Derecho Romano: Familia, Ciudadanía, Propiedad y Obligaciones

1. Elementos de la Familia

Parentesco Agnatio (por la línea del varón), nomen gentilitium (los hace miembros de una misma gens) y culto religioso.

2. Teoría de Nasciturus

Al concebido se tiene por nacido para todo aquello que lo beneficie: donaciones, legado, herencias.

3. Prerrogativas de los Ciudadanos Romanos

  1. Derechos políticos: ius sufraggi (derecho de votar en los comicios) y ius honorum (derecho de ejercer las magistraturas).
  2. Derechos públicos: protegen la libertad individual.
  3. Derechos cívicos: derecho a tomar parte en las ceremonias religiosas, figurar en los registros del censor y obligar a pagar impuestos.

4. Líneas de Parentesco

  1. Línea Directa: une a las personas que descienden de un autor común.
  2. Línea Colateral: une a personas que descienden de un mismo autor común sin descender unas de otras.

6. Causas de Incapacidad y Excusa en la Tutela

Causas de Incapacidad

  • Ser peregrino.
  • Menor de edad.
  • Esclavo.

Causas de Excusa

  • Enfermedad grave.
  • Estar en campaña.
  • Mayor de edad.

7. Causas de Extinción de la Patria Potestas

Acontecimientos Fortuitos

  1. Muerte del paterfamilias.
  2. Pérdida de la ciudadanía del padre.
  3. Reducción a la esclavitud del padre.
  4. Elevación del hijo a ciertas dignidades religiosas o políticas.
  5. Caída en esclavitud del hijo.
  6. Hija por caer in manu.

Actos Solemnes

  1. El paterfamilias tiene derecho a vender al hijo y someterlo al mancipium de un tercero.
  2. En el caso de un hijo varón en el primer grado, la patria potestas se rompe por tres mancipaciones sucesivas; con respecto a los otros descendientes basta con una.
  3. El mancipium se disuelve, como la dominica potestas, por una manumisión vindicta.

8. Concepto de Matrimonio según Modestino

El matrimonio es la unión del hombre y de la mujer, implicando igualdad de condición y comunidad de derechos divinos y humanos.

9. Requisitos para Contraer Matrimonio

  1. Pubertad (varones catorce años y mujeres núbiles a los doce).
  2. Consentimiento de los contrayentes.
  3. Consentimiento del paterfamilias.
  4. Connubium.

10. Impedimentos para Contraer Matrimonio

  1. Parentesco: prohibido entre hermanos, tíos y sobrina.
  2. Adopción: crea un lazo de agnación entre el adoptado y la nueva familia, prohibiendo el matrimonio.
  3. Afinidad: ilícito entre ascendientes y descendientes por afinidad.
  4. Adulterio y rapto: ley Iulia prohíbe entre la mujer condenada por adulterio y el cómplice, y entre el raptor y la mujer.
  5. Razones políticas y sociales.

11. Bienes Adquiridos por Occupatio según Modestino

  1. Animales salvajes capturados por caza y pesca.
  2. Botín hecho al enemigo.
  3. Piedras preciosas, perlas y coral encontrados en el mar.
  4. Islas que se forman en el seno del mar.
  5. Tesoro: depósito antiguo de dinero escondido en otra cosa, imposible de identificar por quien lo escondió.

12. Conceptos de Incorporación, Especificación, Adjunción y Mezcla

Incorporación

Se divide en dos:

  1. Construcciones y trabajos hechos en un terreno con materiales no pertenecientes al propietario, que es el propietario.
  2. Árboles y vegetales en general pertenecen al dueño del terreno.

Especificación

Transformar una materia prima en una cosa nueva, diferente en aspecto, destino y nombre.

Adjunción

Cuando un objeto mueble se incorpora a otro mueble como accesorio; el propietario del principal lo será del todo.

Mezcla

Cuando cuerpos sólidos pertenecientes a distintos propietarios se confunden en una masa común.

13. Superficie y Enfiteusis

Superficie

Derecho real pretorio que permite gozar a perpetuidad o a largo plazo una construcción hecha sobre el terreno de otro, a cargo de pagar una retribución al propietario.

Enfiteusis

Derecho real transmisible que consiste en el más amplio disfrute de un fundo ajeno. Este disfrute fue tan extenso que los comentaristas lo designan como dominio útil, llamando dominio directo al reservado al dueño del fundo.

14. Conceptos de Uso, Habitación y Operae Servorum

Uso

Derecho de retirar de una cosa todo el uso de que pueda ser susceptible, pero sin percibir ningún fruto.

Habitación

No se extingue por el no uso ni por la capitis deminutio de su titular, pues consiste más bien en un hecho que en un derecho; el que tiene este derecho puede rentarlo.

Operae Servorum

Los trabajos de los esclavos; legado que tenía por objeto aprovecharse de los trabajos de un esclavo y también de alquilarlos.

15. Naturaleza de las Obligaciones

  1. Civiles: obligan al deudor para con su acreedor, este no contraía ninguna obligación.
  2. Pretorias: establecidas por el pretor en virtud de su jurisdicción.
  3. Derecho de gentes: procedentes de contratos derivados de ese derecho, como el comodato, el depósito y la compraventa.
  4. Naturales: el acreedor no cuenta con una acción procesal para hacer valer su crédito, pero si el deudor cumple con lo que se debe, su pago es válido y garantiza las garantías reales o personales.

