Derecho Internacional Público: Conceptos Clave y Mecanismos de Aplicación

Propósitos y Principios de las Naciones Unidas

Relaciones de Amistad y Cooperación

Los propósitos de las Naciones Unidas incluyen el fomento de las relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, la cooperación en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales.

Miembros y Admisión

La ONU cuenta con miembros originarios (los que participaron en la Conferencia de San Francisco o firmaron la Declaración de las Naciones Unidas de 1942) y admitidos. Polonia, por ejemplo, es considerado miembro originario. La admisión de nuevos miembros requiere que sean estados amantes de la paz, que acepten las obligaciones consignadas en la Carta, y que, a juicio de la Organización, estén capacitados para cumplir dichas obligaciones y se hallen dispuestos a hacerlo. La admisión se efectúa por decisión de la Asamblea General (AG) a recomendación del Consejo de Seguridad (CS).

Suspensión y Expulsión

El Artículo 5 contempla la suspensión de los derechos y privilegios de los miembros, mientras que el Artículo 6 permite la expulsión de aquellos que hayan violado repetidamente los Principios contenidos en la Carta.

Órganos Principales de la ONU

Asamblea General (AG)

La AG tiene competencias específicas en materia de paz y seguridad, fijación de cuotas y presupuesto. Puede establecer órganos subsidiarios, como el Consejo de Derechos Humanos y el Comité de Descolonización.

Consejo de Seguridad (CS)

El CS se compone de 15 miembros, 10 de los cuales son no permanentes con un mandato bienal y no reelegibles inmediatamente. El procedimiento de votación distingue entre cuestiones de procedimiento (mayoría de 9 votos, incluyendo permanentes y no permanentes) y cuestiones de fondo (mayoría de 9 votos, incluyendo los votos afirmativos de los cinco miembros permanentes).

Consejo Económico y Social (ECOSOC)

El ECOSOC actúa bajo la autoridad de la AG y en coordinación con el CS. Prepara estudios e informes y coordina las actividades de los organismos especializados de la ONU.

Secretario General

El Secretario General no puede recibir instrucciones de ninguna autoridad ajena a la Organización. Desempeña funciones técnico-administrativas, jurídicas (como depositario de tratados) y político-diplomáticas.

Descolonización y Libre Determinación

La Resolución 1541 (XV) de la AG protege a los pueblos excluidos del gobierno de un Estado y del derecho a no ser perseguidos. Sin embargo, no conlleva un derecho unilateral a la independencia de partes de un Estado, respetando el principio de integridad territorial.

Derecho del Mar

Líneas de Base y Espacios Marítimos

Las líneas de base archipelágicas se trazan en el contorno externo, con una proporción de agua a tierra de 9:1. Las líneas rectas no pueden exceder las 100 millas marinas, salvo un 3% que puede llegar a 125 millas. El límite para detener embarcaciones es el peligro extremo. El patrimonio cultural subacuático (con más de 100 años de antigüedad) se protege en el mar territorial. Los Estados con costas adyacentes delimitan sus espacios marítimos mediante tratado o, en su defecto, por la línea media equidistante.

Zona Económica Exclusiva (ZEE) y Plataforma Continental

Los Estados ribereños tienen derechos exclusivos e independientes sobre la exploración y explotación de los recursos minerales no vivos del lecho marino y subsuelo, así como de los organismos vivos de especies sedentarias en la ZEE y la plataforma continental.

Alta Mar y Piratería

La piratería, según el artículo 101 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM), se define como un acto ilegal de violencia, detención o depredación contra buques, aeronaves o personas. La «creeping jurisdiction» se refiere a la extensión gradual de la jurisdicción más allá de la ZEE.

Fondos Marinos Internacionales (AIFMO)

El régimen jurídico de la AIFMO incluye una organización de control, exploración y explotación bajo un sistema paralelo (Empresa y Autoridad). Existen mecanismos para la solución de controversias. Se prohíben las explosiones nucleares y la eliminación de desechos radioactivos. Se garantiza la libertad e igualdad en la exploración y utilización, la no apropiación, el uso pacífico, la cooperación internacional y la asistencia mutua.

Normas Imperativas (Ius Cogens) y Responsabilidad Internacional

Las normas *ius cogens* protegen intereses colectivos y solo pueden ser modificadas por normas imperativas posteriores. Prohíben la agresión, el genocidio, la esclavitud, la discriminación racial, los delitos contra la humanidad y la tortura. Una violación grave implica un incumplimiento flagrante (intensidad) y sistemático (organizado y deliberado). La responsabilidad de los Estados incluye poner fin a la violación por medios lícitos, no reconocer la situación como lícita y no prestar ayuda o asistencia.

Corte Penal Internacional (CPI)

La Convención de Viena de 1988 aborda la competencia territorial. La CPI, establecida por el Estatuto de Roma de 1998 (en vigor desde 2002), tiene carácter permanente y juzga crímenes graves. No todos los países son parte (por ejemplo, Israel y China). La CPI actúa automáticamente a solicitud del CS y es complementaria a las jurisdicciones nacionales. Existe una vertiente pasiva (delitos *ius gentium* y *aut dedere aut punire*: obligación de los Estados de juzgar o extraditar a los responsables) y una vertiente activa (posibilidad de reclamar responsabilidad cuando un Estado es perjudicado por otro).

