Derecho Mercantil y Financiero: Resumen y Preguntas Frecuentes

RESPUESTAS PARCIAL DE DERECHO MERCANTIL Y FINANCIERO

1) Concepto de empresario en el sentido económico y en el sentido jurídico

– Desde una perspectiva económica: Se suele identificar al empresario como la persona que de forma directa realiza labores de organización y dirección empresarial. Nos referimos a los administradores de las sociedades o a los directivos y personal de alta dirección.

– Desde el punto de vista jurídico: La noción de empresario va siempre ligada al ejercicio en nombre propio de una actividad empresarial. En sentido jurídico es, por ello, la persona que desarrolla en nombre propio una actividad empresarial y asume las responsabilidades económicas correspondientes.

2) Concepto de empresario individual

Es la persona física que ejercita en nombre propio una actividad empresarial, esto es, una actividad dirigida a la producción o distribución de bienes o servicios para el mercado. Puede desarrollar esta actividad personalmente o a través de otras personas que, actuando como representante suyo, desarrollan en su nombre dicha actividad. El empresario individual asumirá los derechos, las obligaciones y la responsabilidad que se deriven de esas actividades que se han realizado en su nombre.

3) Capacidad para ser empresario individual

Para ser empresario individual se requiere ser mayor de edad y tener la libre disposición de sus bienes (artículo 4 del Código de Comercio). Esto significa que hay que tener 18 años cumplidos y no estar incapacitado legalmente por causa de enfermedad o deficiencia persistente de carácter físico o psíquico, que impidan a la persona gobernarse por sí misma (artículos 200 y 315 del Código Civil). Existen dos excepciones:

  • Cuando los menores de edad y los incapacitados legalmente pueden ser empresarios asistidos por su representante legal, cuando se trate de continuar el ejercicio de la actividad empresarial que hubiesen ejercido sus padres o causantes.
  • Cuando la persona incapacitada legalmente venía desarrollando la actividad antes de haber sido declarada incapaz.

4) Responsabilidad general del empresario individual

Desde el punto de vista jurídico, podría decirse que el empresario es el que asume los derechos y las obligaciones que se generan de esa actividad y el que asume, por tanto, la responsabilidad de su cumplimiento (artículo 1911: el empresario, al igual que cualquier otra persona, responde del cumplimiento de las obligaciones con todos sus bienes presentes y futuros).

5) Responsabilidad del empresario casado en régimen económico matrimonial de sociedad de gananciales

Es la responsabilidad de ese empresario por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del ejercicio de la actividad empresarial se rige por las siguientes reglas:

  • Primera: Responde siempre con todos sus bienes privativos y con la parte de los bienes comunes que se haya obtenido con el ejercicio de la actividad empresarial (artículo 6 del Código de Comercio).
  • Segunda: Si desarrolla su actividad con el conocimiento y sin la oposición expresa de su cónyuge, quedan también obligados los demás bienes comunes. Oposición que debe inscribirse en el Registro Mercantil.
  • Tercera: Los bienes privativos del cónyuge del empresario no quedan obligados salvo que exista consentimiento expreso al respecto del cónyuge (no empresario) (artículo 9 del Código de Comercio).

6) Responsabilidad del empresario individual de responsabilidad limitada a la luz de la Ley 14/2013 del 27 de Septiembre

→ Archivo adjunto.

7) Concepto de sociedad colectiva

Puede definirse como una sociedad de carácter personalista que, en nombre colectivo y bajo una razón social, desarrolla una actividad económica de cuyas consecuencias responden subsidiariamente frente a terceros todos los socios, personal, solidaria e ilimitadamente.

8) Concepto sociedad unipersonal

Con carácter general, las sociedades son un contrato en el que intervienen dos o más personas. Excepcionalmente, cabe la posibilidad de que en sociedades de capital, esto son sociedades anónimas o sociedades de responsabilidad limitada, tengan un único socio; en tal caso, la denominación de dichas entidades debe hacer mención a dicha unipersonalidad.

9) Razón social

→ Nombre de la sociedad.

10) Sociedad comanditaria

Puede definirse como una sociedad de carácter personalista que, en nombre colectivo y bajo una razón social, desarrolla una actividad económica de cuyas consecuencias responden subsidiariamente frente a terceros ilimitadamente los socios colectivos y de forma limitada los comanditarios. Estos últimos tienen una responsabilidad limitada a lo que se obligarán a aportar a la sociedad.

