Derecho Constitucional: Conceptos Fundamentales y Garantías Individuales

Derecho Constitucional

Derecho constitucional es una rama del derecho público cuyas normas regulan la vida de un país porque fijan las competencias de las autoridades, establecen cómo están organizados los poderes y definen cuáles son los derechos que tenemos los seres humanos.

¿Cuáles son las características del Derecho Constitucional?

General: Aplica a todos los ciudadanos mexicanos sin importar raza, sexo o religión.
Bilateral: Rigen normas jurídicas que regulan la relación entre el gobernado y el Estado, y con los órganos del poder.

¿Cuáles son las dos partes de la Constitución?

Parte dogmática: Contiene los derechos subjetivos públicos o garantías individuales, que son los límites del Estado hacia los gobernados (artículos 1 al 29).
Parte orgánica: Contiene la organización de los poderes públicos (artículos 30 al 136).

La Constitución fue promulgada el 5 de febrero de 1917 en el Teatro de la República de Querétaro y entró en vigor el 1 de mayo de 1917.

¿Cuáles son las dos fuentes principales de la Constitución?

Tiene un carácter mediato: Porque cuando se creó la Constitución se llevó a cabo un movimiento social que fue iniciado en 1910 por la rebelión de Francisco I. Madero, que pretendía el sufragio efectivo y la no reelección. Al concluir este movimiento social llamado Revolución, se formó la Constitución que actualmente nos rige.
Tiene un carácter inmediato: Es la fuente inmediata de la Carta Magna, ya que se creó un Congreso Constituyente en aquella época que convocó a Diputados para crear una nueva Constitución.

Tipos de sistemas o sentidos en la Constitución

Sentido formal: Porque tenemos acceso a ella y está estipulada en un libro.
Sentido material: Es el proceso de elaboración o creación de leyes federales.

¿Cuáles son los aspectos que comprende el sentido material?

  • Competencia y organización de los órganos de gobierno.
  • Los derechos que tienen los gobernados para imponerse a los actos de autoridad.

¿Cuáles son los órganos que se encargan de agregar o adicionar a la Constitución?

  • Congreso
  • Cámara de Diputados y Senadores
  • Legislaturas de los estados

¿Cuál es la clasificación de las Constituciones?

Escritas: Son aquellas que tienen que estar en un documento.
Consuetudinarias: Son aquellas que no tienen un texto específico, sino que están todas reunidas.
Flexibles: Son aquellas que ofrecen mayores posibilidades para su reforma.
Rígidas: Son las que requieren un procedimiento especial para su adición o reforma.
Otorgadas: A través de la historia, ya que antes las otorgaba el rey a los súbditos, etc.
Impuestas: Es cuando el rey se veía obligado por el parlamento a dictar una ley.
Normativas: Son aquellas en las que las conductas son obedecidas por las prácticas por los titulares de la ley.
Nominales: Son aquellas que en la realidad política no concuerdan con lo que se dice en la Constitución.
Semánticas: Son aquellas en las que la Constitución justifica a quienes detentan el poder.

Diferencia entre el Poder Constituyente y Poder Constituido

Poder Constituyente

Es un poder creado de todo origen jurídico.
Tiene como finalidad crear una Constitución.
No gobierna.
Es un poder limitado.
Se genera con la Constitución de 1917 y desaparece.

Poder Constituido

Son derivados de una Constitución.
Son poderes creados por el Constituyente.
Tiene varias facultades.
Sus normas son creadas para gobernar.
Está limitado por la propia Constitución.
Son los poderes constituidos para gobernar.

El poder Constituyente se deriva del poder Constituyente permanente, que es el poder encargado de las reformas o adiciones a la Constitución.

¿Cuáles son los tres tipos de relación jurídica que establece la teoría de la naturaleza de la relación jurídica?

Relaciones de coordinación: Se presentan cuando los sujetos que figuran en ella se encuentran colocados en un plano de igualdad.
Relación de supra a subordinación: Es cuando los sujetos se encuentran en planos distintos, un sujeto es la autoridad que actúa como imperio y el otro es un sujeto que actúa en particular.
Relaciones de supraordinación: Son las relaciones entre gobernantes, entre órganos del Estado, actuando cada uno de ellos en su competencia.

¿Qué es el Acto de Autoridad?