Protección Diplomática y Solución de Controversias

Protección Diplomática

La protección diplomática es una facultad discrecional del Estado. La jurisprudencia establece que se puede obtener indemnización por daños. Las condiciones para su ejercicio son la nacionalidad de la reclamación y el agotamiento de los recursos internos por parte del perjudicado. Excepciones a este último requisito incluyen la inexistencia de recursos previstos en la legislación interna o la incompetencia del tribunal interno.

Acuerdos de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (APPRI)

Los APPRI son tratados bilaterales que promueven y protegen las inversiones de inversores de un Estado en el territorio del otro. Suelen incluir mecanismos de solución de controversias, como el arbitraje según las reglas de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) o el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI). A menudo, se exige la renuncia a la protección diplomática si se opta por el arbitraje.

Solución de Controversias: Medios y Clases

Una controversia es un desacuerdo sobre un punto de derecho o de hecho. Existe la prohibición de recurrir a la guerra y el principio de soberanía implica la libertad de elegir los medios de solución. Las clases de solución incluyen:

  • Arbitraje: Litigios entre Estados, arbitrajes de derecho privado y mixtos. Se basa en el respeto al derecho. El consentimiento puede ser anterior a la controversia (cláusula compromisoria y tratados generales de arbitraje) o posterior (compromiso arbitral y convenio arbitral).

El Laudo Arbitral

El órgano arbitral puede ser un único árbitro (Jefe de Estado), comisiones mixtas o un tribunal arbitral *ad hoc*. El laudo arbitral se aprueba por mayoría (si es un órgano colegiado), debe ser escrito y tiene fuerza obligatoria, siendo definitivo e inapelable. Existen tres recursos:

  1. Interpretación: Sobre el sentido y alcance del laudo.
  2. Revisión: Si se descubre un hecho que, de haberse conocido antes, habría llevado a una decisión diferente.
  3. Nulidad: Por exceso de poder de los árbitros, corrupción de un miembro, falta de motivación de la sentencia o infracción grave de una norma fundamental.

Corte Internacional de Justicia (CIJ)

La CIJ es un órgano judicial principal de la ONU, con competencia general y universal para el arreglo de controversias. Su jurisdicción es voluntaria, consensual e institucional, pero no automática. Se compone de 15 jueces elegidos por la AG y el CS. No puede haber dos jueces de la misma nacionalidad. Los jueces son elegidos por 9 años, con reelección por tercios cada tres años. El Presidente y el Vicepresidente tienen mandatos de 3 años. El Presidente dirige los trabajos y tiene voto de calidad. Los jueces deben residir en La Haya. El pleno requiere 11 jueces, con un quórum de 9 para la toma de decisiones. Existen 3 salas especializadas por razón de la materia.

La CIJ tiene dos tipos de competencia:

  • Contenciosa: Resuelve controversias entre Estados parte. Ni los particulares ni las OOII pueden ser parte. La jurisdicción se basa en el *ad hoc*, cláusulas compromisorias, el efecto recíproco de la declaración de aceptación de la jurisdicción obligatoria (artículo 36.2 del Estatuto) y el *forum prorrogatum* (jurisdicción aceptada tácitamente mediante actos no solemnes).
  • Consultiva: Emite opiniones consultivas sobre cuestiones jurídicas a solicitud de las OOII. Estas opiniones no tienen efectos jurídicos vinculantes, pero poseen un gran valor interpretativo.

Medidas Coercitivas y Control Internacional

Medidas Coercitivas

El Artículo 50 de la Carta de la ONU establece que las medidas coercitivas no afectan a las obligaciones relativas a los derechos humanos, el derecho internacional humanitario y las normas imperativas. Tampoco eximen del cumplimiento de las obligaciones de solución de controversias y la inviolabilidad de agentes, locales, archivos y documentos diplomáticos y consulares. Las sanciones pueden ser cualitativas (según la gravedad de la violación y la importancia de los derechos afectados) e internas (adoptadas por las OOII) o *ad extra* (con o sin uso de la fuerza).

Control Internacional

El control puede ser material, tecnológico y formal. Se clasifica según la instancia (Estado u OOII), la naturaleza (administrativa o jurisdiccional), la iniciativa (de oficio o a instancia de parte) y las técnicas de determinación de los hechos. Las técnicas de seguimiento implican que un órgano internacional recopila información sobre conductas relacionadas con normas de derecho internacional. La retorsión implica actos inamistosos pero lícitos, mientras que las contramedidas unilaterales implican el incumplimiento del derecho internacional.

Asilo y Refugio

El documento menciona el tratado sobre la condición de refugiado, la prohibición de entrada de extranjeros, la condena a trabajos forzados, el requerimiento y destino, y hace referencia a la región del Magreb.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *