El Contrato: Elementos Esenciales y Accidentales

El Contrato

Un contrato es un acuerdo de voluntades entre dos o más personas que genera obligaciones para todas o algunas de las partes involucradas. Es fuente de obligaciones y puede ser bilateral (para dos) o unilateral (obligaciones solo para una).

Elementos Esenciales del Contrato

Para que exista un contrato, deben concurrir los siguientes elementos esenciales, establecidos por la ley:

  • Consentimiento de los contratantes
  • Objeto del contrato
  • Causa de la obligación

1 Consentimiento

El consentimiento es la manifestación del acuerdo de voluntades, la coincidencia entre la oferta y la aceptación. Se rige por el principio de libertad en cuanto al contenido (se puede pactar lo que se quiera, siempre que no sea ilegal, inmoral o contrario al orden público) y la forma (escrita u oral). Requisitos para un consentimiento válido:

  1. Capacidad: Personas mayores de edad y menores emancipados (con capacidad limitada), salvo incapacitación.
  2. Ausencia de vicios o defectos: El consentimiento será nulo si está afectado por:
  • Error: Falsa representación de la realidad que induce al consentimiento. Debe recaer sobre el objeto del contrato (ej. un cuadro falso).
  • Violencia: Fuerza física que obliga a emitir el consentimiento, lo invalida.
  • Intimidación: Amenaza que invalida el consentimiento.
  • Dolo: Engaño que induce a celebrar el contrato. Debe provenir de la otra parte, no de un tercero.

Si se da alguno de estos casos, el contrato es anulable dentro de los 4 años siguientes a su celebración por el contratante afectado. Mientras no se anule, produce efectos.

2 Objeto del Contrato

El objeto del contrato coincide con las prestaciones de las obligaciones que nacen del mismo. Los requisitos son que la prestación sea: posible, lícita, determinada o determinable, y valorable económicamente.

3 Causa del Contrato

La causa del contrato es el fundamento jurídico que justifica el nacimiento de la obligación. Se distingue según el tipo de contrato:

  • Contratos onerosos: Enriquecimiento recíproco para ambos contratantes (ej. compraventa). La causa es la prestación a la que se obliga la otra parte.
  • Contratos gratuitos: Solo se enriquece una parte (ej. préstamo). La causa es la intención de beneficiar a la otra parte.

Elementos Accidentales del Contrato

Los elementos accidentales los establecen las partes si lo desean y determinan la eficacia del contrato:

  • Condición: Suceso futuro e incierto del que depende el nacimiento o la extinción de la obligación.
    • Condición suspensiva: De ella depende el nacimiento de la obligación. Si no se cumple, el contrato se extingue.
    • Condición resolutoria: De ella depende la extinción de la obligación. Si no se cumple, el contrato no se extingue.
  • Término: Acontecimiento futuro y cierto del que depende la exigibilidad de la obligación.
    • Término inicial: A partir de este momento, la obligación es exigible.
    • Término esencial: La obligación solo es exigible en ese momento. Si el deudor no cumple, incurre en incumplimiento total y absoluto.

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