Puede entenderse por acto de autoridad cualquier hecho voluntario e intencional, negativo o positivo, imputable a un órgano del Estado, consistente en una decisión o en una ejecución, o en ambas conjuntamente, que produzcan una afectación en situaciones jurídicas o de hecho determinadas, que se impongan imperativa, unilateral o coercitivamente.

¿Cuáles son los tres atributos del acto de autoridad?

Unilateral: Solo requiere la voluntad de una de las dos partes, es decir, la autoridad lo impone y no necesita la voluntad del gobernado.
Imperativa: Se impone aún en contra del gobernado.
Coercitivo: Si el gobernado no lo acata, el Estado tiene la fuerza pública para imponerlo.

Garantías Individuales (artículo 1 al 29)

Son todas aquellas cuestiones de derecho que un individuo, ya desde su nacimiento, disfrutará y podrá exigir que se cumplan, y que tienen como objetivo final la consecución de la paz, la armonía y el orden en la sociedad en la cual se encuentran vigentes.

Garantías de Igualdad (artículos 1, 2, 4, 12, 13)

Consiste en evitar las distinciones que se hacen, es decir, la prohibición de toda decisión o norma legal de carácter discriminatorio por parte de los órganos competentes.

Es aquella que tiene como objetivo evitar los privilegios injustificados y colocar a todos los gobernados en la misma situación frente a la ley.

Artículo 1

Las personas gozarán de los Derechos Humanos reconocidos en esta Constitución.
Por el hecho de pisar territorio mexicano es acreedor a las garantías.
Derechos Humanos.
Prohibida la esclavitud.
Queda prohibida toda discriminación.
Libertad.

Artículo 2

Protege la diversidad cultural en México.
Nos plantea los derechos de las comunidades indígenas.

Artículo 3

El derecho a la educación (primaria y secundaria son obligatorias, incluso media superior).
La educación tiene que ser laica y gratuita.

Artículo 4

Igualdad del hombre y la mujer en México.
Derecho a la pareja a decidir la cantidad de hijos que quiere tener.
Derecho a la alimentación en México.
Derecho a la protección.
Derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar.
Derecho al agua para uso personal y doméstico.
Toda familia tiene derecho a una vivienda digna.
Derecho a la identidad propia.
Derecho al acceso a la cultura y a servirse de los bienes y servicios que ofrece el Estado.
Derecho a la cultura física y a la práctica del deporte.

Artículo 5

Habla de la libertad del trabajo.

Limitaciones

El trabajo tiene que ser lícito.
Por determinación judicial cuando se ataquen derechos de terceros.
Por resolución gubernativa, es cuando se afectan los derechos de la sociedad.
Profesiones: se requiere estar titulado.

Artículo 6

Libre emisión del pensamiento siempre y cuando no afecte la moral de las personas.

Limitaciones

Cuando se ataque la moral o los derechos de terceras personas.
No se debe perturbar el orden.

Artículo 7

Libertad de imprenta de pensamientos e ideas por medio del escrito.
Libertad de publicar lo que se escribe.

Limitaciones

No se puede introducir en la vida privada.

Artículo 8

Garantía del derecho de petición.

Limitaciones

Solo pueden hacer uso de este derecho los mexicanos.

Artículo 9

Garantía del derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito.
La reunión debe de ser pacífica, no ilícita.
Ninguna reunión armada tiene derecho a deliberar.
No se considera ilegal una reunión que tenga petición o propuestas en contra del gobierno.

Limitaciones

Solo pueden ejercer este derecho los mexicanos.
Asociación: los ciudadanos de la república.
Los ministros de ningún culto pueden.

Artículo 10

Derecho de poseer un arma.

Limitaciones

Determina dos kilos de pólvora.
Prohibidas por la ley federal y las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional.

Artículo 11

Libertad de tránsito y residencia.
Derecho a viajar por territorios de la república.

Limitaciones

El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.

Artículo 12

No se consideran títulos de nobleza ni prerrogativas y honores hereditarios.

Artículo 13

Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni tribunales especiales.
Ninguna persona puede tener fuerza ni privilegios.

Garantías de Libertad

Conjunto de derechos públicos subjetivos para ejercer sin vulnerar los derechos de otras personas, libertades específicas que las autoridades del Estado deben respetar y que no pueden tener más restricciones que las expresamente señaladas en la Constitución (artículos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 16, 24, 25, 28).

