Derecho Romano: 1er Parcial

Derecho Romano: 1er Parcial

Bona fides: creencia de que se actúa conforme al derecho.

Pactum reservati dominii: pacto de reserva del dominio.

21 abril del 753 a.c. fundacion de roma

Monarquia

1.Romulo: propiedad 2.Numa: religion politeista

3.Tulo Hostilio: reglas guerra 4.Anco Marcio: rey pre-estrusco

5.Tarquino el antiguo 6.Servio Tulio: agrupar ciudadanos

7. tarquino soberbio: acabo monarquia

Instituciones bajo monarquia

  • Rey: toma decisiones
  • Senado: grupo venerables ancianos, aprueban normas, oligarquico y gerontocraticos
  • Comicios: asamblea ciudadanos organizados, UR si / A no
  • Paterfamilias: líder de domus con ius vitae necisque (d. de vida o muerte)

Instituciones bajo republica

  • Pontifex maximus: religiosos
  • dos consules: 1.Urbanus (ciudad) 2.Peregrinus (provincias)

Facultades: coercitio (funcion policiaca), iurisdictio (admin justicia) y mando militar

{El senado permanece y se consolida}

Desmembracion del consulado

  • Tribunado militar: paso a ser de la plebe
  • Censura: c/5 años
  • Cuestura: admin. justicia penal
  • Pretura: admin. justicia civil
  • Ediles: encargados de calles y mercados
  • DIctadura: lider poder absoluto art. 29 perturbación de la paz



Clasificación de Fuentes del derecho

  • formales: ley, costumbre y jurisprudencia
  • Historicas: docs institutas de gallo, manuscrito del digesto
  • Reales: sit. sociologicas que dan lugar a medidas juridicas

Romano

1. Costumbre: Inveterata consuetudo: repeticion de conducta + o – (hacer o no)

Opinio iuris sev necessitates: op. de su necesidad juridica

2. Lex Rogada: consules proponian ley, senado aprobaba y sometida a votacion en comicios.

Elementos: praescriptio, rogatio, sanctio

3. Plebiscito: medidas admin tomadas por la plebe

4. Senadoconsultos: consjs paternals que daba senado a gob.

5. Jurisprudencia: ciencia del d. en gral, tesis judiciales importantes, op. de jurisconsultos.

6. Edictos de magistrados: publicaciones de pretores [ius honorarium]

7. Const. imperial: ordenamientos de emperador



Ley de las XII tablas

tres derecho procesal, d. familia, d. sucesorio, d. de cosas, d. agrario, d. penal, d. publico, d. sacro

Lex de acuerdo a la sanctio

– Lex imperfecta: no sancion

– Lex minus quam perfecta: castigo

– Lex perfecta: anulacion del acto violatorio

– Lex plus quam perfecta: castigo y anulacion de violacion

Celso ius est ars boni et aequi: arte de lo bueno y lo equitativo

Act de jurisconsultos = Cavere, respondere, agere, scribere

+ Ius civile: d. romanos para romanos + ius gentium: d. comun de todos + Ius naturale: d. ideal + Ius honorarium: deriva de pretores

+ Ius publicum: regula supra a subordinación

+ Ius privatum: regula coordinacion entre ciudadanos



Preceptos ulpiano

*honeste vivere: vivir honestamente

*alterum non landere: no dañar al otro

*Suum cuique tribuere: dar a cada quien lo suyo

Parcial 2

Persona: centro de imputacion normativa

3 status para ser persona

– Libertatis: no ser esclavo

– Civitatis: ciudadano romano

– Familiae: independiente de patria potestad

– Nasaturus: ser concebido no nacido

Persona colectiva

* Corporaciones: personas asociadas voluntariamente o por fuerza de tradicion

* Fundaciones: afectaciones de patrimonio a fin determinado

Situación jurídica del liberto

1. operae officiales: acompañar en trayectos peligrosos

2. obsequium: respeto 3. d. a la herencia

Formas entre ciudadanía y extranjería

1. Ingenuos: ciudadanos romanos nacidos como tal

2. Latiniveteres: antiguos confederados. No tienen ius honorum

3.Liberto: no tiene ius honorum ni ius connubii

4.Latinicoloniarii

5.Latini iuniani: no comercio

6.Peregrinos: diambulantes (extranjeros)

7.Dediticios: Romanos que vivían cerca pero no cerca del imperio (extranjeros)

8.Barbaros: enemigos de Roma sin organización (territorial extranjero)

9.Extranjeros: no vivían cerca de roma

10.Esclavo



Atributos de la personalidad

+capacidad de goce: nadie es persona si no tiene esta capacidad

+ejercicio: no es esencial

+Patrimonio: conjunto de res corporales, incorporales y deudas que corresponden a una persona.

