Quienes ejercían el poder político se expedían y tenían que poner límites y de ahí surgen los derechos humanos, los particulares también pueden ejecutar actos violatorios a derechos humanos cuando abusan de su autoridad, por lo que aparece lo que se llama horizontalidad.
La horizontalidad de DH es posible la ulceración de DH entre particulares teoría alemana, ley de amparo 2013 los particulares tendrán la calidad de autoridad responsable cuando realicen actos equivalentes a los de una autoridad pública, interpretación jurisprudencial.
Antes del 2011 se conocían como garantías individuales.
Tesis 15/2012 nos da el criterio es posible hablar de violación de derechos humanos por parte de particulares donde la ley no distinga, no debemos distinguir.
Hacia la vulneración a derechos humanos no debemos distinguir entre autoridades y particulares.
Derechos humanos
Derechos fundamentales sinónimo de derechos humanos, aquellos contenidos en la constitución, aquellos contenidos en las normas jurídicas y en la CPEUM.
Derecho privado hablamos de un espacio donde las relaciones jurídicas se dan entre particulares. Hay que priorizar a lo que le decimos derechos humanos porque si todo toma ese carácter pierde el criterio de prioridad.
Marco golfo Torres vs mayor canuto Ortega juez de distrito niega el amparo porque solo procede cuando se ven involucradas autoridades reales. La SCJN concede el amparo en virtud de que todas las personas que disponen de fuerza pública en circunstancias legales o de hecho.
Este caso fue la primera 5 sentencia que conforman un criterio jurisprudencial hasta 1996.
Concepto autoridad responsable organismos públicos.
La protección no jurisdiccional de derechos humanos la da la CNDH y la procuraduría de derechos humanos.
La autoridad responsable es la parte de la que emana el acto reclamado y contra quien se demanda la protección de justicia federal en el amparo.
Que son los derechos humanos son los derechos naturales, morales, fundamentales y garantías individuales 1917.
Concepto contemporáneo de DH: acceso, se concretan, reconocimiento, positivación, objeto, concretan exigencias.
Elementos esenciales en el concepto de derechos humanos
Valor, bien jurídico, principio jurídico, derecho humano no base y condición.
Principios hermenéuticos inalienables, imprescriptibles, universales, irrenunciables, progresivos y efectivos. Las autoridades tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
Universalidad de los DH núcleo contenido intocable e incuestionable, halo de incertidumbre hay duda.
Clasificación de los DH civiles y políticos, DESCA, derechos de los pueblos.
El derecho a la no discriminación aparece en México en el 2001.
Etapas primeras civilizaciones, positivación, internacionalización, surge el estado constitucional como nuevo paradigma un antes y un después.
La internacionalización de los derechos consecuencias replanteamiento de porvenir de la humanidad, aceleración histórica de DIDH, replanteamiento de derecho.
El estado de derecho es el modelo o serie de pautas que van a definir el derecho y cómo se debe incorporar en una comunidad política determinada.
Al estado constitucional.
Sus antecedentes son a Revolución francesa.
El cambio de paradigma de estado legislativo a estado constitucional.
El legislador ya no es omnipotente ahora los jueces van a ser protagonistas.
Es la base para la reforma constitucional del 2011.
Reconocimiento jurídico de los DH, CPEUM, DIDH tratados y jurisprudencia coidh, recomendaciones internacionales, legislación en general.
Los DHS son base para textos constitucionales, México 1821 y hasta 1824 se formaliza, mandato popular cláusulas naturales, el constituyente reconoce DHS aunque el pueblo no lo pida, lugar y la forma que adquieren los DHS en la constitución.
La diferencia entre constitución y el resto de leyes es que la constitución funda y constituye y tiene supremacía.
2001 reforma materia de no discriminación y pueblos indígenas y 2011 reforma en materia de DHS.
Consecuencias declaración universal DHS documento más leído, aceleración histórica, DHS objeto preferente de estudio, replanteamiento del propio derecho.
Caso ardilla pacheco sentencias de la coidh son vinculantes para el PJF y por lo tanto para la SCJN. Será obligatoria y vinculante aun y en los casos en que México no forme parte de la sentencia y tiene que ser oficiosa es decir sin que nadie lo pida.
Control de constitucionalidad estado hará frente a sus obligaciones en cuanto al respeto y garantía de los DH.
Acciones de inconstitucionalidad norma provoca o provocaría determinada afectación.
A partir del 2011 hay plurivalente de intérpretes del texto constitucional, principio universal y pro persona, reforma constitucional.
Pasos para la tomar en cuenta CoIdh criterio emitido del cual estado mexicano no haya sido parte la aplicabilidad dependerá de la verificación de la existencia de las mismas razones que motivaron el pronunciamiento, armonizar jurisprudencias, en caso de no poder armonizar principio pro persona.
La jurisprudencia es vinculante si, la SCJN puede analizar revisar e incluso corregir una sentencia de la Coidh no tiene la facultad para analizar calificar revisar solo cumplir.
Funciones de la coidh contenciosa emiten sentencias consultiva estados miembro preguntan a la coidh esta obligada a responder a una opinión consultiva en México no son vinculantes pero si orientadoras y en caso de no tomarlas en cuenta se tiene que dar una explicación.
El sistema interamericano es institucional, científica, CIDH relató Tia y científica, CoIDH, Jurisprudencia y DIDH.
Control de constitucionalidad concentrado difuso y mixto.
2 dimensiones pro persona preferencia normativa el más favorable y preferencia interpretativa.
Interpretación constitucional sentido estricto normas de la constitución y sentido amplio interpretación de la constitución y desde la constitución otra acepción SCJN.
Germán Hesse unidad constitucional, concordancia práctica valores derechos y principios de dignidad, corrección funcional, función integradora, fuerza normativa de la constitución, legal solo 1 interpretación constitucional varias.
La premisa fundamental siempre es constitucional.
Perspectivas generales y específicas.
1827 código civil Oaxaca.
19992 reconocimiento de pluriculturalidad.
2001 constitucionalización de los derechos humanos indígenas.
1912 se promulga CPEUM garantías.
1977 transformación del sistema político.
1995 reforma constitucional consejo de la judicatura federal división de poderes.
1998 CoIDH jurisdicción obligatoria de la corte interamericana.
2011 reforma integral de derechos humanos.
Las dos ópticas del principio de igualdad se refieren a dos enfoques complementarios. «Como no discriminación» implica tratar a todas las personas de manera justa y sin hacer distinciones injustas basadas en características como género, raza, religión, etc. Mientras tanto, «como no subordinación» destaca la importancia de evitar relaciones jerárquicas opresivas, asegurando que todos tengan igualdad de poder y oportunidades. Ambos enfoques buscan garantizar una igualdad genuina en diversos contextos.
Un recurso judicial es adecuado cuando su interposición puede proteger el derecho que se alega violado.
Un recurso judicial es efectivo cuando es capaz de obtener el resultado para el cual fue creado.
A. las leyes internas no establecen el debido proceso para proteger los derechos que se alegan violados;
B. la presunta víctima no tuvo acceso a los recursos internos o se le impidió agotarlos; o
§ hay demora en emitir una decisión final
sobre el caso sin que exista una razón válida.