1. Concepto de Derecho Internacional Privado
El Derecho Internacional Privado es una rama del derecho que regula las relaciones jurídicas entre personas privadas que tienen elementos de extranjería. Esto incluye cuestiones como la determinación de la ley aplicable, la jurisdicción competente y el reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras. Su objetivo es resolver conflictos de leyes y facilitar la cooperación entre diferentes sistemas jurídicos.
2. Entrada en Vigor del Reglamento (Artículos 47 y 48 L.N.N., Reforma de 1940)
El reglamento entrará en vigor en términos de lo dispuesto por el entonces artículo 3 del Código Civil.
3. Aspectos de la Convención sobre Nacionalidad (Diciembre de 1993)
- En caso de transferencia de territorio (parcial) entre cualquiera de los Estados signantes, los habitantes del territorio transferido no deben considerarse como nacionales al que se anexe.
- En supuestos de adopción por parte de un ciudadano de un país firmante de la convención, esta establece que los Estados deben permitir que los ciudadanos que adopten a un niño en el extranjero puedan transmitir su nacionalidad al adoptado.
- Ni el matrimonio ni su disolución afecta la nacionalidad de los cónyuges o sus hijos.
4. ¿Qué es un Tratado?
Un tratado es un acuerdo formal entre dos o más países que establece derechos y obligaciones en diversas áreas, como comercio, paz, medio ambiente, entre otros. Se considera un documento legal y suele ser negociado y firmado por representantes de las partes involucradas. También se les conoce como «convenciones», «acuerdos» o «congresos».
5. Resolución de Controversias en un Tratado
El tratado establece las formas de dirimir la controversia.
6. Reglas Fundamentales para la Resolución de Conflictos Internacionales
- Juez competente: Se refiere al tribunal o juez que tiene la autoridad legal para conocer y decidir sobre un caso específico.
- Figura homóloga: Este término se utiliza para referirse a instituciones o figuras jurídicas que tienen equivalentes en diferentes sistemas legales.
- Legislación aplicable: Este concepto se refiere a la legislación que debe aplicarse para resolver un conflicto jurídico específico que involucra elementos de diferentes países.
7. Jurisprudencia de la CIDH
La CIDH crea jurisprudencia por sentencias. Si el Estado Mexicano forma parte, es obligatoria; si no forma parte, es mera tesis.
8. ¿Qué es la Nacionalidad?
Es un vínculo jurídico y político que una persona tiene con un Estado, que implica una serie de derechos y obligaciones.
9. ¿Qué es la Pertenencia?
Vincula a una persona con el Estado en razón de creencias, idioma, religión.
10. Requisitos para la Nacionalidad de la Persona Moral
- Domicilio en México.
- Que esté constituida bajo las leyes mexicanas.
11. Transitorio Único del Reglamento al Artículo 57 de la L.N.N.
Dicho reglamento entrará en vigor al tercer día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
12. Fuentes del Derecho Internacional Privado
- Fuentes nacionales: La ley, la costumbre, la jurisprudencia.
- Fuentes internacionales: Tratados internacionales, la costumbre internacional, jurisprudencia internacional, los congresos científicos y las conferencias diplomáticas internacionales.
- Fuentes comunes: La doctrina, principios generales del derecho.
- Fuentes del derecho mexicano: La ley, la costumbre, la jurisprudencia, los tratados.
13. Conceptos Básicos
- Nacionalidad: Vínculo jurídico-político entre una persona y un Estado.
- Condición Jurídica del Extranjero: Estudio del ejercicio de derechos y cumplimiento de obligaciones de los extranjeros en un sistema jurídico determinado.
- Conflicto de Leyes: Procedimiento para solucionar un problema derivado del tráfico jurídico internacional o interestatal.
- Conflicto de Competencia Judicial: Procedimiento para determinar la competencia judicial en casos internacionales.
14. Finalidad del Derecho Internacional Privado
- Procurar la armonía entre normas jurídicas de diversos Estados que concurren en una sola relación de Derecho.
- Obtener la seguridad de los derechos en el orden internacional, garantizando los derechos fundamentales del hombre.
- Lograr la justicia mediante la aplicación del Derecho extranjero cuando sea necesario para la vigencia extraterritorial de la norma.
15. Normas Facultativas y Obligatorias en el Derecho Internacional Privado
Normas facultativas (o disponibles): Son aquellas que pueden ser modificadas por la voluntad de las partes. Ejemplo: Elección de la ley aplicable en contratos internacionales.
Normas obligatorias (o imperativas): No pueden ser modificadas por acuerdo de las partes. Ejemplo: Normas sobre derechos de los consumidores, protección del medio ambiente.
16. Formas de Obtener la Nacionalidad Mexicana
La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización.
A) Por nacimiento:
- Los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres.
- Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos.
- Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización.
- Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas.
B) Por naturalización:
- Los extranjeros que obtengan carta de naturalización de la Secretaría de Relaciones.
- Extranjeros que contraigan matrimonio con mexicanos y cumplan con los requisitos de la ley.
17. Diferencia entre Órgano y Organismo
El organismo es un todo y el órgano forma parte del organismo.
18. Características de la Costumbre Internacional
No es igual al derecho privado. Se crea por comunicación oficial entre jefes de Estado y plenipotenciarios. Cuando la ley es extensa, no se usa la costumbre.
19. Estatuto de la Corte Internacional
Si las partes no se someten a su jurisdicción, no pueden concurrir ante ella.
20. Mediación Heterocompositiva
- Se acude ante la Asamblea de las Naciones Unidas.
- Dicha asamblea puede imponer sanciones a los Estados, como bloqueos.
21. Artículo 300 del CPCCDMX
Las pruebas que se deban aplicar dentro del país tendrán un término extraordinario para su desahogo.
22. Artículo 605 del CPCCDMX
Las sentencias del extranjero tendrán eficacia y reconocimiento en la República.
23. Conflicto de Leyes
Se debe considerar la nacionalidad.
24. Modalidad del Derecho Privado
- En México solo existe el acta marginal.
- Cualquier extranjero puede solicitar ayuda de un tribunal.
- Acto prejudicial – Medio preparatorio.
25. Convención Internacional de los Derechos Humanos
Debe cuidar el Consulado.
26. Protección Global de las Personas Morales
Sí, por el apartado de la Constitución sobre empresas y el artículo 1 de la CPEUM.
27. Ley de Nacionalidad de 1997
Permitía jurídicamente una nacionalidad. En 1998, un mexicano por nacimiento no podía perder su nacionalidad de origen.
28. Nacionalidad según España, México y Chile
- España: Ius Soli (suelo).
- México: Ius Sanguinis (madre).
- Chile: Ius Soli (padre).
29. Condición Jurídica de los Extranjeros
Su nación será un derecho y una obligación.
30. Teoría Francesa
Toma la nacionalidad y el conflicto de leyes, pero ya no se utiliza para este último. El Derecho Internacional Público establece medidas preventivas respecto al domicilio.
31. Teoría Alemana
Extingue derechos y derechos adquiridos. Es la mejor teoría.
32. Aplicación del Derecho Extranjero
Cuando la norma jurídica nacional dispone reglas de entrada.
33. Explicación de las Normas Internacionales
Contienen normas nacionales e internacionales.
- Relaciones entre particulares: Se pone en movimiento a un juez para calificar y ver la competencia.
- Declaración de incompetencia: Crea un conflicto competencial y se va con el más competente.
- Dos conflictos de leyes jurídicas nacionales: Habrá conflicto.
- Fin: Buscar la armonía entre normas (no existen jerarquías).