Obligación jurídica mercantil. La que tiene que cumplir el deudor o sujeto pasivo de la relación para con el acreedor, o sujeto activo, pudiendo consistir en una presentación de dar, hacer o no hacer.
-Elementos de las obligaciones: La relación jurídica, los sujetos y el objeto
1. Relación jurídica. Se lleva a cabo por medio de contratos mercantiles, que son acuerdos de voluntades entre las partes con la finalidad de crear o transmitir derechos y obligaciones. 2. Sujeto. Son por una parte el pasivo o deudor, quien se obliga a cumplir con la presentación pactada y por la otra, el activo o acreedor quien tiene el derecho de exigir al deudor el cumplimiento de la presentación. 3. Objeto u objetos. Materia de la misma, que consiste en la prestación de dar, hacer o no hacer.
Clases de obligaciones
POSIBLE EXAMEN (TODAS DE LA A A LA E)
a) Puras y condicionales.
Puras:Son aquellas que su cumplimiento no esta sujeto a que se presente determinado plazo o condición, es decir, simplemente las partes obligadas entregan o cumplen con las prestaciones pactadas.
Condicionales. Son obligaciones condicionales aquellas cuya existencia o resolución depende de un acontecimiento futuro o incierto.
b) A plazo. Son aquellas que se pactan para su cumplimiento y se ha señalado un díaespecífico para este. Pueden ser una obligación a plazo suspensivo o una obligación sujeta a plazo extintivo o resolutorio. C) Conjuntivas y alternativas. Conjuntiva: Aquellas en las cuales el sujeto pasivo deudor se obliga a cumplir con diversas cosas, debiendo de dar todas las primeras y prestar todas las segundas. Tiene que pagar cumplir con todas por igual, no por partes, si le falta pagar o cumplir con una obligación no ha cumplido como deudor. Alternativas: El deudor, se obliga a cumplir con solo una prestación de varias a escoger, no tiene que llevar a cabo todas. D) Mancomunadas y solidarias (CREO QUE ESTA DIJO QUE Vendría AHUEVO)
Obligaciones mancomunadas:Son mancomunadas cuando existe pluralidad de acreedores o de deudores, en la cual los primeros solo pueden exigir la parte proporcional de la deuda, y os segundos están obligados a pagar la parte proporcional de la deuda. Solidarias:Cualquier acreedor tiene derecho de exigir a cualquier deudor el pago total de los demás obligados en el contratoplural. E) De dar, hacer y no hacer 0bligaciones de dar: Deudor tiene como prestación obligada, entregar el dominio o propiedad de un bien. Hacer: Actas o actividades que se obliga a realizar el deudor. No hacer: Se pactan que el sujeto o pasivo o deudor se obliga a no hacer algo.
Obligaciones mancomunadas:Son mancomunadas cuando existe pluralidad de acreedores o de deudores, en la cual los primeros solo pueden exigir la parte proporcional de la deuda, y os segundos están obligados a pagar la parte proporcional de la deuda. Solidarias:Cualquier acreedor tiene derecho de exigir a cualquier deudor el pago total de los demás obligados en el contratoplural. E) De dar, hacer y no hacer 0bligaciones de dar: Deudor tiene como prestación obligada, entregar el dominio o propiedad de un bien. Hacer: Actas o actividades que se obliga a realizar el deudor. No hacer: Se pactan que el sujeto o pasivo o deudor se obliga a no hacer algo.
Formas de trasminar las obligaciones (EXAMEN DE LA A A LA C) a) Cesión de derechos.Se hace cuandoel acreedor transfiere a otro los que tenga contra su deudor. El acreedor que lo cede se llama cedente y el que lo recibe se llama cesionario. b) Cesión de deudas. Es la sustitución de un deudor por otro en una relación jurídica mercantil. Es necesario que el acreedor consienta en la sustitución de deudor. – Consentimiento express: Con las manos, escrito, hablado, ademanes. – Consentimiento táctico: Hechos o actos que presumen o presupongan que están de acuerdo. c) Subrogación. Es la sustitución de un deudor por otro sin el consentimiento del acreedor.
Formas de extinguir las obligaciones (EXAMEN/ MENCIONAR O DESCRIBIR)
a) Pago. Forma más común de liquidar las obligaciones. Definición. Es la entrega de la cosa o cantidad debida a la prestación del servicio que se hubiera prometido. B) Dación en pago.Se realizacuando el acreedor acepta recibir por pago una cosa distinta a la pactada, y tiene como condición para llevarse a cabo, que el acreedor este de acuerdo en recibir como pago de su deudor otra cosa distinta. c) Compensación. Se lleva a cabo cuando 2 personas reúnen las calidades de deudores y acreedores recíprocamente, debíéndose extinguir las deudas hasta la cantidad que importe la menor. D) Confusión de derechos. Se lleva a cabo cuando en una misma persona se reúnen las calidades de acreedor y deudor. E) Novación (renovar). Las partes convienen sustituir o extinguir las obligaciones existentes por otras nuevas, alterándolo sustancialmente. F) Remisión de deuda. Es el perdón que de la misma hace el acreedor a su deudor, puede ser parcial o total. G) Nulidad. Es causa de extinción de las obligaciones, cuando es declarada por la autoridad judicial, cuando las partes no cumplen en su realización con su requisito necesario de validez. H) Recisión. Existen 2 formas: 1. Se presenta cuando las partes de común acuerdo, por conveniencia de interés, deciden terminar o deshacer las obligaciones. 2. Cuando una de laspartes no cumple con el pago de su prestación, lo que da derecho al acreedor de exigir la recisión o terminación. – Arrendador.Obligación entregar el bien – Arrendatario. Su obligación es pagar
4. Incumplimiento de las obligaciones. Cuando en materia mercantil una de las partes no cumple con sus obligaciones, incurre en mor ay causa a su contraparte daños y perjuicios económicos sancionadas en una cláusula penal. A) Mora. Retardo en el cumplimiento de una obligación mercantil por parte del sujeto pasivo o deudor. B) Daños y perjuicios. Efectos de las obligaciones que se producen cuando el sujeto pasivo o deudor no cumple con el pago de la prestación pactada. -Daños. Se entiende por daño la pérdida o por falta de cumplimiento de una obligación -Perjuicio. La privación de cualquier ganancia licita que debiera haberse obtenido con el cumplimiento de la obligación.
c) Clausula penal. Es una condición del contrato en la que las partes pactan que si el deudor no cumple en tiempo y forma con su obligación se hace merecedor de una pena o sanción económica.