Derecho Romano: Conceptos Fundamentales

1. Las Cosas

El derecho real presupone la existencia de una cosa sobre la cual recae la conducta autorizada al titular, entendiéndose por cosa o bien todo objeto del mundo exterior que puede producir alguna utilidad al hombre.

2. Cosas Fuera del Comercio por Razones de Derecho Divino

  • Res sacrae: terrenos, edificios y objetos consagrados al culto.
  • Res religiosae: cosas destinadas al culto doméstico, como sepulcros.
  • Res sanctae: muros y puertas de la ciudad, encomendados a la protección de alguna divinidad.

3. Cosas Fuera del Comercio por Razones de Derecho Humano

  • Res communes: uso común a todos los hombres, como el aire, el agua corriente, el mar y la costa del mar.
  • Res publicae: pertenecen al pueblo romano, como carreteras, puertos, ríos, edificios públicos y calles de la ciudad.

4. Res Mancipi y Res Nec Mancipi

Res mancipi: terrenos y casas propiedad de ciudadanos romanos en suelo itálico, servidumbres, esclavos y animales de tiro y carga.

5. Cosas Muebles e Inmuebles

Inmuebles: terrenos y edificios; muebles: demás bienes. La enajenación de inmuebles requería mayores requisitos y formas solemnes.

6. Cosas Divisibles e Indivisibles

Divisibles: pueden fraccionarse sin destruirse; indivisibles: no pueden fraccionarse sin sufrir menoscabo, como una obra de arte.

7. Cosas Principales y Accesorias

Principales: determinadas por sí solas y sirven directamente a las necesidades del hombre; accesorias: determinadas por otra cosa de la cual dependen, como un árbol.

8. Cosas Consumibles y No Consumibles

Consumibles: se acaban con el primer uso, como los comestibles; no consumibles: pueden usarse repetidamente, como los muebles.

Definición y Naturaleza Jurídica de la Posesión

9. Elementos de la Posesión

  • Corpus
  • Animus

10. Interdictos para Retener la Posesión

  • Interdictum retinendae possessionis
  • Interdictum uti possidetis
  • Interdictum utrubi

11. Interdictos para Recuperar la Posesión

  • Interdictum recuperandae possessionis
  • Interdictum unde vi
  • Interdictum precario
  • Interdictum de clandestina possessione

12. Concepto de Propiedad

Derecho real de usar el objeto por el titular.

13. Propiedad Quiritaria

Acción real para pedir el reconocimiento del derecho y la restitución del objeto.

14. Propiedad Bonitaria

Cuando falta algún requisito exigido por el derecho civil.

15. Copropiedad

Varias personas son titulares del derecho de propiedad sobre el mismo objeto.

16. Usucapio

Adquisición de la propiedad por posesión continuada durante el tiempo señalado por la ley.

17. Obligación

Vínculo establecido por el derecho que obliga a cumplir una determinada conducta.

18. Sujetos

  • Acreedor: derecho a la conducta del deudor.
  • Deudor: deber jurídico de cumplir con la conducta.

19. Objeto

Conducta o comportamiento que el deudor debe observar en favor del acreedor.

20. Obligaciones Ambulatorias

Sujetos individualmente determinados desde un principio.

21. Obligaciones Parciarias

Un solo acreedor y un solo deudor.

22. Obligaciones Correales o Solidarias

Más de dos sujetos.

23. Obligaciones Divisibles e Indivisibles

Divisibles: prestación fraccionable sin menoscabo; indivisibles: lo contrario.

24. Obligaciones Genéricas y Específicas

Genéricas: objeto indicado solo por su género; específicas: objeto determinado.

25. Obligaciones Alternativas y Facultativas

Alternativas: dos o más prestaciones, el deudor cumple solo una; facultativas: una sola prestación.

26. Fuentes de las Obligaciones

Hechos jurídicos de donde emanan las obligaciones.

27. Contrato

Acuerdo de voluntades que produce obligaciones civiles.

28. Delito

Hecho contrario al derecho y castigado por la ley.

29. Cuasicontrato

Carece de consentimiento de los sujetos.

30. Pactos

Acuerdo respecto de un objeto determinado.

31. Pactos Nudos

Obligaciones de carácter natural sin protección jurídica.

32. Pactos Vestidos

Pactos con acción para su protección jurídica.

33. Mora

Retraso culpable o doloso en el cumplimiento de una obligación.

34. Mora Debitoris

Retraso imputable al deudor y deuda vencida.

35. Mora Creditoris

Rechazo injustificado de la oferta de pago del deudor.

Modos Extintivos que Operan Ipso Iure

36. Pago

Modo normal de extinguir la obligación.

37. Novación

Sustitución de una obligación por otra.

38. Pérdida de la Cosa Debida

Si el objeto de la obligación es una cosa específica y se pierde por causa no imputable al deudor.

39. Muerte o Capitis Deminutio del Deudor

Extinción por muerte o pérdida de capacidad jurídica del deudor.

Clasificación de los Contratos

40. Contratos Litteris o Escrito

Perfeccionados mediante el uso de determinada forma escrita.

41. Mutuo

Contrato unilateral.

42. Comodato

Entrega de una cosa no fungible para su uso y devolución dentro del plazo fijado.

43. Depósito

Entrega de una cosa mueble para su guarda y devolución a requerimiento.

44. Prenda

Entrega de una cosa a un acreedor como garantía de un derecho.

45. Compraventa

Transferencia de la posesión libre, completa y duradera de una cosa determinada mediante el pago de una cantidad cierta y en dinero.

46. Mandato

Encargo de realizar determinado acto por cuenta y en interés del mandante.

47.

Comandato:

de buena fe, por medio del cual una persona, llamada comodante, le entrega una cosa no fungible a otra, llamada comodatario, para que ésta la use para determinado fin y la devuelva dentro del plazo fijado.

48.Deposito:

Otro de los contratos reales es el depósito, mediante el cual una persona -el depositante-, entrega a otra -el depositario- una cosa mueble para su guarda, que debe ser devuelta a su requerimiento. Este es entonces un contrato sinalagmático imperfecto, gratuito y de buena fe.

49.Prenda:

un deudor o una tercera persona entrega una cosa a un acreedor, al que llamaremos acreedor prendario, para que la guarde en garantía de un derecho que éste tuviese en contra del primero.

50.Compraventa:

aquel contrato de buena fe por medio del cual una persona llamada vendedor se obliga a transferir a otra llamada comprador, la posesión libre, completa y duradera de una cosa determinada, mediante el pago de una cantidad cierta y en dinero

51.Mandato:

Podemos definirlo como el contrato en virtud del cual una persona -el mandante- le encarga a otra -el mandatario- que realice determinado acto por cuenta y en interés de aquél. contrato consensual.

52.Sociedad:

es un contrato sinalagmático y de buena fe, por el cual dos o más personas, llamadas socios, se obligan recíprocamente a aportar bienes o trabajo, para alcanzar un fin licito de utilidad común.

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