El Deber Jurídico: Concepto, Fundamentos y Diferencias con el Deber Moral

EL DEBER JURÍDICO

1. Aproximación a partir del uso lingüístico

– No es lo mismo “verse obligado” y “tener la obligación de”.

Verse obligado es verse empujado a hacer algo. Hay detrás una fuerza, no hay más remedio que hacerlo. Se refiere a actuar en contra de lo deseado.

Tener la obligación de significa que existe una buena razón para hacer algo bueno o lícito. Se puede desear o no. Puede estar respaldado o no por la fuerza.

– El deber jurídico se corresponde al segundo uso, aunque puede llevar a engaño. A veces se tiende a pensar que el deber jurídico, como está respaldado por la coacción, es distinto al poder moral, porque éste último no tiene dicho respaldo.

– Lo que lo distingue de la moral son las razones que lo fundamentan: que otro tenga un derecho es una razón para que alguien deba respetar ese derecho, y que el Estado imponga ciertos deberes ejerciendo sus potestades. Estas razones no tienen nada que ver con la coacción, sino con una manera de entender las relaciones con los demás basada en la dignidad del otro.

2. Otras concepciones del deber jurídico

Positivismo jurídico

  • El fundamento del deber jurídico es la seguridad jurídica.
  • La norma positiva tiene que obedecerse siempre, al margen de su justicia.

Normativismo jurídico

  • El fundamento del deber jurídico es la norma jurídica.
  • La norma jurídica consiste en la imputación de una sanción o conducta.

Naturalismo jurídico

  • El fundamento del deber jurídico es el poder.
  • La naturaleza muestra cómo el que tiene el poder es obedecido.

Psicosociologismo jurídico

  • El fundamento del deber jurídico es el binomio coacción/adhesión.
  • Para algunos, la relación es dialéctica, para otros lineal.

3. Elementos de diferenciación entre deber jurídico y deber moral

Fundamento

Deber Moral
  • Inmediato: norma moral (hay que alimentarse de una manera sana, aunque a veces no sea placentero, tenemos que ir en contra de nuestros sentimientos).
  • Remoto: felicidad humana (alimentándome sano viviré más y mejor).
Deber Jurídico
  • Inmediato: norma jurídica o derecho ajeno (puedo comer el menú de la cafetería y tengo que pagarlo porque lo dirá la ley).
  • Remoto: justicia (debo pagarlo porque es justo que pague).

Finalidad

Deber Moral

Perfección y bien de la persona que actúa. Cada uno aspira a mejorar cada día y alcanzar la mejor versión de sí mismo.

Deber Jurídico

Perfección y bien de la vida social. Si se cumple el deber jurídico hay orden (si pago el menú, lo como sin fallo).

Contenido

Deber Moral

Hacer el bien y evitar el mal (comer sano, estudiar).

Deber Jurídico

Hacer lo justo y evitar lo injusto (pagar lo que como).

Modo de obligar

Deber Moral

Fuero interno (lucha interna con uno mismo).

Deber Jurídico

Fuero externo (hay que cumplirlo porque lo dice la ley).

Garantías

Deber Moral

Moral misma (si te equivocas y no cumples moralmente, no eres feliz).

Deber Jurídico

Garantías específicas (sociales, morales, políticas).

4. Características del deber jurídico

Relacionadas con la justicia

  • Posibilidad: Tiene que ser posible, es injusto exigir algo imposible.
  • Exterioridad: No se trata de formar virtudes, sino de las acciones exteriores.
  • Licitud: No se puede contratar un asesino.
  • Igualdad: Si debo 1000, debo pagar 1000.
  • Irrenunciabilidad: Puedo renunciar a mis derechos, pero no a mis deberes.
  • Exigibilidad: Lo puede exigir la Administración.

Relacionadas con la seguridad jurídica

  • Posibilidad: No es seguro que existan deberes que no se puedan cumplir.
  • Determinabilidad: Ha de estar determinado.
  • Inexorabilidad: La ignorancia del derecho no se excusa, porque el Derecho es muy accesible.
  • Sistema de garantías: La seguridad jurídica exige habilitar mecanismos para que los deberes se cumplan (sociales, morales, políticas).

5. Límites del deber jurídico

Morales

  • Objeción de conciencia: Forma de resistencia pasiva al deber jurídico que busca ser eximido de un deber jurídico (aborto).
  • Desobediencia civil: Grado más alto de resistencia, porque se acepta la sanción que implica no cumplir el deber jurídico.
  • Acción revolucionaria: Forma de resistencia activa que pretende acabar con el ordenamiento.

Jurídicos

  • Dispensa de cumplir una ley: Para ser nacionalizado, hay que cumplir unos requisitos.
  • Leyes meramente penales: Cumplir el deber o pagar una sanción, no queda otra.
  • Prescripción: Si se prescribe un derecho, prescribe el deber correspondiente.
  • Colisión de deberes: Conflicto entre leyes.

Fácticos

  • Por imposibilidad de cumplimiento: Caso fortuito y fuerza mayor.
  • Suspensión temporal del deber jurídico: Legítima defensa y estado de necesidad.

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