Artículo 16

Nadie puede ser molestado por su persona, familia, domicilio, papeles o posesión si no tienen una orden por la autoridad.
Derecho a la protección de datos.
Solo la autoridad judicial puede expedir una orden judicial de prevención.

Querella: es cuando un delito no es grave y se puede otorgar el perdón, se paga todo.

Orden de cateo: solo la autoridad judicial podrá expedir. Tiene que decir cuál es el lugar, las personas y los objetos que se buscan en presencia de los testigos.

Garantías de Seguridad Jurídica (artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 23, 29)

Son la base principal para cualquier sistema jurídico, ya que ante la imposibilidad material de que en un artículo se contengan todos los derechos públicos subjetivos del gobernado, lo que no se contenga en un precepto constitucional, debe de encontrarse en los demás, de tal forma, que el gobernado jamás se encuentre en una situación de incertidumbre jurídica y por tanto en estado de indefensión.

Artículo 17

Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí mismo.
Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por los tribunales que estarán expedidos.

Limitaciones

Nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil.

Artículo 18

Solo por delito que merezca pena corporal habrá lugar a prisión preventiva. El sitio de esta será distinto del que se destinare para la extinción de las penas y estarán completamente separados.

Prisión preventiva: es una medida cautelar que se impone a un presunto responsable para que no se sustraiga de la acción de la justicia. Tiene que estar separado de los hombres y las mujeres.

Artículo 21

La investigación de delitos corresponde al Ministerio Público y los policías, los cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquel en el ejercicio de esta función.

Cuando son delitos de orden penal les corresponde al Ministerio Público.

Artículo 23

Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene. Queda prohibida la práctica de absolver de la instancia.

Instancias: juez, estado, la Suprema Corte de Justicia.

Artículo 24

Libertad de religión.
Derecho de libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión.
Libertad de participar individual o colectivamente.

¿Qué es una reunión?

Es un agrupamiento de 2 o más personas con un objeto definido; agotado el motivo, se disuelven.

¿Qué es una asociación?

Agrupamiento de 2 o más personas por un motivo que va a ser permanente.

Garantías de Propiedad (artículo 27)

Son las garantías que nos hablan del dominio del territorio de nuestro Estado y que le corresponde exclusivamente a la nación.

Su base constitucional es el artículo 27 de la Constitución.

¿Cómo se pueden hacer las expropiaciones?

Por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

¿Qué le corresponde a la nación como dominio directo?

Todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, minerales o sustancias que en vetas, mantas, moscas o yacimientos.

Son propiedades de la nación

Las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije el derecho internacional, las aguas marinas interiores, lagunas y esteros que se comuniquen con el mar, lagos interiores.

¿Qué es la zona económica exclusiva?

Zona situada fuera del mar territorial y adyacente a este; los derechos de soberanía y las jurisdicciones que determinen las leyes del Congreso.

La capacidad para adquirir el dominio de tierras y aguas de la nación se rige por:

  1. Solo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas.
  2. Las asociaciones religiosas, los bienes que sean indispensables para su objeto.
  3. Las instituciones de beneficencia pública o privada que tengan por objeto el auxilio de las necesidades, la investigación científica.
  4. Las sociedades mercantiles por acciones podrán ser propietarias de terrenos rústicos, pero únicamente en la extensión que sea necesaria para el cumplimiento de su objeto.
  5. Los bancos debidamente autorizados.
  6. Las entidades federativas y los municipios de toda la república.

¿Qué es una asamblea general?

Es el órgano supremo del núcleo de población ejidal o comunal con la organización y funciones que la ley señale.

¿Qué es el comisariado ejidal?

Es el órgano de representación del núcleo y el responsable de ejecutar las resoluciones de la asamblea.

¿Qué se considera pequeña propiedad agrícola?

La que no exceda por individuo de 100 hectáreas de riego o humedad de primera o sus equivalentes en otras clases de tierra.

¿Qué se considera pequeña propiedad?

A la superficie que no exceda por individuo de 150 hectáreas de cultivo de algodón que reciben riego y de 300 cuando se destinen al cultivo del plátano, caña de azúcar, café, hule, vainilla, cacao o árboles frutales.

¿Qué se considera pequeña propiedad ganadera?

La que no exceda por individuo la superficie necesaria para mantener hasta 500 cabezas de ganado mayor o su equivalente en ganado menor en los términos que fije la ley de acuerdo con la capacidad forrajera de los terrenos.

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