Diligencias Voluntarias Extrajudiciales: Venta de Bienes de Menores
En el presente documento, se detalla el procedimiento de diligencias voluntarias extrajudiciales para la disposición de bienes de menores de edad, llevado a cabo en Guatemala. La requirente, actuando en calidad de madre y en ejercicio de la patria potestad, busca la autorización para vender los derechos de copropiedad de sus hijos menores sobre un inmueble.
Identificación de las Partes y Acreditación
La requirente, en su calidad de madre, representa a sus hijos menores de edad, Jorge Rafael y Juan Alberto, ambos de apellidos Rodas Molina. Se acredita esta representación mediante las certificaciones de las partidas de nacimiento de los menores, extendidas por el Registro Nacional de las Personas en la ciudad capital el 21 de enero de 2021. Además, se adjunta la partida de defunción del cónyuge de la requirente, el señor Julio Rodas Saenz, quien falleció el 1 de enero de 2014, certificación emitida el 17 de febrero de 2021.
El Notario da fe y hace constar que la representación ejercida es suficiente y conforme a la ley para el presente acto.
Objeto de la Rogación
El objeto de la solicitud es tramitar ante el Notario las diligencias voluntarias extrajudiciales de DISPOSICIÓN DE BIENES DE MENORES, con el fin de vender los derechos de copropiedad de los hijos menores sobre un inmueble. El procedimiento se desarrollará de la siguiente manera:
PRIMERO: Descripción del Bien y Copropiedad
Los menores Jorge Rafael y Juan Alberto Rodas Molina son copropietarios del CINCUENTA POR CIENTO de una finca ubicada en San Jerónimo, Departamento de Baja Verapaz. Esta finca está inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central al número TRECE (13), folio CINCUENTA (50) del libro DIECISEIS (16) de Baja Verapaz. Se expresa que este bien es el único patrimonio de los menores.
SEGUNDO: Motivos para la Enajenación
La requirente manifiesta la necesidad de enajenar los derechos sobre el inmueble por las siguientes razones:
- A) Distancia del inmueble a la residencia: El inmueble se encuentra a unos 200 kilómetros de la residencia de la requirente en la capital.
- B) Falta de recursos para la explotación agrícola: La requirente no cuenta con los recursos económicos necesarios para explotar la finca de manera agrícola.
- C) Disminución de ingresos familiares: Tras la muerte del padre de los menores, los ingresos familiares se han visto reducidos, dificultando la provisión de educación y sustento para los hijos.
- D) Insuficiencia de ingresos por arrendamiento: Los ingresos potenciales por arrendamiento de la finca no serían suficientes para el sostenimiento de los menores.
- E) Limitaciones físicas de la requirente: La requirente sufrió un accidente de tránsito que la dejó lisiada, limitando su capacidad para trabajar fuera del hogar.
TERCERO: Bases de la Compraventa
El copropietario ha ofrecido la compra de los derechos de los menores bajo las siguientes condiciones:
- A) Vendedores: Jorge Rafael y Juan Alberto Rodas Molina, representados legalmente.
- B) Comprador: Señor Humberto Tay Lemus.
- C) Objeto de la Compraventa: Derechos de copropiedad sobre el inmueble rústico ubicado en San Jerónimo, Baja Verapaz, inscrito en el Registro General de la Propiedad.
- D) Precio: Trescientos mil Quetzales (Q.300,000.00).
- E) Forma de Pago: La totalidad del precio al momento de formalizar el contrato definitivo de compraventa.
CUARTO: Utilidad para los Menores
La requirente argumenta que la compraventa representará una utilidad para los menores por las siguientes razones:
- A) Inversión del capital: La venta al contado proporcionará a los menores una cantidad líquida para ahorrar, generando intereses superiores a los que se obtendrían por arrendamiento. Se estima que, con una tasa de interés del 5% anual, se obtendrían Q.15,000.00 anuales, mientras que el arrendamiento generaría Q.500.00 mensuales.
- B) Precio favorable: El copropietario ofrece un precio superior al valor original de los derechos de copropiedad.
QUINTO: Medios de Prueba
La requirente presenta los siguientes medios de prueba:
- a) Declaración Testimonial: De los señores JUAN LAVARREDA MEJIA y JOAQUIN PINEDA RUIZ, quienes serán interrogados sobre diversos aspectos relacionados con la requirente, los menores y la finca. El interrogatorio incluye preguntas sobre:
- Generales de ley.
- Conocimiento de la señora Rosaura Liz Molina.
- Actividad a la que se dedica la señora Rosaura Liz Molina.
- Residencia de la señora Rosaura Liz Molina.
- Ubicación y distancia de la finca.
- Estudios de los menores.
- Frecuencia de visitas a la finca.
- Estado actual de la finca.
- Situación económica de la señora Rosaura Liz Molina.
- Ingresos potenciales por arrendamiento.
- Capacidad económica de la señora Rosaura Liz Molina para explotar la finca.
- b) Documentos:
- Certificaciones de las partidas de nacimiento de los menores.
- Certificación de la partida de defunción del señor Julio Rodas Sáenz.
- Certificación del Registro General de la Propiedad de la finca.
- c) Dictamen de Experto: Avalúo del inmueble realizado por el señor Ornar Mejía Quiroa, quien determinará el valor de los derechos de copropiedad.
SEXTO: Solicitud de la Requirente
En base a lo anterior, la requirente solicita:
- a) Formación del expediente notarial.
- b) Inicio de las Diligencias Voluntarias Extrajudiciales de Disposición de Bienes de Menores.
- c) Considerar ofrecidos los medios de prueba.
- d) Recibir las declaraciones de los testigos.
- e) Nombrar al señor Ornar Mejía Quiroa como experto valuador.
- f) Dar audiencia a la Procuraduría General de la Nación.
- g) Dictar resolución favorable, autorizando la venta del bien y nombrando Notario para la escritura correspondiente.
Finaliza el acta notarial, dando fe el Notario de todo lo actuado.