Derecho de Propiedad: Concepto, Características y Clasificación

Derecho de Propiedad

Concepto

La propiedad, derivada del término «propio» (que pertenece a una persona), es el derecho que una persona o entidad tiene para usar, disfrutar y disponer de un bien, así como para recuperarlo de aquellos que lo posean o retengan injustamente (artículo 1228, caput, del Código Civil). Es el derecho subjetivo más completo dentro del derecho de propiedad.

Función Social y Ambiental

El Código Civil (artículo 1228, § 1) reafirma la función social de la propiedad, establecida en el inciso XXIII del artículo 5 de la Constitución. Además, introduce la función ambiental, protegiendo la flora, fauna, diversidad ecológica y el patrimonio cultural y artístico, en consonancia con el artículo 225 de la Constitución y la Ley de Política Nacional del Ambiente (Ley 6.938/81).

Elementos de la Propiedad

  • Derecho a Disfrutar (jus fruendi):

    Consiste en la facultad de obtener frutos (naturales, industriales o civiles) y utilizar los productos de la cosa (por ejemplo, arrendamiento).
  • Derecho a Reclamar (jus vindicandi):

    Incluye la facultad de iniciar una acción legal para recuperar el bien de quien lo posea o controle injustamente (acción reivindicatoria).
  • Derecho de Uso (jus utendi):

    Es la facultad del propietario de utilizar la cosa de la manera que considere más conveniente, sin alterar su sustancia y sin causar daño a terceros (por ejemplo, habitar una casa). Este derecho ya no se considera absoluto, encontrando limitaciones en la Constitución, el Código Civil y otras leyes.
  • Derecho a Disponer (jus abutendi o jus disponendi):

    Es el poder de enajenar el bien a título oneroso (venta) o gratuito (donación), incluyendo la posibilidad de gravarlo (prenda, hipoteca, servidumbre).

Características de la Propiedad

  • Carácter Absoluto Relativizado:

    El derecho de propiedad es el más completo de los derechos reales, pero está sujeto a limitaciones legales (interés público) y a la coexistencia de derechos de otros titulares (artículo 1231 del Código Civil).
  • Exclusivo:

    La misma cosa no puede pertenecer de forma exclusiva y simultánea a dos o más personas.
  • Perpetuo:

    Existe con independencia de su ejercicio, salvo causas extintivas (legales o voluntarias).
  • Elástico:

    La propiedad puede expandirse o contraerse en su ejercicio, como al agregar o quitar partes accesorias.

Objeto de la Propiedad

El objeto de la propiedad puede ser cualquier cosa no excluida por ley, incluyendo bienes muebles e inmuebles, tangibles e intangibles, siempre que tengan valor económico, sean individualmente determinados y utilizables por el ser humano.

Clasificación de la Propiedad

  • Propiedad Plena:

    El propietario tiene la plenitud de los derechos de uso, goce y disposición, sin gravámenes ni limitaciones.
  • Propiedad Limitada:

    La propiedad está sujeta a gravámenes (hipoteca, servidumbre, usufructo) o puede resolverse en el futuro. Algunos de los poderes de la propiedad se transfieren a otros, creando derechos reales limitados.

Partes del Derecho de Propiedad

  • Nuda Propiedad:

    Corresponde al título y al derecho de disposición sobre la cosa. El nudo propietario tiene la propiedad de la sustancia del bien, pero no su uso y disfrute.
  • Usufructo:

    Corresponde al derecho de usar, gozar y disponer de la cosa. El usufructuario puede ser un arrendatario, un usuario o cualquier otra persona con derecho a disfrutar del bien.

Titularidad del Dominio y Derechos Reales

Una persona puede ser titular del dominio (propietario registrado) mientras que otra persona tiene derechos de uso, goce o disposición sobre el mismo bien, por ejemplo, a través de un contrato de usufructo, servidumbre o arrendamiento. Si la nuda propiedad y el usufructo pertenecen a la misma persona, se configura la propiedad plena. De lo contrario, la propiedad es limitada.

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