Derecho Concursal: Procedimiento y Fases para Empresas en Insolvencia

Derecho Concursal: El Concurso de Acreedores

El derecho concursal regula el concurso de acreedores, un procedimiento judicial de ejecución universal entre un deudor insolvente y un conjunto de acreedores.

Este procedimiento se rige, en principio, por la «par conditio creditorum» de acreedores (todos los acreedores cobran en la misma proporción).

Fase Previa al Concurso: Opciones para Evitarlo

Existen dos posibilidades previas a la situación de concurso, que pretenden evitarlo:

  • Acuerdos de refinanciación: Implican renegociar con los acreedores sobre la base de un plan de viabilidad. Estos acuerdos quedan a salvo si posteriormente se declara el concurso de acreedores.
  • Acuerdos extrajudiciales de pagos: Con el nombramiento de un mediador concursal, que proporciona un plan de pagos que debe ser aceptado tanto por el deudor como por sus acreedores.

Declaración de Concurso: Presupuestos y Tipos

La declaración de concurso supone tres presupuestos:

Presupuesto Subjetivo

Puede ser declarado en concurso cualquier persona física o jurídica, con dos excepciones:

  1. La herencia yacente (herencia que no ha sido aceptada de forma pura y simple, y que no tiene personalidad jurídica).
  2. Los entes públicos (aunque sí pueden aquellas entidades privadas creadas por entes públicos).

Presupuesto Objetivo

Se basa en la insolvencia, que puede ser:

  • Insolvencia actual: El deudor no puede cumplir sus obligaciones regularmente.
  • Insolvencia inminente: El deudor prevé que no podrá cumplir regular y puntualmente sus obligaciones exigibles.

Este estado de insolvencia, en principio, es conocido por el deudor, de ahí que el deudor insolvente deba declararse en concurso de acreedores. En tal caso, si la declaración de concurso es solicitada por el propio deudor, estamos ante el concurso voluntario, y en él, el deudor debe acreditar su situación de insolvencia.

La declaración de concurso puede ser solicitada por un acreedor basándose en determinados hechos establecidos en la ley:

  • El aplazamiento generalizado de los pagos.
  • La existencia de embargos sobre el patrimonio del deudor.
  • El alzamiento o liquidación apresurada y ruinosa de los bienes del deudor.
  • El incumplimiento de determinadas obligaciones especialmente sensibles, en concreto, el impago de Seguridad Social, impuestos o nóminas durante tres mensualidades.

En tal caso, se trata de un concurso necesario (solicitado por un acreedor).

Presupuesto Formal

El concurso es una situación declarada judicialmente por un auto del juzgado mercantil competente. Ese mismo auto nombra a la administración concursal y abre la llamada fase común del concurso.

Fases del Concurso de Acreedores

1. Fase Común

Siempre tiene que existir. En ella, la administración concursal determina la masa activa y la masa pasiva del concurso, a la vez que interviene la actividad del concursado o lo sustituye.

  • Masa activa: La forman los bienes y derechos del concursado que servirán para el pago de sus deudas.
  • Masa pasiva: Deudas. Se debe formar la lista de acreedores. Para eso, los acreedores tienen que comunicar sus créditos.

A su vez, debe clasificar los créditos en tres grupos:

  • Crédito privilegiado: Serán los primeros en pagarse. Pueden tener un privilegio especial sobre una cosa concreta, o privilegio general cuando no es una cosa concreta.
  • Créditos ordinarios: Los que no son ni privilegiados ni subordinados.
  • Créditos subordinados: Son créditos postergados, como intereses, multas, créditos con personas especialmente relacionadas, los créditos no comunicados en plazo.

Esta fase común termina con la presentación del informe de la administración concursal.

2. Fase de Convenio

Se intenta un acuerdo entre el deudor y sus acreedores. El convenio normalmente consistirá en una rebaja de los créditos, un aplazamiento, o ambas. El convenio se aprobará si vota a favor la mitad del pasivo ordinario. Si consiste solo en una rebaja de los créditos inferior al 20% o un aplazamiento inferior a 3 años, basta con que vote a favor una porción mayor del pasivo que la que vote en contra.

3. Fase de Liquidación

Si no se aprueba el convenio o el convenio se incumple, se abre la fase de liquidación. Esta fase se puede abrir directamente en algunos casos sin que haya fase de convenio, por ejemplo, si lo pide el propio deudor. Por ello, puede haber concursos con una sola fase (la fase común), con dos fases, o con tres fases.

En cualquier caso, la liquidación supondrá que el administrador concursal realizará los bienes de la masa activa conforme a un plan de liquidación y a las reglas de la propia ley, y procederá al pago de los créditos. Primero, los llamados créditos contra la masa, que son los gastos y créditos concursales, empezando por los privilegiados.

Pagados estos créditos, se pagan los créditos ordinarios y solo si se han satisfecho los créditos ordinarios, se pagan los créditos subordinados.

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