Estado de Derecho vs. Régimen Administrativo
Estado de Derecho: Se caracteriza por la igualdad ante la ley, la unidad de jurisdicción, la ausencia de un derecho administrativo especial, la carencia de personalidad jurídica del Estado y el principio de nemo iudex in causa sua (nadie puede ser juez en su propia causa).
Régimen Administrativo: Se distingue por la desigualdad entre gobernante y gobernado, la existencia de una jurisdicción separada para el derecho público y privado, las prerrogativas exorbitantes de la administración del Estado, la presencia de un derecho administrativo distinto y la personalidad jurídica del Estado.
Fuentes del Derecho Constitucional
Fuentes Directas
- Constitución
- Leyes
- Reglamentos, decretos, instrucciones y circulares del Ejecutivo
- Reglamentos del Senado y Cámara de Diputados
- Autos acordados de la Corte Suprema, Tribunales Constitucionales y Tribunal Calificador de Elecciones
Fuentes Indirectas
- Costumbre y prácticas políticas
- Jurisprudencia de los tribunales de justicia
- Doctrina
- Dictámenes de Contraloría
- Fuerzas políticas y grupos de presión
- Conciencia constitucional y bloque de constitucionalidad
Para garantizar la supremacía constitucional se requiere:
- Jurisdicción constitucional
- Control de constitucionalidad
- Rigidez constitucional
- Jerarquía normativa
Poderes del Estado
El Estado ejerce sus funciones a través de tres poderes clásicos: legislativo, ejecutivo y judicial. Además, se reconocen funciones constituyente, electoral y contralora.
Función Legislativa
Ejercida por el Parlamento o Congreso, se encarga de:
- Elaborar leyes
- Controlar políticamente al gobierno
- Ejercer el poder constituyente derivado
- Elegir altos cargos del Estado
- Aprobar el presupuesto nacional
Miembros del Parlamento
- Elegidos por votación popular
- Gozan de inmunidad parlamentaria
- Sujetos a régimen de incompatibilidades
- Poseen derecho a prerrogativas
Sesiones Parlamentarias
Pueden ser ordinarias o extraordinarias. En ellas se pueden:
- Citar a ministros y funcionarios públicos o privados
- Realizar votaciones internas de proyectos de ley
- Nombrar funcionarios
Órganos Internos del Parlamento
- Mesa directiva: compuesta por un presidente, uno o varios vicepresidentes y un secretario
- Comisiones: pueden ser permanentes o transitorias
Poderes del Parlamento
- De limitación
- De control político
- De impulsión
- De provisión de ciertos cargos
- Constituyente derivado
Función Administrativa
En sentido amplio, abarca el conjunto de órganos políticos del Estado (incluido el Parlamento). En sentido restringido, se refiere al Poder Ejecutivo. En sentido estricto, comprende al Presidente y los ministros.
Jefe de Estado
Es el más alto nivel jerárquico del órgano jurídico-político, representa la unidad nacional, encarna la majestad del Estado y ejerce liderazgo político y moral. Sus funciones incluyen:
- Hacer cumplir las leyes
- Administrar los bienes del Estado
- Ejercer la alta dirección del Estado
- Dirigir las relaciones exteriores
- Planificar la economía
- Preservar el orden público
- Suministrar servicios públicos básicos
Función Judicial
Se encarga de:
- Resolver conflictos entre particulares y entre particulares y el Estado
- Castigar infracciones a la ley penal
- Defender el principio de legalidad y el Estado de Derecho
El Poder Judicial posee:
- Poder de interpretación: los jueces interpretan las leyes
- Autoridad de cosa juzgada: sus decisiones son definitivas
Función Electoral
Se divide en:
- Servicio Electoral: forma y mantiene el padrón electoral y el archivo electoral, lleva el registro de partidos políticos
- Tribunal Calificador de Elecciones (TCE): compuesto por cuatro ministros de la Corte Suprema y un ciudadano que fue presidente o vicepresidente de la Cámara de Diputados o del Senado
Función Contralora
Dota de eficacia a los preceptos jurídicos consagrados en la Constitución y la ley. Requiere:
- Independencia y autonomía
- Facultades informativas
- Facultad de intervenir en actos controlados
- Adecuado criterio contralor
Órganos de Control
- Servicio Electoral
- Parlamento
- Poder Ejecutivo
- Poder Judicial
- Órganos especializados: Tribunal Constitucional, Contraloría, Superintendencias
Tipos de Control
- Vertical: de órganos superiores a inferiores
- Horizontal: entre órganos separados e independientes
- Previo o posterior
Función Constituyente
Se encarga de dictar o reformar la Constitución. Puede ser:
- Originaria: ejercida por el pueblo soberano
- Derivada: ejercida por el Presidente y el Poder Legislativo, o por la ciudadanía a través de un referéndum
Principio de indelegabilidad: cuando la Constitución establece que una función no puede ser delegada, se prohíbe su transferencia a otro órgano.
Partidos Políticos
Son organizaciones espontáneas con una comunidad de intereses o concepciones políticas, que buscan influir en la determinación de los principios generales del gobierno.
Características
- Organización durable o que tiende a serlo
- Estructura organizativa completa con jerarquías y funciones establecidas
- Voluntad deliberada de ejercer el poder, exclusiva o compartida
- Búsqueda de apoyo popular
- Independencia orgánica y funcional respecto del Estado
- Cumplimiento de las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias
Funciones
- Sociales: socialización política, movilización de la opinión pública, representación de intereses y legitimización del sistema político
- Institucionales: reclutamiento y selección de élites
Tipología
- Partido único: se identifica con el todo, con divisiones internas pero con un principio de unanimidad
- Pluralismo unipartidista: se permite el disenso o subdivisiones internas en el partido único
- Pluralismo: los dirigentes de los partidos compiten entre sí por votos
Elementos de Base de los Partidos Políticos
- Comité: carácter limitado, pocas personas sin ánimo de aumentar, zona geográfica grande (circunscripción electoral)
- Sección: menos centralizado que el comité, busca multiplicar miembros, base geográfica más limitada, actividad política permanente
- Célula: miembros más reducidos, base profesional, miembros con mismo lugar de trabajo
- Milicia: ejército privado, grupos de base pequeño organizados militarmente
Centralización y Descentralización
Existen tres tipos de centralización y descentralización en los partidos políticos:
- Local: noción general de descentralización, con elementos base que tienen mayor o menor incidencia en la toma de decisiones
- Ideológica: se otorga cierta autonomía a diversas tendencias dentro de los elementos base
- Social: se organiza de manera autónoma en el seno del partido cada categoría económica y se da poder a estos elementos corporativos