El Derecho en la España Prerromana y la Influencia Romana

España Prerromana: Protohistoria Española (1100 a.C – 218 a.C)

Características del Derecho en la Protohistoria

  • Derecho Consuetudinario: Eran normas no escritas, basadas en la costumbre. La excepción fueron los Tartesios, quienes sí tenían derecho escrito.
  • Las leyes se transmitían oralmente en versos para facilitar su memorización.
  • Se cree que los Tartesios desarrollaron la escritura por influencia de una colonización griega temprana (1300 a.C – 500 a.C).
  • Sistema Jurídico Basado en la Personalidad del Derecho: El derecho se aplicaba según la pertenencia a un grupo específico.
  • Sistema Jurídico Cerrado: Las normas solo se aplicaban a los miembros del grupo, lo que dificultaba las relaciones jurídicas entre comunidades.

Factores que determinaban la pertenencia a un grupo:

  • Nacimiento
  • Residencia o domicilio permanente
  • Matrimonio (en el caso de las mujeres)

Problemas Prácticos del Sistema Cerrado:

  • Obstaculizaba la celebración de actos jurídicos entre personas de distintos grupos.

Soluciones:

  • Pactos de Hospitalidad: Acuerdos entre dos comunidades indígenas en igualdad de condiciones, estableciendo derechos y deberes equivalentes.
  • Contratos de Clientela: Acuerdos entre particulares (derecho privado) sin igualdad entre las partes.
    • Patrón: Brindaba protección material al cliente y a su familia.
    • Cliente: Prestaba servicios al patrón (agrícolas, ganaderos, minería, militares, etc.).

En la clientela entre comunidades distintas, se aplicaba el derecho del patrón. En la clientela militar, el cliente juraba fidelidad al patrón.

Instituciones Jurídicas de Algunos Pueblos Indígenas

Vacceos

  • Propiedad Común o Comunitaria: La tierra no pertenecía a individuos, sino a la comunidad.
  • Se dividían las tierras en parcelas que se sorteaban anualmente para su administración.
  • Existían normas no escritas muy estrictas para regular el sistema.
  • Algunos estudiosos lo consideran una forma de protocomunismo.

Cantabros

  • Sociedad Matriarcal: Las mujeres tenían un rol central y gozaban de derechos y atribuciones que no se veían en otras sociedades.
  • Institución de la»Collad»: Costumbre en la que el hombre, días antes del parto, simulaba los dolores de su mujer ante testigos. Se relaciona con el reconocimiento de la paternidad.

Numancia

Numancia, ciudad celtíbera ubicada en el Cerro de la Muela (Soria), es conocida por su resistencia contra Roma. En el 153 a.C, tras dar refugio a los Belos, Numancia derrota al ejército romano. Tras 20 años de resistencia, en el 134 a.C, Escipión Emiliano sitió la ciudad. Tras 13 meses de asedio, los numantinos, debilitados por el hambre y las enfermedades, decidieron suicidarse antes de rendirse.

Influencia Romana

Leyes Rodias

Las Leyes Rodias eran una recopilación de usos y costumbres sobre el comercio marítimo. Su importancia fue tal que el emperador romano Antonino las reconoció como la»Ley del Ma».

Isidoro de Sevilla (c. 556 – 636)

Eclesiástico y erudito, fue arzobispo de Sevilla por más de tres décadas. Es reconocido por su labor en la recopilación y preservación del conocimiento durante la época visigoda.

Justiniano (482 – 565)

Emperador romano que buscó restaurar la gloria del Imperio. Su legado más importante es la compilación del Corpus Iuris Civilis.

Corpus Iuris Civilis

Compilación de leyes y jurisprudencia romana realizada por orden de Justiniano. Se compone de cuatro partes: el Código, el Digesto, las Institutas y las Novelas. Esta obra sentó las bases del derecho en Occidente y sigue siendo estudiada en la actualidad.

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