16. Tipos de Frutos

  • Naturales
  • Civiles

17. Tipos de Propiedad

Propiedad Quiritaria o Civil

Solo podían adquirirla los ciudadanos romanos.

Propiedad Provincial

Se pagaba stipendium o tributum.

Propiedad Bonitaria o Pretoriana

Cuando la propiedad estaba in bonis.

Propiedad de los Extranjeros

Se transmitía por el derecho de gentes, que son la traditio y la occupatio.

18. Acciones en la Copropiedad

  • Communi dividundo
  • Familiae erciscundae

19. Modos Originarios de Adquirir la Propiedad

Occupatio

Adquisición de cosas que no pertenecen a nadie, sin venta o transmisión.

Accesión

: Consiste en adquirir una cosa como accesoria de otra cosa que ya nos pertenece 

18. Modos derivados de adquirir la propiedad

Por el derecho de gentes y sus modos son:

Mancipatio: Es una venta ficticia- imaginaria

In lure Cessio: Es un proceso ficticio de reivindicación.

Adjudicatio: Es la atribución de propiedad hecha por el juez en virtud de un poder especial que le pertenece solamente en las acciones de partición y deslinde.

La usucapio: que es la adquisición de la propiedad al término exigido por la ley.

La Traditio: que es la remisión de una cosa o una persona, por otra persona tradens. No es un acto solemne ni un acto jurídico, es solo la entrega del corpus.

Lex (Ley): Es toda adquisición de la propiedad que se hace en virtud de la ley

                                                                                                             TERCER PARCIAL

1. Es un acto personal, unilateral y solemne que contiene la institución de uno o varios herederos y destinado a producir sus efectos solemnes después de la muerte.

Testamento

2. El testamento calatis comitiis se realiza en presencia de:

Los comicios por curias convocados en efecto y en presencia de los pontífices en roma.

3. El testamento procinctu se realiza en

En cualquier lugar en tiempos de guerra

4. Es la persona de confianza, encargada de entregar la sucesión al verdadero heredero, adquiere el patrimonio como depósito:

Fiduciario

5. El testador sostiene el escrito en la mano en presencia del familiae emptor, el libripens y cinco testigos es el Testamenti

TESTAMENTUM PER AS ET LIBRAM


6. Se realiza bajo tres reglas el testamento:

Testamento Tripertitum

7. Es la facultad de realizar testamento le corresponde al testador

Testamentum Activa

8. Es la capacidad que tiene el heredero para heredar es el:

Testamenti Factio

9. Es la declaración expresa de excluir a un hijo a heredar

Desheredacion en el Derecho Civil

10. Puede testar con licencia del príncipe

El sordo y el mudo

11. Cuando el testamento se considera contrario a la ley es

Ineficaz

12. El testamento es válido al inicio, pero puede ser ineficaz por las siguientes causas:

Testamentum Ruptum, Irritum y Destitutum

13. Se confecciona un testamento posterior a otro testamento será testamento

Ruptum

14. No exigía solemnidad, daba lugar al acrecentamiento o sustitución la ejercitaba el heredero cuando no consentía la sucesión

Tenía la Petitio

15. Se instituía a un esclavo para heredar y se le otorgaba la manumisión luego entonces era heredero

La concesión de la libertad

16. Los herederos instituidos no aceptaban la sucesión el testamento es

Repudiado

SEGUNDA TABLA

1. Cuando una persona paga por error lo que no debe y quien ha recibido está obligado a devolver lo que ha sido pagado PAGO DE LO INDEBIDO


2. Es un contrato por el cual una persona da el cargo a otra persona de realizar gratuitamente el acto determinado un conjunto de operaciones MANDATO

3. son los actos que ejecutaba un deudor a sabiendas para aumentar su insolvencia en prejuicio de sus acreedores FRUCTUS CREDITORUM

4. Es la sustracción fraudulenta de una cosa con intención de lucro FURTUM

5. Consideraban la rapiña el dolo la violencia y el fraude DELITOS PRETORIOS

6. Contrato por el cual una persona transfiere gratuitamente la propiedad de cosas genéricas a otra persona que se obliga a restituirlas al cabo de cierto tiempo. MUTUUM

7. Atentaban contra el orden público la organización poli administrativa o la seguridad del estado DELITOS PUBLICOS

8. Es de Gran utilidad para los ausentes Pues un tercero se puede ocupar de sus asuntos a fin de que no se les ocurra por su indefensión que otro se ha puesto en posesión de sus bienes y que estos se vendan o sufran una acción penal. GESTION DE NEGOCIOS

9. Son los bienes arrebatados con violencia RAPIÑA

10. Contrato accesorio que garantiza una obligación principal sea esta civil pretorio natural y no se extingue sino hasta que se haya hecho el pago total por ser indivisible PIGNUS

11. Es un contrato por el cual una persona entrega gratuitamente una cosa a otra persona para servirse de ella y devolverla después de haber hecho el uso convenido COMODATO

12. Se considera a una cosa que es común entre muchos sin que haya entre ellos una sociedad INDIVISION

13. Se considera el furtum iniuria y el damnum iniuria DELITOS CIVILES

14. Comprende todo ataque a la persona golpes heridas difamación verbal escrita violación de domicilio ultrajes al pudor todo acto que comprenda honor y reputación ajena INIURIA

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