El Acto Administrativo y otras figuras del Derecho Público

2. Acto Administrativo y Elementos

Según Eduardo García, el acto administrativo es la declaración de voluntad, juicio, conocimiento o deseo, realizada por la Administración en el ejercicio de una potestad administrativa distinta de la reglamentaria.

Consecuencias:

  1. Se extiende a aquellos casos en los que se realiza un juicio o se manifiesta un deseo.
  2. El acto procede de la Administración.
  3. Se origina en una potestad administrativa.

Elementos del Acto Administrativo:

  1. Elemento Subjetivo: La Administración y el órgano responsable del acto deben ser competentes.
  2. Elemento Objetivo: El contenido del acto debe reunir los siguientes requisitos: posible, lícito, determinado y adecuado para sus fines.
  3. Elemento Causal: Existe justificación o razones para su existencia.
  4. Elemento Teleológico: Persigue la satisfacción de un interés público concreto.
  5. Elemento Formal: Generalmente, escrito, salvo que su naturaleza permita otras formas.

6. Formas Normales y Anormales de Terminación del Procedimiento Contencioso-Administrativo

Hay una forma normal para la terminación de este proceso, que se realiza por medio de sentencia del tribunal. La sentencia indicará si el recurso es:

  • Desestimado: Si el acto administrativo se ajusta a derecho.
  • Inadmisible: Si el recurso no cumple los requisitos para que se trate.
  • Estimado: El acto administrativo y su resolución quedan anulados.

Pero no siempre es así, existen otras formas, las anormales:

  • Desistimiento: Cuando el demandante renuncia a continuar con el procedimiento antes de que se haya producido sentencia.
  • Allanamiento: El demandado reconoce lo alegado por el demandante y realiza una sentencia a favor de él.
  • Reconocimiento Extraprocesal: Por parte de la Administración, le da la razón totalmente al demandante, pero fuera del proceso abierto.

5. ¿Qué hace especial al Recurso de Reposición?

Es un recurso que se interpone por el interesado contra los actos que ponen fin a la vía administrativa.

El órgano de su resolución será aquel que dictó el acto impugnado. No se podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que se resuelva. El recurso se interpondrá en el plazo de entre 1 y 3 meses, depende de si el acto es expreso o presunto.

¿Y al de Revisión?

Es un recurso que cuando hay unos motivos determinados, se interpone ante el órgano administrativo que los dictó.

La principal característica es que solo cabe contra actos administrativos.

1. Procedimientos y Formas de Adjudicación de los Contratos Públicos

Hay 3 modalidades de adjudicación de contratos públicos:

  1. Abierto: Todos los empresarios presentan las proposiciones.
  2. Restringido: Los empresarios seleccionados previamente, presentando la solicitud, presentan sus propuestas.
  3. Negociado: Los contratos se adjudican a los empresarios justificadamente seleccionados por la Administración, previa negociación de los contratos con uno o varios empresarios.

Los procedimientos abiertos y restringidos son adjudicados mediante subasta y concurso.

  1. Subasta: Se adjudican al licitador que ofrezca el precio más bajo.
  2. Concurso: Se adjudicarán al licitador que ofrezca el precio más ventajoso, teniendo en cuenta los criterios adjuntos en los pliegos.

2. El Personal Público: Funcionarios de Carrera, Personal Laboral y Eventual

El personal público es muy conocido por los ciudadanos y lo forman las personas que pertenecen a la Administración mediante una relación profesional y retribuida, y está todo regulado en el Derecho Administrativo.

Los funcionarios de carrera son los funcionarios, con un nombramiento legal, que forman parte de la Administración permanentemente, están integrados en su plantilla y los sueldos están a cargo de los Presupuestos Generales del Estado.

Existen 3 vías para ser funcionario de carrera:

  1. Por oposición: Son una o varias pruebas, normalmente eliminatorias, que sirven para saber las capacidades de los aspirantes, tanto sus aptitudes como competencias, para luego ordenarlos según sus méritos y poder hacer un orden de selección. Un ejemplo serían los notarios o jueces.
  2. Por concurso: Es la aportación de las calificaciones de los aspirantes que tengan relación con los requisitos exigidos. Un ejemplo sería los puestos para acceso al cuerpo docente universitario.
  3. Por concurso-oposición: Es una combinación de las 2 anteriores, pero en un mismo proceso. Se realizan pruebas y se valoran los méritos. Un ejemplo serían los Mossos d’Esquadra.

El personal laboral son las personas que prestan servicios retribuidos por la Administración y que tienen un contrato escrito, que puede ser fijo o temporal. Estos puestos están regulados en las leyes.

El personal eventual son los cargos de confianza o puestos de asesoramiento que no necesariamente son cubiertos por funcionarios de carrera. El nombramiento y el cese son libres, aunque normalmente se cesan cuando la autoridad que los nombró cesa.

6. Boletines y Diarios Oficiales que hay en España

  • Boletín Oficial del Estado (BOE): Publica las disposiciones generales de los órganos del Estado y los tratados internacionales, las disposiciones generales de las CCAA, las resoluciones y actos de los órganos del Estado, las resoluciones y actos de los órganos ministeriales, los nombramientos, oposiciones, concursos.
  • Boletines Oficiales Ministeriales: Relativos a los ministerios.
  • Boletines Oficiales de las CCAA: Relativo al territorio y competencias de las CCAA.
  • Boletines Oficiales de las Provincias: Relativos a las provincias.
  • Boletines Oficiales de los Ayuntamientos: Relativos a los ayuntamientos.
  • Diario Oficial de la UE: Relativo a la Unión Europea.

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