Valores y Símbolos de la UE
Tras el Tratado de Lisboa, las referencias a los símbolos de la UE quedaron recogidas en una declaración aneja sin valor jurídico vinculante. Algunos de estos símbolos son:
- Día de la UE: 9 de mayo (Aniversario de la Declaración Schumann)
- Lema: In varietate concordia (Unida en la diversidad)
- Bandera: 12 estrellas doradas de 5 puntas en círculo sobre fondo azul (símbolo de perfección y plenitud)
Valores de la UE (Art. 2 TUE)
El Tratado de la Unión Europea (TUE) establece los valores del ordenamiento jurídico de la UE, con tres consecuencias jurídicas:
- Condición para el ingreso de nuevos Estados (Art. 49 TUE)
- Procedimiento sancionador por violación grave y persistente de un Estado miembro (Art. 7 TUE)
- Procedimiento preventivo ante riesgo de violación grave (Art. 7 TUE)
- Respeto de estos valores en la acción exterior de la UE (Arts. 21 y 23 TUE y 205 TFUE)
Principios Democráticos de la UE (Art. 9-12 TUE)
El Título II del TUE define los principios democráticos en relación con:
- Igualdad de los ciudadanos: Todos los ciudadanos de la UE se benefician por igual de la atención de las instituciones.
- Democracia representativa: Representación mediante la elección del Parlamento Europeo y participación en la vida democrática de la Unión.
- Representación de los Estados miembros: Todos los Estados miembros están representados en condiciones de igualdad (Art. 4.2 TUE).
- Parlamentos nacionales: Guardianes del principio de subsidiariedad, intervienen en la revisión de los tratados.
Iniciativa Ciudadana Europea (ICE)
Permite a los ciudadanos invitar a la Comisión a presentar propuestas legislativas (Reglamento (UE) n° 211/2011). Requiere al menos un millón de ciudadanos de al menos un cuarto de los Estados miembros. Un comité de ciudadanos de siete Estados miembros gestiona la iniciativa. Se debe registrar la propuesta ante la Comisión, que verifica su admisibilidad. Tras la recogida de firmas y la certificación por los Estados miembros, la Comisión examina la iniciativa y emite una comunicación.
Derechos Fundamentales en la UE
Los derechos fundamentales son parte integrante de los sistemas constitucionales de los Estados miembros. El Tratado de Lisboa (Art. 6.2 TUE) prevé la adhesión de la UE al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales (CEDH).
La Carta de Derechos Fundamentales de la UE
El Tratado de Lisboa otorga carácter vinculante a la Carta de Derechos Fundamentales de la UE. Proclamada en Niza (2000) y de nuevo en Estrasburgo (2007).
Estructura de la Carta
- Título I: Dignidad (Arts. 1-5)
- Título II: Libertades (Arts. 6-19)
- Título III: Igualdad (Arts. 20-26)
- Título IV: Solidaridad (Arts. 27-28)
Protocolos de No Aplicación
La Carta no se aplica a Polonia y al Reino Unido, y se preveía la inclusión de la República Checa. Estos Estados miembros mantienen la protección de los derechos fundamentales a través de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia.
Derechos Humanos y Acción Exterior de la UE
La UE condiciona la ayuda a terceros países al respeto de la democracia y los derechos humanos, mediante:
- Cláusula de democracia y derechos humanos
- Cláusula de retirada del Sistema de Preferencias Generalizadas por incumplimiento de derechos laborales
- Posiciones comunes en la PESC
La Ciudadanía de la UE y su Estatuto Jurídico
El Tratado de Lisboa (Art. 20.1 TFUE) establece que la ciudadanía de la Unión se añade a la ciudadanía nacional sin sustituirla.
Derechos de la Ciudadanía Europea
Libre Circulación y Residencia
Este derecho está sujeto a condiciones y restricciones (orden, salud y seguridad pública). La Directiva de 2004 distingue tres situaciones:
- Derecho de circulación y residencia hasta tres meses
- Derecho de residencia superior a tres meses
- Derecho de residencia permanente
Sufragio Activo y Pasivo
- Elecciones municipales: Directivas 94/80 y 96/30 (transpuestas en España mediante LOREG y Art. 13 CE)
- Elecciones al Parlamento Europeo: Directiva 93/109
Protección Diplomática y Consular
Decisión 95/353 del Consejo (1995) y Decisión 96/409/PESC (Documento Provisional de Viaje).
Derecho de Petición ante el Parlamento Europeo
Cualquier persona con domicilio social en la UE puede presentar una petición relacionada con el ámbito de actuación de la UE.
Derecho de Reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo
En caso de mala administración por parte de las instituciones de la UE (excepto el Tribunal de Justicia). La queja debe presentarse por escrito y dentro de un plazo de dos años.
Lengua de Peticiones y Reclamaciones
Derecho a ejercer estos derechos en cualquier lengua oficial de la UE y a recibir respuesta en la misma lengua.
Transparencia
Derecho de acceso a los documentos del Parlamento Europeo, la Comisión y el Consejo.