Bonne case: bienes (tangibles), derechos (intangibles), y obligación (deudas)

Atributos no esenciales

Domicilio: lugar donde una persona tiene el centro espacial de su existencia. (orgen, voluntario, legal)

Nombre: praenome (prenombre) y nombre gentilicio (nomen), se le agrega cognomen (apodo)

Lucio septimio bassiano

Derecho procesal civil Romano: conjunto de etapas que regulan el proceso jurisdiccional, pretor daba actio

Fases históricas de los sistemas procesales

1.- LEGIS ACTIONES

2.- SISTEMA FORMULARIO

3.- SISTEMA EXTRAORDINEM: instancia de inicio era el juez y en caso de inconformidad su superior

Ordo iudiciorum tenía dos instancias:

– In iure: se llevaba ante el pretor

– In iudicio: ante el iudex

Legis actiones: palabras sacramentales definían el resultado del fallo

S. Formulario: la existencia de la fórmula determina la dinámica del proceso. Fórmula: pacto procesal condensado que contenía instrucciones y autorizaciones que enviaba el magistrado al juez

Per verba concepts: con tus propias palabras

Contenido de la fórmula

– instituto iudicis: establecimiento del juez privado

– Demonstratio: breve explicación del pleito

– Intentio: pretensiones de las partes

– Condemnatio o adjudicatio: condena o adjudicación, consecuencia finales del proceso. Adjudicación: implica atribuir derecho de propiedad derivado de acciones particulares

– Exceptio

Pruebas en el derecho Romano

+ Documentos públicos/Privados

+ Juramento: Declaración de parte jurado

+ Prueba de testigos: testis unus, testis nullus

+ Peritaje: experto dando su opinión respecto de su expeditis

La ley se presume conocida por todos. La ignorancia de la ley no te exime de su cumplimiento

+ fama publica: concepcion de los demas

Sentencia– sentire- lo que siente el juez por sus sentidos

Medios de impugnación

1.- In integrum restitutio: antecedente de nulidad de actuaciones. Ocurre un incidente y se actúa respecto a eso.

2.- Revocatio in duplum: aseguras que la sentencia está mal y asumes ser condenado el doble en caso de perder. Más usado.

3.- Apellatio: aparece en sistema extraordinario, había superiores al juez. Generalmente son de sentencia definitiva.

Tutela y curatela: ante la falta de padre, hay necesidad de proteger a personas que no tienen quien los represente

Sistemas de parentesco

+ Agnatio: sistema agnaticio = patriarcal

+ Cognatio: sistema cognaticio = mixto

+ Matriz: sistema matriarcal = relación de madre con sus hijos

quot generationes, tot gradus: Hay tantos grados como generaciones.

Matrimonio pactos

– cum Mano: Paterfamilias de acuerdo de su hija iba este al poder del paterfamilias del cónyuge.

– Sine Mano: el paterfamilias seguía siendo de su hija

Arrhae sponcialiciae (arras esponsales): garantía de celebración del matrimonio

Donatio antenuptiae: patrimonio del Don a la doña

Dote: patrimonio de la doña al don

Tutela y Curatela

menores = tutor, mayores = curador. Pupilo: menor

Onus: carga

Derechos reales

– Derechos sobre las cosas.

– Son erga omnes (frente a todos)

Definición: derechos oponibles a cualquier tercero, que facultan a su titular para que saque provecho de una cosa, sea en la forma máxima que le permite el derecho (propiedad) o en una forma reducida, como sucede con los diversos desmembramientos de la propiedad (iura in re aliena).

Tipos de propiedad (obsoleta hoy en día)

– quiritaria o civile

– Bonitaria u honorarium: pretores resolvían de buena fe

Propiedad: ius utendi, fruendi et abutendi (usar, disfrutar y disponer).

— Disfrutar: obtener los frutos que es toda la ganancia lícita que deriva de la cosa.

— Tipos de frutos: naturales: industriales y civiles.

Cosas: elementos corpóreos e incorpóreos del mundo exterior, que pueden producir una satisfacción al hombre. dentro del comercio o fuera de.

Una cosa puede estar fuera del comercio por razones físicas(estrellas) o por razones jurídicas (órganos), las cuales también pueden ser de derecho humano o de derecho divino.

Por razones de derecho humano están fuera del comercio:

1.Las res communes omnium iure naturali: pertenecen a todos por derecho natural (costa Del Mar).

2. Res publicae: deben estar a disposición del público en general (carreteras)

3. Res universitatum: sustraídas al comercio por estar reservadas al uso de una corporación pública inferior al estado (municipio)

4. Cosas que están fuera del comercio: establecidas en derecho positivo con fundamento en consideraciones morales (futura herencia)

Prescripción positiva (moderno): medio para adquirir derechos por el transcurso del tiempo.

Prescripción negativa: medio para deshacerse de derechos por el transcurso del tiempo.

Derechos de garantía o pignus

-Prenda: se entrega

-Hipoteca: no se entrega la cosa

Derechos de goce

– ius in agro vectigali y enfiteusis: contrato

– Superficie

Servidumbre: derecho sobre un inmueble ajeno (el fundo sirviente), cuyo aprovechamiento debe aumentar la utilidad de un inmueble propio (fundo dominante) cercano al primero para obtener un aprovechamiento a uno de los terrenos que es vecino del otro .

+ servidumbre legal de paso

+ Predio dominante

+ Predio sirviente

Acciones reales

1.- actio reivindicatoria

-re= cosa

-Vindic = vendetta = venganza

-Restituirla a su legítimo

2. Actio confessoria

Objeto: reconocimiento o constitución de uam sebudumbre real

3.- actio negatoria

Objeto: oposición a la constitución de una servidas

4. Actio rescisoria aparece para disolver los efectos de la prescripción

Disuelve contratos

5.- actio Serviana (hipotecaria): para hace efectiva la gargantua hipotecaria derivado de la falta del pago o cumplimiento de la acción que garantiza.

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