Derecho Constitucional: La Constitución Española de 1978

La Constitución

Elemento imprescindible en el Estado porque le proporciona estructura, estabilidad y posibilita su existencia.

Polisemia constitucional

La Constitución nos presenta tres adjetivos:

  • Constitución material: entendida como las fuerzas políticas que soportan la Constitución.
  • Constitución sustancial: conjunto de normas que regulan los elementos fundamentales del Estado.
  • Constitución formal (predominante).

Antecedentes

Aristóteles (Constitución como orden de la polis), Cicerón (relación civitas con la constitución del pueblo), la escuela de derecho natural, etc.

Principios del constitucionalismo

Autonomía política, escritura, legitimidad, ciudadanía, primacía, mayoría, subordinación a la ley, división de poderes, tutela judicial y control de las leyes.

Ciclos del constitucionalismo

  1. El movimiento impulsado por las constituciones revolucionarias del siglo XVII (francesa y americana).
  2. Las constituciones de la restauración (inspiración de evitar una soberanía expansiva del pueblo).
  3. Las constituciones liberales (Francia, responden a que el viejo orden ya no resiste, la burguesía fortalece su poder), las constituciones latinoamericanas.
  4. El movimiento posterior a la Primera Guerra Mundial (la democracia llega por leyes ordinarias y no por Constitución):
    • Las constituciones democráticas racionalizadas.
    • El constitucionalismo socialista.
  5. El movimiento posterior a la Segunda Guerra Mundial:
    • Constituciones democráticas y sociales y su prolongación en la superación de las dictaduras europeas.
    • El constitucionalismo socialista.
  6. El constitucionalismo transnacional e internacional.

Constitución y reproducción social

Parte del artículo 16 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano, establece que los derechos tienen que estar garantizados. Esta noción nace a partir del nacimiento del Estado moderno (Estado con control de la violencia y separación entre economía y política).

La base estatal (autonomía) y material (modo de producción capitalista).

Necesidades de la burguesía

  • Libertad y propiedad: como fundamento de la reproducción social.
  • Competencia: los propietarios entre sí y trabajadores se ponen de acuerdo para dar salida a los productos.
  • Mercado: se mantiene la relación propietarios-compradores.
  • Propiedad: libre disponibilidad sin vínculos ni límites.

La burguesía exige una Constitución que satisfaga sus intereses y necesidades (defiende sus intereses incluso cuando predica derechos universales). Se acaban los derechos divinos, solo razón y política, y usa la Constitución para ello. El núcleo de la Constitución será el de libertad y propiedad.

Clasificación constitucional

  • Por extensión (breves-extensas).
  • Por forma (consuetudinarias-escritas [codificadas o no]).
  • Por origen (otorgadas-pactadas-populares).
  • Por su reforma (rígidas-flexibles).
  • Por correspondencia entre Constitución y ejercicio del poder (normativas, nominales, semánticas).
  • Por su eficacia jurídica (eficacia jurídica o eficacia inmediata).

Naturaleza de la Constitución

Se nos presenta como un texto normativo. Es la mayor norma jurídica (norma suprema). Es un precepto normativo que tiene por objeto definir objetivos. Tiene autoatribución de eficacia porque no tiene norma superior. La Constitución Española de 1978 tiene valor normativo porque así se lo autoatribuyó, no es solo una Constitución de valor político.

La Constitución Española establece un órgano jurisdiccional constitucional, el Tribunal Constitucional, que es la prueba del valor normativo de la Constitución Española.

Constitución Española como norma jurídica suprema

  • Supremacía formal: solo se puede modificar con los mecanismos en ella previstos (dos procesos: uno agravado de reforma y otro ordinario).
  • Supremacía material: las demás normas deben respetar el contenido de la Constitución Española en su elaboración y aprobación, además de en la interpretación.
  • Supralegalidad: la Constitución Española como requisito de validez (todas las normas deben ser compatibles con los preceptos constitucionales) y carácter procesal (existencia de órganos públicos que puedan anular actos y normas si no se adecuan a la Constitución Española).

Constitución Española como parámetro interpretativo en el momento de la aplicación (no solo el Tribunal Constitucional, también jueces y tribunales).

Funciones de la Constitución Española

  • Constitución Española como orden: como orden abierto (pretensión de estabilidad [pretende ser fuerte] y de dinamicidad [reforma para solucionar problemas futuros]), como ordenamiento marco (establece principios relevantes para la sociedad).
  • Funciones en sentido estricto: consenso entre partes (integración) (se ve en su contenido), legitimidad y legitimación (la Constitución Española otorga legitimidad a un orden político y da legitimación a los respectivos titulares del poder político), garantía y protección de derechos fundamentales (limitación del poder), orden y ordenación (fundamenta el sistema normativo y determina el valor de las normas restantes del ordenamiento jurídico), organización del poder político (si queremos un orden tenemos que tener unos sujetos de poder, las competencias y atribuciones de los órganos son aquellas que la Constitución Española prevea).

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