11) Concepto de sociedad anónima

Puede definirse como una sociedad de carácter capitalista, cuyo capital está dividido en acciones y está integrado por las aportaciones de los socios, quienes como socios y en ningún caso no responden personalmente de las deudas sociales. Capitalista por la importancia que en la misma tiene el capital social (corresponde con el valor de las aportaciones realizadas por los socios), un elemento esencial de estas sociedades. De las deudas de una sociedad anónima responde exclusivamente la sociedad con su propio patrimonio.

12) Concepto de sociedad de responsabilidad limitada

Puede definirse como una sociedad de carácter híbrido, cuyo capital está dividido en participaciones sociales y está integrado por las aportaciones de los socios, quienes no responden personalmente de las deudas sociales. La S.R.L. es una sociedad flexible, en la que pueden combinarse elementos de carácter capitalista y elementos de carácter personalista. La sociedad responde de las deudas sociales ilimitadamente, esto es, con todo su patrimonio.

13) Diferencias en el régimen de responsabilidad para los socios de sociedades personalistas y sociedades de capital

– En las SOCIEDADES PERSONALISTAS (Colectiva [S.C. (Sociedad Colectiva) o S.R.C. (Sociedad de Responsabilidad Colectiva)] y Comanditaria [S. en C. (Sociedad en Comandita) o S. Com. (Sociedad Comanditaria)])

Los socios colectivos pueden llegar a responder, personal e ilimitadamente, de las deudas de la sociedad, con carácter subsidiario a la sociedad en el caso de que el patrimonio social de esta sea insuficiente para responder de las deudas sociales. Singularmente, en el caso del socio comanditario en la sociedad comanditaria (que coexiste con el socio colectivo) no responderá personalmente de las deudas de la sociedad comanditaria en el caso de que esta no tenga patrimonio social insuficiente para atender sus deudas y obligaciones, pues su responsabilidad personal se constriñe, única y exclusivamente, a la cantidad que, como socio, se obligó a aportar a la sociedad (dividendos pasivos).

– En el caso de las SOCIEDADES DE CAPITAL (sociedades anónimas [S.A.] y sociedades de responsabilidad limitada [S.L. o S.R.L.])

Los socios, como tales, no responderán, en ningún caso y frente a terceros acreedores, de las deudas sociales (deudas de la sociedad), toda vez que la responsabilidad del pago de las deudas y del cumplimiento de las obligaciones de la sociedad, en todo caso, corresponde a la sociedad. Al igual que ocurre con el socio comanditario, los socios de una sociedad de capital tienen constreñida su responsabilidad única y exclusivamente a la cantidad que, como socio, se obligaron a aportar al capital social de la sociedad (dividendos pasivos).

1) ¿Qué es una sociedad irregular y qué responsabilidad tienen los gestores de la misma?

Constituida una sociedad, por medio de una Escritura Pública, tienen la obligación de registrarla en el Registro Mercantil; en otro caso, el gestor o administrador va a ser responsable de las deudas.

2) Concepto y ejemplo de empresario turístico

Es una persona física o jurídica. Es el empresario individual o social que desarrolla una actividad empresarial calificada como turística. El Decreto 231/1965, de 14 de enero, considera empresas turísticas privadas:

  • Las de hostelería.
  • Las de alojamientos turísticos de carácter no hotelero (albergues, campamentos, bungalows, etc.).
  • Las agencias de viajes.
  • Las agencias de información turísticas.
  • Los restaurantes, cafeterías y otras que presten servicios directamente relacionados con el turismo y que reglamentariamente se denominen como tales.

3) Diferencia entre apoderado general y apoderado especial o singular

– El apoderado general: Debe tener inscrito su poder general en el registro mercantil correspondiente, puede hacer todo en nombre y representación de dicha, excepto firmar las cuentas anuales de la sociedad que en todo caso lo debe hacer el órgano de administración.

– El apoderado singular o especial: No tiene por qué estar inscrito en el Registro Mercantil (su poder no tiene por qué estar inscrito). Son aquellos auxiliares que tienen un poder limitado de representación que les permite actuar representando al empresario en una parte determinada del giro o tráfico de la empresa.

