Ejecución Provisional de Sentencias: Aspectos Clave
Resoluciones Excluidas de la Ejecución Provisional
La Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) excluye las siguientes resoluciones de la ejecución provisional:
- Sentencias dictadas en procesos de capacidad, filiación, paternidad, maternidad, matrimonio y derechos honoríficos.
- Sentencias que condenen a emitir una declaración de voluntad.
- Sentencias sobre propiedad industrial.
- Sentencias extranjeras.
- Pronunciamientos indemnizatorios en sentencias contra derechos fundamentales.
Procedimiento de la Ejecución Provisional
Solicitud de la Ejecución Provisional
La persona que haya obtenido un pronunciamiento condenatorio podrá solicitar la ejecución provisional en forma de demanda, sin necesidad de prestar caución.
Plazo para la Solicitud
Se puede solicitar en cualquier momento desde la notificación de la resolución que tenga por preparado el recurso devolutivo y siempre antes de que haya sido resuelto.
Demanda Solicitando la Ejecución Provisional
La solicitud debe ser en forma de demanda, que incluirá:
- Título ejecutivo.
- La persona contra la que se dirige la demanda.
- Los bienes susceptibles de embargo y si los considera suficientes.
- Las medidas de localización que estime convenientes.
Se le acompañarán los documentos del artículo 550 de la LEC.
Artículo 550. Documentos que han de acompañar a la demanda ejecutiva.
1. A la demanda ejecutiva se acompañarán: 1.º El título ejecutivo, salvo que la ejecución se funde en sentencia, decreto, acuerdo o transacción que conste en los autos. Cuando el título sea un laudo, se acompañarán, además, el convenio arbitral y los documentos acreditativos de la notificación de aquél a las partes; 2.º El poder otorgado a procurador, siempre que la representación no se confiera «apud acta» o no conste ya en las actuaciones, cuando se pidiere la ejecución de sentencias, transacciones o acuerdos aprobados judicialmente.; 3.º Los documentos que acrediten los precioso cotizaciones aplicados para el cómputo en dinero de deudas no dinerarias, cuando no se trate de datos oficiales o de público conocimiento.;4.º Los demás documentos que la ley exija para el despacho de la ejecución.
2. También podrán acompañarse a la demanda ejecutiva cuantos documentos considere el ejecutante útiles o convenientes para el mejor desarrollo de la ejecución y contengan datos de interés para despacharla
Resolución sobre la Solicitud
El tribunal sólo desestimará la solicitud si la sentencia no fuera condenatoria o si se tratara de una resolución excluida. Contra esta decisión cabe recurso de apelación.
Oposición a la Ejecución Provisional
Plazo de Oposición
El plazo es de 5 días desde el despacho de la ejecución, en forma de demanda.
Causas de Oposición
Oposición por defectos procesales:
- Que la sentencia no sea ejecutiva: conlleva la paralización de la ejecución y el levantamiento del embargo y de las medidas cautelares.
- Que la sentencia no sea favorable o que tenga defectos formales: supone el requerimiento al ejecutante para formular alegaciones. Si el tribunal estima el defecto subsanable, le concede plazo y, en caso contrario, se deja sin efecto la ejecución.
Oposición por motivos de fondo:
- En caso de condena dineraria: no hay oposición como regla general. Se permite al ejecutado indicar medidas alternativas y ofrecer caución.
- En caso de condena no dineraria: se alegará que, en caso de revocación, será imposible restaurar la situación anterior o compensarlo económicamente.
Revocación o Confirmación de la Sentencia Ejecutada
Confirmación de la Resolución de Primera Instancia
- Si la sentencia se confirma en segunda instancia, la ejecución continúa. Si la sentencia no es recurrible, seguirá en su ejecución definitiva.
- Si la ejecución provisional estaba suspendida, se levantará la suspensión y se entregará la caución al ejecutante.
Revocación de Sentencia Dineraria
- Si la sentencia es dineraria y la revocación total, se sobreseerá la ejecución provisional. El ejecutado devolverá las cantidades recibidas y las costas, además de la indemnización por daños y perjuicios.
- Si la revocación es parcial, se devolverá la diferencia entre las cantidades percibidas y la cantidad que haya sido confirmada.
- Si la sentencia revocatoria no fuera firme, se podrán reclamar las cantidades vía apremio ante el tribunal de la ejecución.
Revocación de Sentencia No Dineraria
- Si la condena es la entrega de un bien determinado, se restituye el bien al ejecutado más las rentas y frutos del bien.
- Si la condena es de hacer, se podrá pedir que se deshaga lo hecho y que se ofrezca una indemnización.