos de Solución de Conflictos
Mediación:
- Es un medio alternativo de juicio en el cual las partes se someten por voluntad propia. Existe un mediador que ayuda a las partes a llegar a un acuerdo (Art. 18 Constitucional).
Etapa Procesal para Celebrar Medios Alternos de Solución de Conflictos:
- Desde que se da inicio al juicio hasta antes de la resolución del mismo.
Principio Precautorio Ambiental
Principio Precautorio Ambiental:
- Todas las personas y el Estado tienen la obligación de tomar medidas precautorias para la prevención del deterioro del ambiente.
Medidas de Seguridad
Medidas de Seguridad Previstas por la Legislación Ambiental Federal:
- Clausura: temporal, parcial o total
- Aseguramiento precautorio: la autoridad asegura bienes para prevenir la contaminación
- Neutralización: impedir que se genere contaminación