4) Sociedad anónima: Diferencia entre capital social y patrimonio social

– El capital social: Cuya cuantía se corresponde con el valor de las aportaciones efectuadas por los socios, es una cifra que se hace constar en los estatutos de la sociedad y, en cuanto tal, es una cifra estable, en el sentido de que no cambia a no ser que se modifiquen los estatutos. Mientras no se proceda a una modificación estatutaria, el capital social seguirá siendo el mismo: la cifra que como tal se hizo constar en los estatutos que se inscribieron en el Registro Mercantil al constituirse la sociedad.

– En cambio, el patrimonio social: Es el conjunto de bienes y derechos patrimoniales que en cada momento tiene la sociedad. Está formado por el dinero y demás bienes y derechos patrimoniales que aportaron los socios al constituir la sociedad. En el momento en que la sociedad empiece a desarrollar la actividad empresarial para la que fue constituida, su patrimonio social comenzará a variar: irá aumentando en la medida en que se obtengan ganancias e irá disminuyendo en la medida en que se produzcan pérdidas.

5) ¿En qué se divide el capital social de las sociedades anónimas?

El capital social de las sociedades anónimas se divide en acciones (S.A.) y el de las sociedades de responsabilidad limitada en participaciones (S.R.L.).

6) ¿Qué tipo de órganos de administración puede tener una S.A. o una S.L.?

  • Administrador único: (1 persona).
  • Administrador solidario: (2 o más personas y cada una de ellas puede actuar como si de un administrador único se tratara).
  • Administradores mancomunados: (2 o más personas que no pueden actuar como si de un administrador único se tratara, se necesita la firma del otro).
  • Consejo de administración: (2 o más personas, compuesto por presidente, secretario y vocales, todos ellos pueden ser o consejeros delegados de carácter solidario o mancomunado).

7) ¿Quién es el librador de la letra de cambio?

El que la libra, la emite o gira.

8) ¿Quién es el librado de la letra de cambio?

A quien se le da la orden para que pague al vencimiento expresado del título al tenedor legítimo del mismo.

9) ¿Quién es el tomador de la letra de cambio?

El primer tenedor legítimo del título, al que en principio se tendría que pagar el importe al vencimiento expresado.

10) ¿Qué significa la expresión cartular completa de la «contemplatio domini»?

Si una persona física actúa en nombre y representación de una persona física o jurídica debe expresar encima de su firma y debajo del nombre de la persona a quien representa su condición utilizando las partículas p.p. o p.o.

11) Completa la frase siguiente

Lo que no está en el documento…: lo que no está en el documento «no está en el mundo» – Antonio Garrigues.

PREGUNTAS GENERALES Y DE DERECHO FINANCIERO

1) Tipos de tributos

Impuestos, tasas y contribuciones especiales.

2) Artículo 3.1.1 de la Constitución Española

Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.

¿Qué pasó el 23 de Febrero de 1981?

→ Golpe de Estado en el Estado español.

¿Qué pasó el 20 de Noviembre de 1975?

→ Muerte de Francisco Franco.

1) Significado de anarquía

Ausencia total de estructura gubernamental en un Estado. Es un concepto que procede de la lengua griega y que hace mención a la ausencia de poder público. Puede estar relacionado con el movimiento político que propone la existencia de una organización social que no sea jerárquica o con un conflicto en un Estado consolidado (generalmente democrático).

1) ¿Qué pasó el 6 de Diciembre de 1978?

→ Constitución Española.

2) ¿Qué pasó el 14 de Abril de 1931?

→ Proclamación de la Segunda República.

3) ¿Qué es el hecho imponible?

Hecho de la realidad que el legislador ha decidido someter a gravamen.

1) ¿Qué es la base imponible?

Es la medida numérica del hecho imponible.

2) ¿Qué es el tipo de gravamen?

Es el porcentaje que se aplica sobre la base imponible o, en su caso, sobre la base liquidable.

3) ¿Qué es la cuota tributaria?

Es la cantidad que debe ingresar el sujeto pasivo por la realización del hecho imponible de un tributo, de acuerdo con la aplicación de los elementos de cuantificación previstos en la normativa del tributo.

4) ¿Cuál es el plazo de caducidad de un procedimiento administrativo-tributario?

El plazo es de 6 meses; comienza cuando el contribuyente recibe el acuerdo de iniciación y finaliza cuando recibe la resolución.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *